Descripción
Se trata de una subvención a fondo perdido destinada a realizar inversiones en modernización y rehabilitación de establecimientos de alojamiento, con el objetivo de elevar los estándares de calidad.
Iniciativas subvencionables
La empresa puede solicitar la subvención para inversiones fijas destinadas a la modernización y rehabilitación de establecimientos hoteleros situados en el territorio provincial, en relación con:
- los espacios destinados o que se vayan a destinar al alojamiento de los huéspedes
- los espacios destinados o que se destinen a zonas comunes de estancia de los huéspedes
- los espacios destinados o que se destinen aactividades deportivas, terapéuticas, recreativas y de ocio
- nuevas plazas de aparcamiento al servicio del establecimiento hotelero
En caso de optar por el régimen de exención, las iniciativas previstas deben cumplir una de las siguientes condiciones:
- una ampliación de las superficies o volúmenes destinados a la actividad empresarial;
- una reconversión de la unidad operativa con diversificación de los productos y servicios ofrecidos mediante la incorporación de nuevos productos o servicios adicionales, o una transformación radical de la actividad desarrollada en la unidad operativa objeto de la intervención.
Gastos subvencionables
Se incluyen entre los gastos subvencionables:
- gastos de inversión inmobiliaria: obras, instalaciones, gastos técnicos, adquisición de plazas de aparcamiento o de terrenos destinados a aparcamientos;
- gastos de inversión en mobiliario: muebles, mobiliario, equipamiento, sistemas informáticos (hardware y software) y casas móviles.
Gastos no subvencionables
No son subvencionables los gastos relacionados con:
- nuevas estructuras de alojamiento;
- habitaciones para el personal.
Límites de gasto subvencionable
- Límite mínimo de gasto subvencionable: 30 000,00 €
- Límite máximo de gasto subvencionable: 1 500 000,00 €
- Límite para la adquisición de plazas de aparcamiento o terrenos destinados a aparcamientos: 300 000,00 €
Medida de subvención
El porcentaje de subvención que puede obtener la empresa es:
- en régimen de minimis: 30 %
- en régimen de exención
- pequeña empresa: 20 %
- empresamediana: 10 %
La subvención se abona en un único pago una vez finalizada la inversión y presentada la rendición de cuentas correspondiente.
Restricciones
Costes
No hay gastos de tramitación, salvo el timbre fiscal.
Obligaciones
Las inversiones subvencionadas deben:
- cumplir los requisitos de racionalidad y funcionalidad;
- ser utilizadas exclusivamente por la empresa beneficiaria para el ejercicio de las actividades subvencionadas por la convocatoria;
- referirse a una unidad operativa situada en el territorio provincial;
- referirse a inmuebles propiedad del solicitante (para inversiones por un importe superior a 500.000,00 €, importe total de la solicitud).
El acceso a la subvención conlleva para ti las siguientes obligaciones:
- no enajenar, ceder ni desviar de su finalidad los bienes o servicios para los que se han concedido las ayudas (inmuebles por un importe superior a 250 000,00 €: 10 años; bienes inmuebles de un valor inferior o igual a 250 000,00 €: 5 años; bienes muebles de un valor superior a 250 000,00 €: 5 años; bienes muebles cuyo valor sea inferior o igual a 250 000,00 €: 3 años);
- comunicación oportuna de cualquier modificación subjetiva u objetiva relevante a efectos de la concesión de la ventaja fiscal o de su mantenimiento;
- aplicación a sus empleados de los convenios colectivos y acuerdos nacionales y provinciales, cumplimiento de la legislación en materia de trabajo, seguridad social y asistencia, así como de las disposiciones relativas a la protección de la salud y la integridad física de los trabajadores;
- adquisición de los bienes objeto de los contratos de arrendamiento financiero.
Acumulación
No podrá haber beneficiado de subvenciones en virtud de la Ley Provincial 6/99 ni de la Convocatoria «Calidad en Trentino» —sector hotelero (edición de 2020)— por la misma inversión.
Tampoco son admisibles las cuotas de una inversión inmobiliaria, con un único permiso, para la que el solicitante haya presentado o tenga intención de presentar una solicitud en virtud de la LP 6/99.
Para la misma inversión, puedes beneficiarte de posibles desgravaciones fiscales o contributivas, siempre que no constituyan ayudas de Estado.