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Subvención para la organización de estancias socioeducativas de verano

  • Activo

Las organizaciones sin ánimo de lucro pueden solicitar una subvención para la organización, en el territorio provincial, de actividades de verano diurnas o residenciales dirigidas a menores residentes en Trentino.

Destacado

Destacado

La presentación de informes podrá realizarse del 3 de septiembre al 30 de septiembre de 2026.

Descripción

Del 1 al 30 de abril de cada año se puede presentar la solicitud de subvención para la realización de actividades de campamentos de verano. La solicitud de pago de la subvención debe ser presentada exclusivamente por las entidades con derecho a la ayuda, una vez finalizadas las actividades y, en cualquier caso, a más tardar el 30 de septiembre de cada año. Mediante la resolución del Consejo Provincial n.º 247, de 20 de febrero de 2026 (modificada por la resolución del Consejo Provincial n.º 967, de 25 de junio de 2026), se aprobaron los criterios y las modalidades de concesión de las ayudas.

Son objeto de la ayuda provincial los campamentos de verano, que incluyen actividades diurnas, y las colonias o estancias permanentes que incluyen actividades residenciales. Las actividades deben organizarse en el territorio provincial en beneficio de los jóvenes residentes en la provincia de Trento, en edad de asistir a la escuela infantil o de cursar el primer y segundo ciclo de educación y formación escolar, y menores de dieciocho años.

  • Se consideran centros de verano aquellos que ofrezcan actividades diurnas durante al menos 5 días consecutivos a la semana (a tiempo completo o a tiempo parcial, con un mínimo de 4 horas diarias), y que también puedan incluir un máximo de dos pernoctaciones a lo largo de la semana, con un servicio constante de asistencia y vigilancia diurna, llevadas a cabo en una localidad determinada y para un grupo estable de usuarios, organizadas y gestionadas de forma colectiva o recurriendo a trabajadores a título oneroso (trabajadores por cuenta ajena, trabajadores autónomos ocasionales, relaciones de colaboración coordinada y continuada u otras formas análogas previstas por la ley);
  • Se trata de colonias o estancias permanentes (como, por ejemplo, campings), que comprenden las actividades realizadas durante al menos 7 días y 6 noches consecutivas por turno, que incluyen pernoctación, con servicio constante de manutención, alojamiento, asistencia y vigilancia, que se llevan a cabo en una localidad determinada y para un grupo estable de usuarios, organizadas y gestionadas mediante autogestión colectiva o recurriendo a trabajadores a título oneroso (trabajadores por cuenta ajena, trabajadores autónomos ocasionales, relaciones de colaboración coordinada y continuativa u otras formas análogas previstas por la ley).

La subvención se concede en función del número de jóvenes efectivamente presentes y se diferencia según cada tipo de actividad ofrecida, tal y como se especifica a continuación.

Campamentos de verano: 

  • 8,00 euros por cada jornada de asistencia a tiempo completo (8 horas);
  • 4,00 euros por cada día de asistencia a tiempo parcial (4 horas);
  • 60,00 euros por cada día de asistencia para los usuarios con discapacidad certificada con arreglo a la Ley n.º 104, de 5 de febrero de 1992;

Campamentos o estancias permanentes:

  • 10,00 euros por cada día de asistencia;
  • 70,00 euros por cada día de asistencia para los usuarios con discapacidad certificada con arreglo a la Ley n.º 104, de 5 de febrero de 1992.

A quién está dirigido

Pueden solicitar la subvención para estancias socioeducativas las entidades, asociaciones u otras organizaciones sin ánimo de lucro que tengan su sede social o operativa en la provincia de Trento y que cumplan los requisitos indicados.

La rendición de cuentas puede ser presentada por los sujetos ya admitidos a la ayuda.

Procedimiento

Procedimiento:

El procedimiento para la admisión y la concesión de la subvención se describe brevemente en los siguientes pasos:

  1. La solicitud de subvención, con el timbre fiscal debidamente abonado, si procede, debe presentarse entre el 1 y el 30 de abril de cada año a través de la plataforma digital «Stanza del cittadino», accesible en la sección denominada a continuación «Acceder al servicio». El acceso a la aplicación web debe realizarse mediante identificación con SPID, CIE, CPS/CNS.
  2. Tras la presentación de la solicitud, en un plazo de 60 días a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la Oficina competente de la Agencia para la Cohesión Social, mediante resolución propia, admitirá a subvención las solicitudes que considere admisibles, notificándolo a los interesados.
  3. Durante el periodo estival, las organizaciones llevarán a cabo las actividades previstas en los lugares y en los periodos indicados en la solicitud y estarán obligadas a cumplimentar: un registro diario de asistencia de los usuarios y los monitores (en papel o en formato electrónico) y, al final de cada turno, el certificado de asistencia firmado por un padre o madre o por quien actúe en su lugar (los formularios se encuentran en la sección denominada a continuación «Documentos»).
    Importante: Las modificaciones que puedan producirse en relación con la sede y/o el período de realización de las actividades, o con el aumento del número de días de actividad, respecto a lo indicado en la solicitud, deberán comunicarse con antelación, a más tardar en la fecha de inicio de la actividad.
  4. Los beneficiarios de la subvención deberán presentar, al finalizar la actividad y, en cualquier caso, antes del 30 de septiembre de cada año, la solicitud de concesión a través de la plataforma digital «Stanza del cittadino». 
  5. La resolución de concesión de la subvención es adoptada por el organismo competente en un plazo de 80 días a partir del día siguiente a la fecha límite de presentación de la memoria de gastos. La resolución cuantifica el importe correspondiente a cada entidad. El pago se efectuará en un único pago una vez que la resolución sea ejecutiva.
  6. El organismo competente lleva a cabo periódicamente actividades de control, incluidas posibles inspecciones in situ en el lugar donde se desarrollan las actividades, con el fin de verificar que estas se realicen de conformidad con los criterios establecidos.

La información detallada puede consultarse en el anexo a la resolución del Consejo Provincial n.º 247, de 20 de febrero de 2026: «Criterios y modalidades para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades de estancias socioeducativas o de campamentos de verano, en aplicación del artículo 2 de la Ley provincial n.º 6, de 28 de mayo de 2009», disponible en la sección «Normativa de referencia». 

Tiempos y plazos

2026 30 abr

Termini di presentazione delle domande soggiorni socio-educativi 01/04/2026 ⇢ 30/04/2026

Notas

La domanda di rendicontazione va presentata entro il 30 settembre 2026.

2026 30 sep

Termini di presentazione della rendicontazione 06/09/2026 ⇢ 30/09/2026

80 días

Días máximos de espera

80 días a partir del día siguiente a la fecha límite para la presentación de las cuentas.

Costes

Sello fiscal
16,00 euros

si no está exento en virtud del DPR 642/72

El sello fiscal es obligatorio en la fase de solicitud, pero NO en la fase de presentación de cuentas.

Acceder al servicio

Presentación de propuestas de colaboración público-privada (CPP) - Sus prácticas

Autenticación

Documento de identidad electrónico (CIE)
Tarjeta provincial de servicios (CPS)
Tarjeta nacional de servicios (CNS)
SPID nivel 2

Documentos

Normativa de referencia

L.P. 28 maggio 2009, n. 6 (art. 2). Approvazione "Criteri e modalità per la concessione di contributi annuali per la realizzazione di soggiorni socio- educativi a favore della popolazione giovanile trentina" - in sostituzione di quelli approvati con deliberazione della Giunta provinciale n. 566 di data 31 marzo 2023 e s.m.i.

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Norme per la promozione e la regolazione dei soggiorni socio-educativi e modificazione dell'articolo 41 della legge provinciale 28 marzo 2009, n. 2, relativo al commercio

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Adeguamento alla disciplina sul trattamento dati personali e parziale modifica della deliberazione n. 247 del 20 febbraio 2026 "L.P. 28 maggio 2009, n. 6 (art. 2), avente ad oggetto: Approvazione "Criteri e modalità per la concessione di contributi annuali per la realizzazione di soggiorni socio- educativi a favore della popolazione giovanile trentina" - in sostituzione di quelli approvati con deliberazione della Giunta provinciale n. 566 di data 31 marzo 2023 e s.m.i.".

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