Descripción
Restricciones
Las solicitudes para obtener las subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley Provincial 15/2007 deben presentarse trimestralmente durante el año de referencia, al menos 15 días naturales antes del inicio del evento al que se refieren.
1.º trimestre:enero-marzo
Plazo de presentación de solicitudes:
antes del 15 de noviembre del año anterior para los eventos extraordinarios programados del 1 al 15 de enero; del 15 de enero al 31 de marzo;
2.º trimestre: abril-junio
Plazo de presentación de solicitudes: del 1 de abril al 30 de junio
3 .º trimestre: julio-septiembre
Plazo de presentación de solicitudes: del 1 de julio al 30 de septiembre
4 .º trimestre: octubre-diciembre
Plazo de presentación de solicitudes: del 1 de octubre al 15 de noviembre
Los beneficiarios de las subvenciones deberán presentar a la autoridad provincial competente, con la debida antelación —al menos 10 días antes del inicio de la actividad—, todo el material promocional de la actividad y de las iniciativas financiadas (carteles, folletos, comunicados de prensa, invitaciones, etc.), con el fin de permitir el seguimiento y la verificación de la actividad realizada.