Descripción
Del 2 al 31 de mayo de cada año, es posible presentar una solicitud de subvención a la Agenzia per la Coesione Sociale - Ufficio per le politiche familiari e gestione interventi economici, UMSE sviluppo e supporto alle politiche di coesione sociale, de la Provincia Autónoma de Trento, para la realización de actividades de vacaciones de verano, mientras que la solicitud de subvención para las actividades realizadas deberá presentarse a más tardar el 20 de septiembre.
Por Resolución de la Diputación Provincial n. 566 de 31 de marzo de 2023, modificada posteriormente por la Resolución n. 2076 de 20 de octubre de 2023, se aprobaron los criterios y procedimientos para la concesión de contribuciones para la realización de actividades de campamento de día, acampada y residencia permanente.
Se conceden contribuciones para la realización de campamentos de día, acampadas y estancias permanentes organizados exclusivamente en el territorio de la Provincia de Trento entre el 1 de junio y el 15 de septiembre de cada año a favor de jóvenes residentes en la Provincia de Trento, en edad de educación infantil y de primer y segundo ciclo de educación y formación, menores de 18 años de edad
● Los campamentos de día son actividades socioeducativas organizadas durante el día, sin pernoctación, con asistencia y supervisión constantes. Deben durar al menos 5 días consecutivos, con actividades ofrecidas durante al menos 4 horas al día;
● Los campamentos son actividades socioeducativas realizadas con manutención, alojamiento, asistencia y supervisión constantes, llevadas a cabo en un lugar específico y para un grupo específico de personas, organizadas y gestionadas en forma de autogestión colectiva. Deben tener una duración mínima de 7 días y 6 noches consecutivas por turno;
● Las estancias permanentes son actividades socioeducativas realizadas con manutención, alojamiento, asistencia y supervisión constantes, organizadas utilizando principalmente trabajadores remunerados (asalariados, trabajadores autónomos ocasionales, relaciones de colaboración coordinada y continua u otras formas similares previstas por la ley). Deben tener una duración mínima de 7 días y 6 noches consecutivas por turno.
La cotización se reconoce en función del número de niños efectivamente presentes cada día en el camping, campamento de día o residencia permanente y se diferencia para cada tipo de actividad ofrecida en consideración a la diferente complejidad y a los diferentes costes de organización y gestión necesarios para su realización.
Medida de la prestación: contribución por participante y día de las vacaciones de verano:
● 4,10 euros para el campamento de día;
● 2,70 euros para el campamento
● Euro 6,30 para la estancia permanente.
Por cada niño/joven con certificación L. 104/92, la contribución por día de asistencia es de 40,00 euros para los campamentos, 50,00 euros para los campamentos de día y 60,00 euros para las estancias permanentes.