Solicitud de adquisición o concesión de bienes provinciales

  • Activo

Solicitud de adquisición o concesión de bienes inmuebles provinciales o estatales bajo la gestión del servicio de gestión y logística de bienes inmuebles. Se excluyen: agua, silvicultura, carreteras.

Descripción

El ciudadano o empresa que pretenda adquirir o sólo utilizar un bien estatal (o patrimonio intransferible) que ya no sea funcional para la Administración puede presentar una solicitud al Servicio de Gestión Patrimonial y Logística del P.A.T. utilizando el facsímil correspondiente.

Los bienes que pueden solicitarse suelen ser restos de carreteras, fondos adquiridos en expropiaciones y no utilizados, bienes cedidos por el Estado, etc.

Quedan excluidos de esta solicitud todos los fondos inscritos en el Registro de la Propiedad como bienes hidráulicos e hidráulicos del P.A.T. o bienes del Ramo de Carreteras del P.A.T..

Por otro lado, entre los bienes susceptibles de enajenación se encuentran los pecios mencionados en el párrafo anterior.

Procedimiento

La solicitud (en su caso, con un sello de recaudación de 16 euros) deberá ir firmada de conformidad con el artículo 38 del Decreto Presidencial 445 de 28 de diciembre de 2000. Deberán adjuntarse a la solicitud los siguientes documentos

- planimetría con la zona solicitada resaltada (preferiblemente en soporte informático)
- documentación fotográfica (preferentemente en soporte informático);
- otra documentación.
- Política de privacidad

La solicitud con sus anexos podrá enviarse por correo ordinario o electrónico a las direcciones indicadas en el facsímil o presentarse directamente en la sede del Servicio o en las oficinas periféricas del P.A.T..

Tiempos y plazos

180 días

Días máximos de espera

A partir de la recepción de la solicitud, sólo en caso de concesión.

Una vez adquirida la solicitud, el Servicio obtiene las autorizaciones necesarias de las estructuras competentes. En caso de resultado positivo, se cuantifica la carga y se prepara la escritura, que el solicitante deberá firmar.

En caso negativo, el solicitante recibirá una nota de denegación.

En cuanto a la VENTA, en las oficinas se comprobará la disponibilidad del inmueble y se cuantificará su valor en función de la superficie solicitada y, a continuación, se formulará una oferta inicial que se firmará para su aceptación previa por parte del solicitante.

En caso de aceptación, se procederá, previa autorización de la Diputación, al pago del precio y a la firma de la escritura.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Disciplina dell'attività contrattuale e dell'amministrazione dei beni della Provincia autonoma di Trento

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Regolamento di attuazione della legge provinciale 19 luglio 1990, n. 23 concernente: 'Disciplina dell'attività contrattuale e dell'amministrazione dei beni della Provincia autonoma di Trento'

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Información adicional

Última actualización: 21/10/2025 18:20

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