A quién está dirigido
Organismos públicos no económicos (excluidos los municipios y sus formas asociativas), museos, fundaciones y asociaciones reconocidas; personas físicas en calidad de propietario del inmueble, nudo propietario o titular de un derecho real de goce, la comunidad de propietarios (para las obras en las partes comunes de la comunidad), el comodatario si el contrato se ha estipulado por una duración no inferior a 30 años.
Podrán presentar la solicitud las personas con derecho a solicitar la contribución en virtud de los artículos 5 y 8 de la Ley Foral nº 1 de 17 de febrero de 2003