Descripción
Este tipo de ayudas es específico y está destinado a apoyar al sector ganadero y a la producción vegetal: la medida se ha adoptado para apoyar el cultivo de praderas permanentes en zonas montañosas de gran altitud, donde la siega garantiza la base forrajera necesaria para la alimentación del ganado, contribuye al mantenimiento y la conservación del territorio, a la prevención y limitación de la despoblación, y constituye un elemento fundamental para la conservación del paisaje.
Mediante el apoyo a la adquisición de maquinaria y equipos de henificación tecnológicamente avanzados, la iniciativa tiene como objetivo mejorar el rendimiento global y la sostenibilidad de las explotaciones agrícolas de la provincia. Las ayudas favorecen la adaptación de la producción a las necesidades del mercado y a la vocación de las zonas de montaña, garantizando al mismo tiempo una mayor seguridad para los trabajadores y la protección del paisaje natural, elemento identitario e impulsor de la economía turística local.
Esta ayuda no es acumulable con otras ayudas públicas destinadas a la misma iniciativa.
Las ayudas se concederán en forma de subvención de capital.
A continuación se indican los requisitos deadmisibilidad:
- importemínimo: 7 000,00euros, IVA excluido
- importemáximo: 40 000,00euros, IVA excluido.
La intensidad máxima de la ayuda es del 50 %.
Solo se podrá presentar una única solicitud de subvención, que podrá incluir varias iniciativas objeto de financiación.
Solo se pueden subvencionar la adquisición de maquinaria y equipos nuevos de fábrica destinados al cultivo forrajero (producción de heno), con el límite de una sola máquina o equipo por cada tipo y del valor indicado en el anexo.
Las categorías de gastos subvencionables incluyen:
- Maquinaria agrícola: segadoras con transmisión mecánica o hidrostática, siempre que tengan una potencia mínima de 8 CV.
- Equipos especializados: rastrillos empujadores de heno (también con recogedor y cinta «multi twister») y ruedas específicas para trabajar en pendientes (por ejemplo, ruedas con púas, con garras o gemelas).
- Accesorios: Cualquier accesorio relacionado con las máquinas o equipos adquiridos.
Solo se admiten los gastos incurridos tras la presentación de la solicitud de ayuda; el inicio de las obras o los compromisos jurídicos (como los pedidos) anteriores a la solicitud hacen que toda la iniciativa sea inadmisible.
Restricciones
Las solicitudes podrán presentarse desde el 6 de mayo de 2026 hasta el 30 de junio de 2026.
Son subvencionables los gastos abonados por el beneficiario mediante transferencia bancaria o postal, o mediante Ri.Ba, en la cuenta corriente a nombre del beneficiario.
Es obligatorio indicar el Código Único de Proyecto (CUP) en todas las facturas y pagos. El código lo asigna el organismo competente en la fase de aprobación de la iniciativa para la concesión de la subvención.
La adquisición debe realizarse exclusivamente en régimen de propiedad. No se admiten formas de financiación mediante arrendamiento financiero.
Restricción de destino: La empresa tiene la obligación de no enajenar ni ceder los bienes adquiridos, y de mantener su destino de uso durante al menos tres años a partir de la fecha de presentación de la solicitud de verificación final (rendición de cuentas).