Para obtener la autorización, debe cumplimentarse una solicitud y enviarse a la oficina competente en la forma indicada en el formulario, acompañada de toda la documentación requerida.
La solicitud debe presentarse con un sello de recaudación (16,00 euros) y un sello de recaudación de respuesta (16,00 euros) adjuntos; si la solicitud se transmite por correo PEC, el sello de recaudación de respuesta puede aplicarse a la propia solicitud y anularse de conformidad con la ley.
Las ONLUS y las asociaciones registradas en el CONI están exentas del impuesto de timbre.