Subvenciones a empresas agrícolas para sistemas fotovoltaicos.

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El plazo de presentación de solicitudes expiró el 31 de mayo de 2023. Es posible solicitar la liquidación y rendir cuentas de los gastos realizados.

Cómo solicitar contribuciones de empresas agrícolas para inversiones en sistemas fotovoltaicos.

Descripción

La ayuda está destinada a apoyar el aumento de la producción de energía procedente de fuentes renovables mediante la instalación de sistemas fotovoltaicos conectados a la red, combinados también con sistemas de almacenamiento, cuya electricidad producida se utilizará para satisfacer las necesidades energéticas del beneficiario.

La inversión deberá realizarse y ubicarse en el territorio de la Provincia de Trento.

Sólo podrán optar a la financiación los sistemas destinados al autoconsumo. A tal fin, serán subvencionables los gastos relativos a la adquisición e instalación de sistemas fotovoltaicos (incluidos inversores y sistemas de anclaje) con una potencia pico (P)

(a) desde 5 kWp hasta 50 kWp para empresas agrícolas individuales según la legislación estatal y provincial vigente y empresas creadas para gestionar empresas agrícolas.

El límite máximo de gasto por kWp es de 2.000,00 euros/kWp para sistemas de hasta 50 kWp con un límite máximo de 75.000,00 euros.

Los sistemas deben construirse en estructuras agrícolas, y/o sus anexos, instrumentales para la actividad del solicitante, o instalarse sobre el terreno de conformidad con la normativa urbanística y la L.P. nº 4/2022, (ley provincial sobre fuentes renovables 2022).

Asimismo, las instalaciones deberán estar conectadas al contador del beneficiario. El contador debe ser independiente del de uso residencial. Si se realiza una inversión en explotaciones agrarias para la producción de energía térmica y/o eléctrica a partir de fuentes renovables, las instalaciones de producción sólo se destinarán a satisfacer las necesidades energéticas del beneficiario y su capacidad de producción no superará el consumo medio anual combinado de energía térmica y eléctrica de la explotación.

Se admite la adquisición e instalación de un sistema de almacenamiento con un gasto máximo de 1.000,00 euros/kWh, con un límite máximo de gasto global admisible de 50.000,00 euros, exclusivamente como complemento a las intervenciones señaladas en el punto a).

Sólo podrá presentarse una solicitud de ayuda en el marco de la presente convocatoria. En el caso de solicitudes que incluyan la instalación de más de un sistema fotovoltaico, la potencia máxima y el importe máximo de gasto subvencionable de los mismos se calculará contabilizando la suma de los kWp de cada sistema, dentro de los límites máximos subvencionables establecidos por la Convocatoria.

La intensidad de la ayuda es del 40% del gasto subvencionable para microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYME);

Las ayudas se concederán sobre la base de la cuenta de capital.

No son subvencionables los gastos indicados en el punto 3.3 del Anexo 1 de la Resolución de Criterios nº 219 de 10 de febrero de 2023:

Restricciones

Sólo podrá presentarse una solicitud de ayuda.

FORMA DE PAGO

Los gastos efectuados por el beneficiario sólo serán subvencionables si se pagan mediante transferencia bancaria, postal o Riba, en la cuenta corriente a nombre del beneficiario (cuenta corriente dedicada, aunque no sea exclusivamente, a la iniciativa).

Es obligatorio indicar el Código Único del Proyecto (Cup) en todas las facturas (hojas de estilo) y en todos los pagos. El código es atribuido por el Servicio Agrícola y será comunicado a cada beneficiario.

Deben respetarse las siguientes normas en relación con el CUP

- el CUP debe estar siempre presente en los documentos justificativos del gasto (facturas y documentos de pago) emitidos después de la comunicación del CUP

- se permite la "conciliación" colocando manualmente el código CUP y acompañándolo de una declaración emitida por el beneficiario en los siguientes casos

(i) documentos de gastos subvencionables en virtud de la convocatoria de propuestas y emitidos antes de la comunicación del código CUP

ii) error en la introducción del código CUP

iii) presencia del código CUP en al menos uno de los documentos justificativos del gasto (factura o recibo).

De conformidad con el apartado 1 del artículo 12 de la Ley Foral 4/2003, las iniciativas objeto de financiación deberán llevarse a cabo después de la presentación de la solicitud.

Para ser subvencionable, la iniciativa deberá realizarse, en todo caso, de conformidad con lo establecido en la convocatoria de criterios aprobada por acuerdo de la Diputación Provincial nº 219, de 10 de febrero de 2023.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Norma Foral 4/2003, la concesión de la aportación conllevará la obligación para el beneficiario de no enajenar, ceder o en cualquier caso no desviar de su uso los bienes para los que se haya concedido la aportación durante al menos 10 años desde la fecha de solicitud del pago final de la aportación.

En caso de incumplimiento del plazo establecido en el apartado 1, el beneficiario estará obligado, salvo en caso de fuerza mayor, a reembolsar la subvención concedida proporcionalmente a la duración residual del período en curso. La duración residual se calculará desde la fecha de constatación de las circunstancias que dieron lugar a la revocación de la subvención hasta el final del período respectivo. El importe correspondiente deberá reintegrarse más los intereses al tipo legal vigente en cada momento.

En todo caso, el beneficiario de la ayuda deberá permitir al personal encargado del control de la aplicación de la normativa vigente el libre acceso a las instalaciones y a la documentación relativa al objeto de la ayuda concedida.

La comprobación del cumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario en virtud del artículo 6 de la Norma Foral 4/2003 se realiza sobre una muestra equivalente al 5% de las intervenciones sujetas a limitaciones a que se refiere el apartado 1, de acuerdo con lo establecido en la normativa foral vigente en la materia. El control de las declaraciones sustitutorias de la certificación y de las declaraciones juradas se efectuará sobre una muestra igual, como mínimo, al 5% de las solicitudes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa provincial vigente en la materia.

En el caso de que el beneficiario, con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda y antes de la concesión de la misma, sea sucedido por otra persona como consecuencia de una transmisión, venta de la explotación, otra operación en la explotación, o como consecuencia de una transformación u otra operación societaria, se permite que la persona sucesora asuma la titularidad de la solicitud. El Servicio Agrario comprueba que la persona que se hace cargo cumple los requisitos subjetivos de admisibilidad establecidos en el punto 2 de esta convocatoria; si los cumple, le concede la subvención; si, por el contrario, comprueba que no se cumplen los requisitos, le deniega la subvención.

Con posterioridad a la concesión de la ayuda, antes de su liquidación, el beneficiario (cedente) puede ser sucedido por otra persona (cesionario) como consecuencia de una transmisión o venta de la explotación, de otra operación en la explotación, o de una transformación u otra operación societaria. El Servizio Agricoltura comprueba que el cesionario cumple los requisitos subjetivos de admisibilidad establecidos en el punto 2 de la presente convocatoria; si comprueba que se cumplen los requisitos, ordena la toma de posesión y lo notifica; si, por el contrario, comprueba que no se cumplen los requisitos, ordena la revocación de la ayuda.

A quién está dirigido

Podrán optar a las ayudas

a)las explotaciones agrarias individuales, identificadas en la legislación estatal y provincial vigente;

(b)las sociedades constituidas para la explotación de empresas agrarias identificadas en la letra a);

y que

  • tengan un establecimiento o una unidad operativa activa indicada como unidad local en el registro de la Cámara de Comercio en el territorio de la Provincia de Trento
  • que tengan un expediente empresarial en la Provincia de Trento y validado en el año en que se presenta la solicitud; si no lo tienen, deben estar constituidas en un CAA;
  • hayan puesto en marcha las iniciativas y realizado los gastos después de la presentación de la solicitud correspondiente
  • las iniciativas se lleven a cabo en bienes inmuebles disponibles en régimen de propiedad u otro derecho real, así como en régimen de negociación con contrato registrado. En el caso de título negociado, se requiere el consentimiento del propietario del bien inmueble para la realización de la iniciativa;
  • si las superficies donde se va a instalar el sistema fotovoltaico contienen amianto o eternita, la iniciativa sólo será subvencionable si también incluye su retirada y eliminación
  • las iniciativas deben cumplir la normativa urbanística provincial vigente
  • no sean empresas que ya hayan recibido ayudas públicas para la misma inversión
  • no sean empresas en crisis según la definición de la normativa comunitaria vigente;
  • no se podrán conceder ayudas a empresas que sean beneficiarias de ayudas concedidas y posteriormente retiradas, sin que éstas hayan sido reembolsadas;

La solicitud puede ser presentada por el beneficiario de la ayuda o por la persona (consultor) delegada para introducir la solicitud en SRTrento.

Procedimiento

Las solicitudes deberán presentarse utilizando los procedimientos informatizados del portal https://srt.infotn.it

Para presentar una solicitud, deberá

- disponer de una firma digital;

- quien introduzca la solicitud (el solicitante o el consultor designado) debe estar acreditado en el portal, tal como se especifica en esta página web

La solicitud debe estar firmada digitalmente por la persona habilitada para firmar el documento, de lo contrario será inadmitida.

Para cualquier ayuda en el acceso y habilitación del portal, póngase en contacto con el correo electrónico helpdesk.srtrento@provincia.tn.it.

Casos particulares

Casos casos particulares

Las VARIANTES a la iniciativa, que deberán ser pertinentes con los objetivos técnicos y económicos de la intervención, deberán solicitarse previamente a través de los procedimientos informáticos del portal https://srt.infotn.it/, firmadas digitalmente por el representante legal de la empresa.

Sólo se admitirán variantes que no supongan un sobrecoste del gasto subvencionable.

Se considerarán variantes todos aquellos cambios en el proyecto original que supongan modificaciones en los objetivos y parámetros que hicieron subvencionable la iniciativa, en particular: cambio de beneficiario, cambio de localización de la inversión, modificaciones técnicas sustanciales de la iniciativa aprobada.

Las variantes deben solicitarse con antelación y se aprobarán, incluidos los posibles descuentos y ahorros, por medida específica. Las variantes al proyecto original no se consideran modificaciones de detalle ni soluciones técnicas mejoradas si están directamente relacionadas con el proyecto aprobado y son complementarias y funcionales al mismo. La utilización de bonificaciones o ahorros en la ejecución de estas modificaciones será evaluada y, en su caso, aprobada durante la recepción definitiva. La documentación que debe adjuntarse a la candidatura variante es, en principio, la misma que la prevista para la presentación de la candidatura inicial. Podrá reducirse en función de la relevancia de la variante presentada y en relación con los gastos afectados por la misma, incluyendo una memoria explicativa y un cuadro comparativo.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

La solicitud contiene la declaración en lugar de la certificación y la declaración jurada, realizada por el representante legal o el propietario de la empresa, en la que se indica

  • si el solicitante es una microempresa, pequeña, mediana o gran empresa;
  • si el solicitante es una empresa en crisis en el sentido del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014;
  • si el solicitante ha recibido ayudas públicas para las mismas inversiones;
  • si el solicitante, en la fecha de presentación de la solicitud, ya ha presentado solicitudes de ayuda pública para las mismas inversiones, con indicación de los detalles de la solicitud presentada, en su caso.

La solicitud también contiene una declaración simple

  • del compromiso de retirar el amianto/eternita de la superficie sobre la que se prevé realizar la instalación de la planta o del hecho de que la instalación de la planta no se realizará sobre superficies que contengan amianto/eternita;
  • que no se trate de una inversión que forme parte de una intervención en un edificio que incluya la obligación de instalar fuentes renovables
  • que no se trata de una inversión puramente sustitutiva, tal como se define en el apartado 2 del punto 3.3 del Anexo 1 de la Resolución nº 219/2023 de la Diputación Provincial.

DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ADJUNTARSE A LA SOLICITUD

1. presupuesto detallado firmado por el proveedor

2. informe técnico firmado por el técnico cualificado de las obras a realizar, que incluya

  • el correcto dimensionamiento de la instalación con respecto a las necesidades de la empresa, separando las necesidades relativas a las actividades de producción agrícola primaria de las relativas a las actividades de transformación y comercialización y a las actividades agroturísticas (con especial referencia al consumo medio anual en kWh en el trienio anterior a la fecha de presentación de la solicitud)
  • indicación del porcentaje de cobertura de las necesidades energéticas del solicitante -considerando también otras plantas ya instaladas o en proceso de instalación- mediante la construcción de la planta que constituye la intervención. En el caso de intervenciones en instalaciones existentes, la iniciativa financiada deberá suponer una mejora de la eficiencia energética de al menos el 50% respecto a las instalaciones preexistentes;
  • indicación del número de kW en el contador de la empresa, en el contrato existente en el momento de la presentación de la solicitud;
  • declaración sobre la necesidad de licencia de obras
  • certificación de que la inversión supera las normas impuestas por la ley y cumple las normas nacionales y provinciales de eficiencia energética;

3. planimetría indicando la ubicación de la intervención, con parcelas catastrales y extracto cartográfico;

4. para la instalación de sistemas fotovoltaicos en inmuebles propiedad de terceros, copia simple del contrato registrado de puesta a disposición del inmueble, acompañado de la autorización del propietario para la ejecución de la obra, salvo en el caso de existencia de empresa familiar conforme al artículo 230 bis del Código Civil;

Modelos

Tiempos y plazos

90 días

Días máximos de espera

a partir del día siguiente a la aprobación de la lista de clasificación

En un plazo de 30 días a partir del día siguiente a la fecha límite de presentación de las solicitudes, la lista de clasificación se aprobará mediante una decisión del director del Servicio Agrícola basada en las puntuaciones de mérito otorgadas con arreglo a los "criterios de selección" definidos en el punto 6 de la presente convocatoria.

Si una solicitud se presenta fuera de los plazos fijados en el apartado 1 del punto 5.1 de la presente convocatoria o de forma distinta a las establecidas en el apartado 2 del mismo punto 5, el director del Servicio Agrícola notificará al solicitante que la solicitud es inadmisible.

El plazo para la conclusión del procedimiento de concesión o denegación de la ayuda se fija en 90 días a contar desde el día siguiente a la aprobación de la lista de prelación de solicitudes a que se refiere el apartado 2 anterior, sin perjuicio de su posible suspensión.

La adopción de la medida de concesión/denegación de la ayuda se comunicará al beneficiario por carta a través del PEC a la explotación.

En el caso de solicitudes incluidas en la lista de prelación pero no subvencionables por falta de recursos, el gerente del Servicio Agrario adopta una medida de no aceptación de acuerdo con la Ley Foral 23/92 y lo comunica al solicitante.

La comunicación de la iniciativa deberá realizarse en el plazo de 1 año desde la fecha de la medida de concesión.

Sólo se podrá solicitar una prórroga de una duración máxima de 1 año.

Documentos a presentar para solicitar la LIQUIDACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN Y EL INFORME:

Para el pago de la contribución deberá presentarse una solicitud cumplimentada y firmada por el solicitante, utilizando los procedimientos informáticos puestos a disposición de los usuarios en el portal https://srt.infotn.itespecificando el importe solicitado, sin incluir el IVA ni los gastos no subvencionables.

La solicitud contendrá una declaración sustitutiva de certificación o declaración jurada en la que se haga constar que el solicitante no ha recibido otras ayudas públicas para los mismos gastos subvencionados o, en los casos de acumulación, indicando los datos de otras ayudas públicas recibidas.

Junto con la solicitud de pago de la subvención, deberá introducirse en el citado portal la siguiente documentación

  1. factura (hoja de estilo) u otro documento justificativo del gasto en el que figure el Código Único de Proyecto -CUP- comunicado en el momento de la concesión de la subvención, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el apartado 8 de esta Convocatoria. La factura o documento justificativo del gasto contendrá una descripción detallada del proyecto al que se refiere;
  2. transferencia bancaria o postal o RIBA, a una cuenta a nombre del beneficiario, indicando en el motivo del pago el CUP, número y fecha del documento de gasto. En caso de ausencia o indicación inexacta de los datos del documento de gasto en la transferencia bancaria, podrá adquirirse la declaración de descargo de responsabilidad efectuada por el proveedor;
  3. copia simple de la declaración de conformidad de las instalaciones, tal y como exige la normativa vigente en la materia;
  4. indicación de los datos del título habilitante, comunicación de obras gratuitas u otra documentación idónea necesaria para la ejecución de las obras, en cumplimiento de la normativa urbanística aplicable;
  5. certificado de ejecución regular, si es necesario para el tipo de obras, firmado por un profesional autorizado.

Costes

GRATIS

Acceder al servicio

Acceso a SRTrento

Autenticación

Tarjeta nacional de servicios (CNS)
Tarjeta provincial de servicios (CPS)
Documento de identidad electrónico (CIE)
SPID nivel 2

Documentos

Normativa de referencia

Approvazione dei criteri e delle modalità attuative per la concessione di contributi ai sensi dell'articolo 15 ter 'Contributi a sostegno della transizione ecologica e digitale' della Legge provinciale 28 marzo 2003, n. 4 (Legge provinciale sull'agricoltura), in merito alla realizzazione di investimenti in impianti fotovoltaici.

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Sostegno dell'economia agricola, disciplina dell'agricoltura biologica e della contrassegnazione di prodotti geneticamente non modificati

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Información adicional

Última actualización: 21/10/2025 16:22

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