Descripción
Se subvencionan los gastos ocasionados por las asociaciones que tengan entre sus fines estatutarios la reeducación de discapacitados a través del ocio musical, que contemplen la utilización del lenguaje sonoro y sus códigos en una perspectiva preventiva y educativa, dirigida a favorecer la integración psíquica, emocional, relacional y afectiva del individuo que padece déficits psicomotores o cognitivos y su recuperación funcional, desarrollando también sus capacidades expresivas, para la realización de estas actividades
Restricciones
Las solicitudes podrán presentarse del 2 al 30 de noviembre del año anterior al que se refieran.