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Solicitud de subvención para archivos históricos y bibliotecas de conservación

  • Activo

Solicitud de subvenciones para la ordenación, inventario, reproducción y puesta en valor de archivos y bibliotecas de conservación declarados de interés histórico excepcional.

A quién está dirigido

Organismos públicos, entidades propietarias, poseedoras o depositarias a cualquier título de archivos privados declarados de interés histórico significativo, entidades eclesiásticas propietarias de archivos reconocidos de interés histórico significativo, entidades privadas propietarias, poseedoras o depositarias de bibliotecas declaradas de importancia significativa.

Procedimiento

Las solicitudes pueden enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección serv.soprintendenza@pec.provincia.tn.it por los medios tradicionales, es decir, por correo certificado con acuse de recibo o entregado en mano en la sede del Servicio Técnico de la Soprintendenza per i beni culturali (Superintendencia de Bienes Culturales), en los distintos mostradores descentralizados de información y asistencia al público repartidos por todo el territorio, o enviadas por fax junto con los anexos correspondientes.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Para las intervenciones sobre el patrimonio archivístico

  • informe ilustrativo en el que se represente la situación de partida sobre la que se pretende intervenir, el objeto de la intervención propuesta y los efectos consiguientes.

Si la solicitud se refiere a la conservación y restauración de bienes archivísticos, el informe deberá ser especialmente preciso en cuanto a la descripción de los documentos, sus daños y la intervención propuesta.

Si la solicitud se refiere al censo, clasificación e inventario de archivos, debe contener los objetivos de la iniciativa y los efectos consiguientes, e incluir

1) descripción de los locales, mobiliario y equipos adecuados disponibles o un informe sobre los que se facilitarán para el almacenamiento de los archivos

2) descripción del archivo: competencias básicas del productor (en el caso de archivos de naturaleza particular), coherencia y detalles cronológicos generales, observaciones sobre la disposición y cualquier herramienta existente

3) naturaleza del trabajo a realizar: en relación con el orden, los componentes y el carácter analítico del inventario, así como los elementos descriptivos de las unidades de archivo

4) recursos: cualificación de los operadores y compromiso de trabajo relativo, indicación de los programas informáticos que deben adoptarse, material de papelería necesario

5) plazo de ejecución, también con referencia a una posible división en lotes.

  • estimación de costes con fecha no anterior a 90 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud, si la elabora un técnico o una empresa especializada
  • plan de financiación;
  • copia de la resolución del órgano competente relativa a la aprobación para realizar la intervención objeto de la subvención (sólo si la solicitud es presentada por organismos públicos e se refiere a la adquisición de estructuras destinadas a locales de archivos);
  • anteproyecto acompañado de documentación cartográfica que identifique la ubicación territorial de la obra (sólo si la solicitud se refiere a la construcción, ampliación y renovación de estructuras destinadas a locales de archivos);
  • copia de la resolución del órgano competente relativa a la aprobación de la ejecución de las obras objeto de la subvención y a la aprobación del anteproyecto en términos técnicos (sólo si la solicitud es presentada por organismos públicos e se refiere a la construcción, ampliación y reestructuración de estructuras destinadas a archivos);
  • fotocopia de un documento de identidad del solicitante (en los casos previstos);
  • nota informativa de conformidad con el Reglamento UE n.º 679 de 2016(alternativa a la declaración de haber leído la política de privacidad disponible en el sitio web).

Para las intervenciones relativas al funcionamiento de los archivos

  • hoja resumen de los gastos realizados en el último año anterior al año para el que se solicita la subvención;
  • informe sobre la actividad prevista en el año de referencia, incluidos los objetivos y los efectos consiguientes
  • declaración de gastos de personal, incluidos los costes previstos;
  • ficha de gastos diversos de funcionamiento (mantenimiento del local, equipamiento, electricidad, teléfono, agua, etc.), con los costes previstos;
  • hoja informativa sobre el mantenimiento ordinario del material documental, con los costes previstos;
  • hoja informativa sobre la compra de libros, con los costes previstos;
  • plan de financiación;
  • declaración con arreglo al artículo 28, apartado II, del Decreto Presidencial nº 600, de 29 de septiembre de 1973;
  • fotocopia de un documento de identidad del solicitante (en los casos previstos);
  • nota informativa de conformidad con el Reglamento UE n.º 679 de 2016(alternativa a la declaración de haber leído la política de privacidad puesta a disposición en el sitio web).

Para las intervenciones en favor de las bibliotecas de conservación

  • informe ilustrativo en el que se exponga la situación de partida sobre la que se pretende intervenir, la finalidad de la intervención propuesta y los efectos consiguientes
  • presupuesto de costes fechado no antes de 90 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud, si ha sido elaborado por un técnico o una empresa especializada;
  • plan de financiación;
  • fotocopia de un documento de identidad del solicitante (en los casos previstos);
  • nota informativa conforme al Reglamento UE nº 679 de 2016(alternativa a la declaración de haber leído la política de privacidad puesta a disposición en el sitio web).

Modelos

Tiempos y plazos

Las solicitudes pueden presentarse a partir del 1 de marzo y antes del 30 de noviembre de cada año.

Las solicitudes para la explotación de los archivos son válidas durante un año.

90 días

Días máximos de espera

90 días, a partir del día siguiente a la fecha límite de presentación de solicitudes.

Costes

1 timbre fiscal
16 Euro

Exento en virtud del Decreto Presidencial 642/72 - Anexo b

Documentos

Normativa de referencia

Nuove disposizioni in materia di beni culturali

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Codice dei beni culturali e del paesaggio, ai sensi dell'articolo 10 della L. 6 luglio 2002, n. 137. (Delega per la riforma dell'organizzazione del Governo e della Presidenza del Consiglio dei Ministri, nonché di en

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Contacto

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uff.amministrativotutela@provincia.tn.it

Pec - Segreteria:
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0461.496616

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Información adicional

Última actualización: 17/02/2026 12:14

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