Subrogación del préstamo hipotecario bonificado a otro banco convenido

  • Activo

Cómo obtener una subrogación de préstamo hipotecario bonificado en otra entidad bancaria con un acuerdo contractual

Descripción

El artículo 13 bis del Anexo B) de la Resolución de la Diputación Provincial nº 3998 de 29 de marzo de 1993, por la que se aprueban las disposiciones de aplicación de la Ley Provincial nº 21 de 13 de noviembre de 1992 (Disciplina degli interventi provinciali in materia di edilizia abitativa), prevé la portabilidad del préstamo hipotecario bonificado a otra entidad bancaria con la que se haya llegado a un acuerdo (subrogación).

El préstamo bonificado puede transferirse a otro banco bonificado siempre que

  • no se modifique el tipo de aportación pública (constante o variable);
  • la subrogación no suponga costes adicionales para el presupuesto provincial;
  • el importe del nuevo préstamo no supere la deuda pendiente anterior a la subrogación.

La subrogación surte efecto al inicio del semestre de amortización (1 de enero, 1 de julio) siguiente a aquel en que se presenta la solicitud de subrogación ante el organismo competente.

Conviene que la solicitud de subrogación se presente al organismo competente entre el 15 de marzo y el 31 de mayo si la primera cuota de amortización en el banco subrogante (el nuevo banco) comienza el 1 de julio; conviene que la solicitud de subrogación se presente entre el 15 de septiembre y el 30 de noviembre si la primera cuota de amortización en el banco subrogante comienza el 1 de enero del año siguiente.

A quién está dirigido

Titulares de préstamos vivienda bonificados que se benefician de las facilidades previstas por:

  • Ley Foral 13 de noviembre de 1992, nº 21
  • Ley Foral 29 de diciembre de 2005 nº 20, artículo 58 (Plan Extraordinario 2006-2007)
  • Ley Foral 21 de diciembre de 2007 nº 23, artículo 53 (Plan Extraordinario 2008)
  • Ley Foral 28 de marzo de 2009 n.º 2, artículo 30, apartado 4 (Ahorro doméstico)
  • Ley Foral 28 de diciembre de 2009 nº 19, artículo 59 (Plan Extraordinario 2010)
  • Ley Foral 22 de abril de 2014 nº 1, artículo 54, apartado 1 (Plan Vivienda 2015-2018)

La legislación de referencia se indica en el contrato de préstamo.

Procedimiento

El prestatario identifica el banco convenido con el que transferir el préstamo en curso (banco subrogante) y presenta la correspondiente solicitud de subrogación al organismo que concedió el préstamo hipotecario bonificado (los miembros de las cooperativas de construcción presentan la solicitud de subrogación a la Provincia Autónoma de Trento - Servicio de Políticas de Vivienda mediante el formulario correspondiente, mientras que los demás usuarios presentan una solicitud a su respectiva Comunità di valle/Territorio Val d'Adige).

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Solicitud de subrogación y política de privacidad mediante el formulario correspondiente en el caso de solicitudes presentadas por socios de cooperativas de construcción. En los demás casos es necesario ponerse en contacto con la Comunidad/Territorio del Valle del Adigio correspondiente.

Modelos

Costes

Timbre fiscal
16,00 Euro

Documentos

Normativa de referencia

Approvazione delle disposizioni attuative della legge provinciale 13 novembre 1992, n. 21, concernente: 'Disciplina degli interventi provinciali in materia di edilizia abitativa'.

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