Solicitud de autorización para instalar otros instrumentos de control

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Cómo solicitar al empresario la autorización para instalar y utilizar instrumentos de control distintos de los dispositivos de videovigilancia o seguimiento por satélite

Descripción

Los instrumentos de control (distintos de los sistemas de videovigilancia y de seguimiento por satélite) necesarios por exigencias organizativas y de producción, para la protección de los bienes de la empresa o para la seguridad en el trabajo, de los que también se deriva la posibilidad de controlar a distancia las actividades de los trabajadores, pueden instalarse previo acuerdo con los representantes sindicales de la empresa. En ausencia de estos últimos, o en caso de que no se llegue a un acuerdo con ellos, el Servicio de Empleo es el organismo competente para expedir la autorización para la Provincia Autónoma de Trento.

Restricciones

El solicitante deberá presentar toda la documentación adicional que le solicite la persona encargada del procedimiento dentro del plazo concedido.

A quién está dirigido

Los empresarios que pretendan instalar instrumentos de control distintos de los sistemas de videovigilancia y los dispositivos de seguimiento por satélite con el fin de proteger los activos de la empresa, los requisitos de organización y producción o la seguridad en el trabajo.

Procedimiento

El empresario debe cumplimentar el formulario que puede descargarse a continuación y enviarlo al Servicio de Empleo preferiblemente por correo electrónico a serv.lavoro@pec.provincia.tn.it. Todas las instrucciones sobre cómo enviarlo se encuentran en el interior del formulario.

En el caso de que se solicite la instalación de herramientas para varias unidades locales situadas en la Provincia Autónoma de Trento, se podrá enviar una única solicitud.

Casos particulares

La autorización también debe solicitarse si la empresa no tiene empleados pero tiene intención de contratarlos.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

El formulario debe enviarse completo con los anexos. La lista de todos los anexos necesarios figura en el propio formulario.

También deben adjuntarse al formulario de solicitud dos timbres fiscales de 16,00 euros cada uno. No es necesario enviar los timbres originales: basta con escanearlos o introducir sus datos (número, fecha y hora) en los campos correspondientes del formulario de solicitud.

Modelos

Tiempos y plazos

60 días

Días máximos de espera

El procedimiento debe concluir en un plazo de 60 días a partir de la fecha de la solicitud. No obstante, este plazo se suspende para las peticiones de documentación complementaria que el servicio competente haga al solicitante.

Tras la presentación de la solicitud al Servicio de Empleo, se enviará una carta al solicitante iniciando el procedimiento, en la que figurarán el nombre y los datos de contacto de la persona encargada del procedimiento a la que se podrá solicitar información. La carta también contendrá una posible solicitud de documentación adicional.

Al final del procedimiento, el Servicio competente emite la medida de autorización o una comunicación de despido con resultado negativo.

Costes

n. 1 timbre fiscal para la presentación de la solicitud
16 Euro

n. 1 timbre fiscal para la expedición de la medida
16 Euro

En caso de que no se expida la autorización, el sello de ingresos revertirá al solicitante

Documentos

Normativa de referencia

Norme sulla tutela della libertà e dignità dei lavoratori, della libertà sindacale e dell'attività sindacale nei luoghi di lavoro e norme sul collocamento.

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Información adicional

Última actualización: 21/10/2025 17:46

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