Descripción
Concesión a los municipios de aportaciones para la realización de las obras preventivas a que se refiere el artículo 7 de la Ley Foral 2/1992, destinadas a evitar que se produzcan en el territorio provincial, por cualquier causa, situaciones que impliquen grave daño o peligro de grave daño para la seguridad de las personas, bienes, poblaciones y medio ambiente y que, por su naturaleza, entidad o extensión, deban ser abordadas mediante la intervención de la Administración pública.
su naturaleza, entidad o extensión deban ser abordadas mediante la intervención de la administración pública.
Restricciones
Para solicitar una contribución, el municipio tiene que esperar a que la Diputación Provincial apruebe el Plan de inversiones municipales de importancia provincial para obras de prevención de catástrofes.
El plazo para presentar la solicitud de subvención se establece en la decisión de la Diputación Provincial por la que se aprueba el Plan de inversiones municipales de importancia provincial para obras de prevención de catástrofes.