Descripción
En qué consiste
El alquiler de viviendas de "renta moderada" es una intervención pública destinada a apoyar a los hogares que cumplen los requisitos legales.
El alquiler moderado es igual al alquiler de mercado reducido en un 30%.
El alquiler de mercado por metro cuadrado se determina tomando como referencia los datos medios de las publicaciones más difundidas sobre el sector inmobiliario y los resultados de estudios de mercado específicos.
Sobre la base de la disponibilidad real de alojamientos para alquilar con alquileres moderados en la zona de competencia, la Comunità di Valle y el Territorio Val d'Adige (Municipio de Trento) publican las convocatorias de solicitudes.
Se puede presentar más de una solicitud en todo el territorio provincial y, en caso de que no se asignen alojamientos, se puede volver a presentar la solicitud.
Las autoridades locales aprueban las clasificaciones y ofrecen al solicitante seleccionado el alquiler de un alojamiento a un precio moderado. Si el alojamiento es aceptado, el solicitante estipula el relativo contrato de alquiler con los sujetos identificados por la ley (ITEA S.p.A., sociedades afiliadas u otros sujetos).
A quién va dirigido
Para obtener la facilidad, el solicitante debe cumplir los requisitos establecidos en la Ley Provincial nº 15 de 7 de noviembre de 2005
- ciudadanía italiana o de otro Estado perteneciente a la Unión Europea o de terceros países en posesión de un permiso de residencia UE para residentes de larga duración o de un permiso de residencia y en constancia de empleo o de un permiso de residencia inscrito en las listas del Centro de Empleo
- estar empadronado en un municipio de la provincia de Trento desde hace al menos tres años
- pertenecer a un hogar en posesión de un indicador ICEF superior a 0,18 y no superior a 0,39, este índice puede aumentarse o disminuirse en 0,02 puntos a discreción de cada Autoridad Local
- ausencia de titularidad por parte del hogar, en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, de un derecho exclusivo de propiedad, usufructo o habitación sobre una vivienda adecuada. La vivienda es adecuada si está equipada con aseos interiores y no ha sido declarada inhabitable por la autoridad competente. No se consideran viviendas cuyo título de disponibilidad haya cesado como consecuencia de la ejecución inmobiliaria;
- ausencia de condena, aunque no sea firme, o de aplicación de la pena a instancia de parte en los supuestos previstos en el artículo 3 bis del Decreto-Ley nº 93, de 14 de agosto de 2013 (Disposiciones urgentes en materia de seguridad y para la lucha contra la violencia de género, así como en materia de protección civil y de comisión de provincias), convertido, con modificaciones, por la Ley nº 119, de 15 de octubre de 2013
- ausencia por parte del solicitante y de los miembros de la unidad familiar, en los diez años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, de condenas firmes por delitos no culposos para los que la ley prevea un mínimo de cinco años de prisión, así como por los delitos previstos en el apartado 2 del artículo 380 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Licitaciones activas
Documentos
L.P. 7 de noviembre de 2005, n. 15
Ley provincial nº 21 de 13 de noviembre de 1992