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Subvención para la adquisición de maquinaria y equipos destinados al cultivo de forrajes

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Criterios y modalidades para la concesión de ayudas a la adquisición de maquinaria y equipos para el cultivo forrajero

Descripción

Este tipo de ayudas es específico y está destinado a apoyar al sector ganadero y a la producción vegetal: la medida se ha adoptado para apoyar el cultivo de praderas permanentes en zonas montañosas de gran altitud, donde la siega garantiza la base forrajera necesaria para la alimentación del ganado, contribuye al mantenimiento y la conservación del territorio, a la prevención y limitación de la despoblación, y constituye un elemento fundamental para la conservación del paisaje. 

Mediante el apoyo a la adquisición de maquinaria y equipos de henificación tecnológicamente avanzados, la iniciativa tiene como objetivo mejorar el rendimiento global y la sostenibilidad de las explotaciones agrícolas de la provincia. Las ayudas favorecen la adaptación de la producción a las necesidades del mercado y a la vocación de las zonas de montaña, garantizando al mismo tiempo una mayor seguridad para los trabajadores y la protección del paisaje natural, elemento identitario e impulsor de la economía turística local.

Esta ayuda no es acumulable con otras ayudas públicas destinadas a la misma iniciativa.

Las ayudas se concederán en forma de subvención de capital.

A continuación se indican los requisitos deadmisibilidad:

- importemínimo: 7 000,00euros, IVA excluido 

- importemáximo: 40 000,00euros, IVA excluido.

La intensidad máxima de la ayuda es del 50 %.

Solo se podrá presentar una única solicitud de subvención, que podrá incluir varias iniciativas objeto de financiación. 

Solo se pueden subvencionar la adquisición de maquinaria y equipos nuevos de fábrica destinados al cultivo forrajero (producción de heno), con el límite de una sola máquina o equipo por cada tipo y del valor indicado en el anexo.
Las categorías de gastos subvencionables incluyen:

  • Maquinaria agrícola: segadoras con transmisión mecánica o hidrostática, siempre que tengan una potencia mínima de 8 CV.
  • Equipos especializados: rastrillos empujadores de heno (también con recogedor y cinta «multi twister») y ruedas específicas para trabajar en pendientes (por ejemplo, ruedas con púas, con garras o gemelas).
  • Accesorios: Cualquier accesorio relacionado con las máquinas o equipos adquiridos.

Solo se admiten los gastos incurridos tras la presentación de la solicitud de ayuda; el inicio de las obras o los compromisos jurídicos (como los pedidos) anteriores a la solicitud hacen que toda la iniciativa sea inadmisible.

Restricciones

Las solicitudes podrán presentarse desde el 6 de mayo de 2026 hasta el 30 de junio de 2026.

Son subvencionables los gastos abonados por el beneficiario mediante transferencia bancaria o postal, o mediante Ri.Ba, en la cuenta corriente a nombre del beneficiario.

Es obligatorio indicar el Código Único de Proyecto (CUP) en todas las facturas y pagos. El código lo asigna el organismo competente en la fase de aprobación de la iniciativa para la concesión de la subvención. 

La adquisición debe realizarse exclusivamente en régimen de propiedad. No se admiten formas de financiación mediante arrendamiento financiero.

Restricción de destino: La empresa tiene la obligación de no enajenar ni ceder los bienes adquiridos, y de mantener su destino de uso durante al menos tres años a partir de la fecha de presentación de la solicitud de verificación final (rendición de cuentas).

A quién está dirigido

Podrán beneficiarse de la ayuda prevista en la presente medida, tal y como establece la Ley Provincial 4/2003:

a) las explotaciones agrícolas individuales, tal y como se definen en la normativa estatal y provincial vigente;

b) las sociedades constituidas para la gestión de las explotaciones agrícolas definidas en la letra a).

Requisitos de admisibilidad:

  • Estar en posesión de un número de IVA agrícola.
  • Disponer de un expediente empresarial electrónico actualizado en la Provincia de Trento.
  • Disponibilidad de una superficie mínima de 2 hectáreas de pradera polifítica —para forraje— permanente en la provincia de Trento, que figure en el expediente desde hace al menos 12 meses (salvo excepciones para los jóvenes agricultores).
  • En el caso de las explotaciones ganaderas o mixtas, cumplimiento de parámetros específicos en la relación UBA/hectárea: máximo 2,5 para las explotaciones de vacas lecheras, ovinas y caprinas; máximo 2 para el resto de explotaciones.

Procedimiento

Las solicitudes deben presentarse siguiendo los procedimientos informatizados disponibles en el portal https://srt.infotn.it 

Para presentar la solicitud es necesario:

- disponer de una firma digital;

- la persona que presente la solicitud (el solicitante o el asesor designado) debe registrarse en el portal, tal y como se especifica en esta página web

La solicitud debe estar firmada digitalmente por la persona autorizada a firmar el documento; de lo contrario, se considerará inadmisible.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

A la solicitud de ayuda deberá adjuntarse un presupuesto firmado por el proveedor, fechado, vigente, en papel con membrete y el logotipo de la empresa proveedora, en el que se indique la razón social, el número de inscripción en la C.C.I.A.A., el número de identificación fiscal y/o el número de IVA o códigos identificativos similares. Además, el presupuesto deberá ser detallado, competitivo en relación con los precios de mercado y deberá destacar las características técnicas.

Tiempos y plazos

2026 30 jun

Periodo per la presentazione delle domande 06/05/2026 ⇢ 30/06/2026

30 días

Días máximos de espera

a partir del día siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes.

La tramitación de las solicitudes recae en el Servicio competente en materia de agricultura, que elabora el informe técnico-administrativo. El procedimiento concluye en un plazo de 90 días a partir del día siguiente a la aprobación de la lista de clasificación, mediante resolución del Director; dicha resolución dispone la concesión de la subvención, especificando, entre otros aspectos: el beneficiario, el gasto subvencionable, el porcentaje de subvención, el importe de la subvención, el código CUP y los plazos para la ejecución de las iniciativas.

La adopción de la resolución de concesión o denegación de la subvención se comunicará al beneficiario mediante carta enviada por correo electrónico certificado (PEC) a la explotación agrícola.

La justificación de los gastos incurridos deberá ser presentada por el beneficiario en un plazo de 18 meses a partir de la fecha de la resolución de concesión de la subvención.

Para la liquidación final de la subvención, deberá presentarse una solicitud de pago específica, siempre a través del portalhttps://srt.infotn.it/, firmada digitalmente por el solicitante, en la que se especifique el importe solicitado, sin IVA ni gastos no subvencionables.

En el caso de las solicitudes que no cumplan los requisitos previstos, se adoptará una resolución denegatoria.

En el plazo de 18 meses a partir de la fecha de aprobación de la lista de clasificación, en caso de que se pongan a disposición recursos adicionales o se recuperen de posibles ahorros derivados de una menor necesidad durante la fase de instrucción, se podrá proceder a la revisión de la citada lista de prioridades.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Sostegno dell'economia agricola, disciplina dell'agricoltura biologica e della contrassegnazione di prodotti geneticamente non modificati

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Criteri generali e modalità attuative per la concessione dei contributi previsti dall''articolo 42 "Agevolazioni per la zootecnia" e dall''articolo 46 "Agevolazioni per le produzioni vegetali" della legge provinciale 28 marzo 2003, n. 4 (legge provinciale in materia di agricoltura), relativamente all''acquisto di macchinari e attrezzature per la fienagione, e contestuale apertura del bando per l''annualità 2026.

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Información adicional

Última actualización: 14/07/2026 12:02

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