Descripción
Las competiciones y eventos náuticos, tanto competitivos como no competitivos, que tengan lugar en las aguas del dominio hidráulico provincial están sujetos a autorización previa de acuerdo con el Código Nacional de Navegación y de acuerdo con la Ley Foral nº 9/2001.
La solicitud de autorización deberá ir acompañada de un plano del campo donde se celebrará la prueba programada, que no podrá solaparse con campos de pruebas concurrentes ya autorizadas, salvo acuerdo entre todos los organizadores implicados. La autorización para la organización de pruebas en ríos deberá ir acompañada de una memoria descriptiva y un plan de seguridad, firmados por un ingeniero cualificado.