A quién está dirigido
Pueden presentar solicitudes las asociaciones de caza y caninas, los agricultores individuales o asociados y los ciudadanos particulares.
La legislación provincial sobre la protección de la fauna salvaje y la práctica de la caza prevé la posibilidad de establecer zonas para el adiestramiento y las competiciones caninas (artículo 6 de la Ley Provincial nº 24/1991). Estas zonas pueden ser de dos tipos: zonas en las que está prohibida la matanza; zonas en las que está permitida la matanza durante todo el año de fauna de granja perteneciente a especies silvestres. La Resolución nº 659 de la Diputación Provincial, de 12 de abril de 2013, especifica los criterios, los límites y las modalidades de establecimiento.