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Subvención a los municipios para intervenciones de máxima urgencia

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Subvenciones a los municipios para intervenciones de máxima urgencia destinadas a proteger la seguridad pública y restablecer las infraestructuras esenciales (carreteras, sistemas de abastecimiento de agua, redes de alcantarillado y redes energéticas) tras una emergencia local.

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Destacado

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Novedades: Actualización de los criterios de la resolución n.º 1248/2026

  1. Bienes de uso cívico: Se admiten para subvención las obras de máxima urgencia realizadas por los municipios en los bienes de uso cívico gestionados por ASUC, Regole, la Magnifica Comunità di Fiemme, consorcios y otros organismos representativos de la comunidad (véase el art. 37, apartado 1, de la Ley Provincial 9/2011).
  2. Escasez de agua y redes de abastecimiento: Se admiten las intervenciones para la recuperación de recursos hídricos en caso de emergencia, así como la reparación de las redes municipales de agua potable y de las correspondientes vías de acceso (si son las únicas).
  3. Nuevos límites de gasto: El importe subvencionable oscila ahora entre 10 000,00 € y 800 000,00 €
  4. Trámites: Es necesario remitir el acta de urgencia extrema junto con la notificación al Servicio competente en materia de prevención de riesgos.
  5. Nuevos formularios PDF rellenables: El formulario actualizado incluye las declaraciones obligatorias relativas a:
    • Prohibición de doble financiación: declaración de no beneficiarse de otras ayudas comunitarias, nacionales o locales;
    • Cargas fiscales: indicación sobre si el IVA es deducible o no;
    • Cobertura de seguro: indicación de la existencia y del importe de la póliza (si el importe aún no se conoce en el momento de la solicitud, deberá completarse en la fase de rendición de cuentas final).

⚠️ ATENCIÓN: Antes de enviar los formularios a través de PiTre, es obligatorio convertir los archivos en «estáticos» (para que ya no se puedan modificar). 

Descripción

El servicio concede subvenciones a los ayuntamientos para la ejecución de obras de máxima urgencia a raíz de situaciones de emergencia locales. La financiación se destina a:

  • Proteger la seguridad pública en los núcleos urbanos;
  • Restablecer las condiciones normales de vida mediante la puesta en seguridad de: la red viaria municipal, las masas de agua de su competencia, las redes de agua (acueductos y alcantarillado) y las redes de distribución de energía.

Restricciones

  • Exclusiones: Quedan excluidas las obras relacionadas con daños no causados por catástrofes o acontecimientos excepcionales (por ejemplo, situaciones derivadas de una falta de mantenimiento o de negligencia en la gestión).
  • Gestión de infraestructuras que no son de propiedad municipal: En caso de que las infraestructuras que pueden optar a la subvención (carreteras, recursos hídricos, acueductos, redes de alcantarillado o energéticas) no sean propiedad del municipio solicitante, pero la responsabilidad de su gestión recaiga total o parcialmente sobre él, la entidad podrá actuar en representación de los municipios propietarios o miembros del consorcio únicamente si existe un acuerdo específico firmado entre las partes que regule las competencias de gestión.
  • Bienes cubiertos por un seguro: Si las obras están incluidas en una cobertura de seguro, la subvención se reajusta de manera que no supere el gasto total efectivamente incurrido. El municipio debe indicar la existencia de la póliza en la solicitud; si aún se desconoce el importe de la indemnización, deberá comunicarse en el momento dela rendición de cuentas final (con la consiguiente recuperación de la posible parte excedente de la subvención).
  • Límites de gasto: la subvención solo se aplica a intervenciones cuyo presupuesto total se sitúe entre 10 000 y 800 000 euros.
    • Por debajo de 10 000 €: el coste corre íntegramente a cargo del Ayuntamiento;
    • Por encima de 800 000 €: la intervención la lleva a cabo directamente la Provincia Autónoma de Trento
  • Límite máximo de los gastos técnicos: Se admiten gastos técnicos hasta un máximo del 12 % del importe de las obras, que puede elevarse al 15 % para contratos de hasta 100 000,00 €, únicamente si es necesario nombrar a un coordinador de seguridad.
  • Prohibición de doble financiación: El gasto no puede estar cubierto por otras subvenciones o financiaciones públicas o privadas.
  • Pérdida del derecho a la subvención por falta de notificación de modificaciones: La falta de notificación previa de las modificaciones realizadas durante la ejecución de la obra puede dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención

A quién está dirigido

Municipios de la Provincia Autónoma de Trento en los que se ha producido una emergencia local.

Procedimiento

  • Activación: Cuando se produzca en el término municipal una situación de emergencia que requiera la realización de una intervención de máxima urgencia, el Ayuntamiento lo comunicará de inmediato al Servicio de Prevención de Riesgos y a la Central Única de Emergencias. Al mismo tiempo, redacta y remite el acta de máxima urgencia a la que se refiere el artículo 53 de la Ley provincial n.º 26/1993 y solicita la inspección in situ por parte del técnico provincial responsable.
  • Inspección: En un plazo de 15 días desde la recepción del acta, la Provincia lleva a cabo una inspección conjunta con el técnico municipal.
    El resultado se comunica formalmente al Ayuntamiento mediante un acta específica; si la intervención se considera subvencionable, el Ayuntamiento puede proceder a solicitar la financiación.
  • Presentación de la solicitud: La solicitud de subvención debe presentarse en un plazo de 60 días a partir de la fecha del acta de urgencia extrema, utilizando el formulario publicado en la página web institucional de la Provincia. La presentación puede realizarse mediante una de las siguientes modalidades:
    • Interoperabilidad Pi.Tre (preferible): para los municipios que dispongan de esta aplicación;
    • Correo electrónico certificado (PEC): a la dirección serv.prevenzionerischi@pec.provincia.tn.it;
    • Entrega en mano: directamente en la oficina competente;

Casos particulares

  • Acumulación de intervenciones por debajo del umbral: Si un mismo evento catastrófico requiere varias intervenciones distintas en el término municipal, cada una de ellas por un importe inferior a 10 000 €, estas podrán optar a la subvención si su suma es igual o superior a 10 000 €.
  • Inspección aplazada por mal tiempo (suspensión de plazos): Si las condiciones meteorológicas o la ubicación impiden que la Provincia realice la inspección en un plazo de 15 días, la visita se aplaza (si bien se llevará a cabo en un plazo máximo de 6 meses). En este caso, se suspende el plazo para presentar la solicitud; el Servicio comunicará al Ayuntamiento cuándo volverán a contar los plazos.
  • Excepción respecto a los plazos de entrega del informe pericial o del proyecto ejecutivo: En caso de que, debido a condiciones meteorológicas adversas y teniendo en cuenta la ubicación de las obras, el Ayuntamiento no pueda aprobar el informe pericial o el proyecto ejecutivo en los plazos previstos:
    • La solicitud deberá enviarse, en cualquier caso, en un plazo de 60 díasa partir del acta de urgencia (adjuntando la documentación fotográfica sobre el estado de los lugares y un informe explicativo sobre los motivos del retraso).
    • El Servicio suspenderá los plazos del procedimiento, que se reanudarán tras la entrega del informe pericial o del proyecto ejecutivo y su correspondiente aprobación, incluso en el ámbito técnico (que deberá remitirse, so pena de inadmisibilidad, en un plazo de 6 meses a partir de la solicitud)
  • Modificaciones durante la ejecución de las obras: Las posibles modificaciones (redactadas de conformidad con el artículo 120 del Decreto Legislativo n.º 36/2023) deben comunicarse previamente y acordarse con el técnico competente del Servicio de Prevención de Riesgos y Central Única de Emergencias.
    En el caso de modificaciones que supongan un aumento de los gastos, estas requieren una solicitud específica de ampliación de la financiación.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

A la solicitud de subvención, redactada según el formulario correspondiente, se deberá adjuntar:

  • documentación fotográfica en la que se refleje el estado de los lugares en el momento del suceso que provocó la situación de emergencia, así como, en su caso, documentación sobre el estado de los lugares antes del suceso;
  • una copia del informe pericial o del proyecto ejecutivo de las obras aprobado;
  • una copia de la resolución de aprobación, incluso en el ámbito técnico, del informe pericial o del proyecto ejecutivo de las obras;
  • declaración sobre la posible deducibilidad del IVA y la ausencia de otras ayudas;
  • declaración sobre la existencia (y el importe, si se conoce) de una posible póliza de seguro

Modelos

Tiempos y plazos

  • Presentación de la solicitud: En un plazo de 60 días a partir de la fecha del acta de urgencia.
  • Presentación de la memoria de cuentas: En un plazo de 2 años a partir de la fecha de adopción de la resolución de concesión de la subvención.
  • Prórrogas: Las posibles prórrogas de los plazos de presentación de la rendición de cuentas deberán solicitarse con la debida antelación respecto a la fecha límite.

90 días

Días máximos de espera

El plazo del procedimiento comienza al día siguiente a la presentación de la solicitud y finaliza en los 90 días siguientes.

  • Notificación del resultado: Una vez finalizada la tramitación, se notifica formalmente el resultado del procedimiento al Ayuntamiento solicitante, indicando los datos de la resolución adoptada y la página web institucional en la que se publica.
  • Concesión de la subvención (resultado positivo): El pago lo realiza Cassa del Trentino S.p.A.,según las modalidades establecidas por la D.G.P. n.º 288/2017 y sus modificaciones posteriores, previa presentación, por parte del municipio, de la documentación que acredite la adjudicación y la entrega de las obras.
  • Documentos para la rendición de cuentas final: Para concluir el trámite, el Ayuntamiento debe remitir (en un plazo de 2 años a partir de la concesión) la siguiente documentación:
    • Acta de aprobación: copia de la resolución municipal por la que se aprueba la contabilidad final, la correcta ejecución (o suministro) y el resumen de los gastos incurridos;
    • Resumen de los gastos totales incurridos;
    • Estado final de las obras y cuadro comparativo entre el gasto inicial y el final (incluidas las posibles modificaciones);
    • Ejecución de las obras: Certificado de correcta ejecución (CRE) o, para las obras de importe inferior a 40 000 €, declaración del director de obra que acredite la correcta ejecución (o suministro), con indicación explícita de las fechas de entrega y finalización de las obras;
    • Ensayo estático: Certificado de ensayo estático (si lo requiere el tipo de obra realizada);
    • Fondos disponibles: Facturas correspondientes a los servicios prestados en el marco de los fondos disponibles, acompañadas de un certificado o declaración de ejecución regular (o suministro) firmada por el director de obra;
    • Documentación fotográfica de las intervenciones y las obras realizadas;
    • Georreferenciación (shapefile): archivo de la obra en los casos de construcción o rehabilitación de obras de defensa activa/pasiva o estructuras permanentes.
  • Recurso (resolución denegatoria): Contra la resolución denegatoria, el Ayuntamiento podrá presentar:
    • Recurso jurisdiccional ante el T.R.G.A. de Trento, en un plazo de 60 días a partir de la notificación/comunicación o del pleno conocimiento del acto (de conformidad con la Ley n.º 1034/71 y sus modificaciones posteriores);
    • Recurso extraordinario ante el Presidente de la República, en un plazo de 120 días a partir de la notificación o comunicación, o del pleno conocimiento del acto (de conformidad con el D.P.R. 1199/71).

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Disciplina delle attività di protezione civile in provincia di Trento

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Norme in materia di lavori pubblici di interesse provinciale e per la trasparenza negli appalti

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Aggiornamento dell''allegato 1) della deliberazione di Giunta n. 1305 di data 1 luglio 2013 avente ad oggetto "Approvazione dei criteri e delle modalità per la concessione ai comuni di contributi relativamente ai lavori di somma urgenza di cui all''articolo 37, comma 1, della legge provinciale 1 luglio 2011, n. 9, "Disciplina delle attività di protezione civile in provincia di Trento"".

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Articolo 16 L.P. 15 novembre 1993, n. 36 e s.m. - criteri e modalità di finanziamento degli interventi relativi all'edilizia scolastica comunale e asili nido integrativi dei finanziamenti ammessi sulle linee di investimento inerenti la Missione 4 - componente 1 del PNRR e delle opere connesse.

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