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SRD04: Inversiones agrícolas no productivas con fines medioambientales

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«Operación SRD04 “Inversiones agrícolas no productivas con fines medioambientales” —del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027 y Complemento para el Desarrollo Rural de la PAT—.

Descripción

Se trata de una medida de apoyo a los propietarios forestales para inversiones no productivas con fines medioambientales en el territorio agro-silvopastoral y en los hábitats de Natura 2000. La ayuda consiste en una subvención equivalente al 70 % o al 80 % del gasto subvencionable para la realización de la inversión.

Tipos de intervenciones admisibles:

- construcción de abrevaderos y/o humedales para el abrevado del ganado en los pastos de montaña;

- construcción de depósitos o cisternas de almacenamiento y/o sistemas de abastecimiento de agua para el abrevado del ganado en los pastos de montaña;

- construcción de abrevaderos en los pastos de montaña o rehabilitación de abrevaderos de piedra en praderas o pastos;

- sistemas de fitodepuración en praderas o pastos;

- construcción de cercas de madera o rehabilitación conservativa de cercas de piedra, con posibles setos y hileras de árboles;

- recuperación de hábitats en fase de regresión, consistente en la recuperación de praderas o pastos o de hábitats en estado de abandono;

- proyectos en favor de los hábitats de Natura 2000;

- vallas de madera con sistema de electrificación;

- sistemas de electrificación para la protección del ganado frente a los grandes carnívoros;

- rejas en las carreteras para contener al ganado en los accesos a los pastos de montaña;

- casetas para la protección de las colmenas (bienenhaus con valla electrificada permanente);

El importe de la ayuda es el siguiente: el 70 % del gasto subvencionable, con un aumento hasta el 80 % únicamente para las iniciativas incluidas en el programa anual de una asociación forestal. El importe mínimo de gasto subvencionable por solicitud es de 15 000,00 €. El importe máximo de gasto subvencionable es de 100 000,00 € por beneficiario.

Restricciones

Obligaciones relacionadas con las operaciones de inversión

El beneficiario de una operación de inversión se compromete a:

• llevar a cabo la operación de conformidad con lo establecido en la resolución de concesión, sin perjuicio de las posibles modificaciones y/o excepciones establecidas;

• garantizar la estabilidad de la operación de inversión objeto de la ayuda (mantenimiento del uso previsto y conservación) durante un período mínimo de 6 años a partir de la fecha del pago final al beneficiario. Quedan excluidos los casos debidamente evaluados, justificados y reconocidos por la Administración provincial competente y que sean compatibles con las disposiciones de aplicación del PSP. En caso de cesión, la subrogación solo será admisible si el cesionario suscribe los compromisos existentes;

• Respetar, en el caso de los solicitantes que sean personas jurídicas, la normativa sobre contratación pública y cumplimentar las fichas de control de contratos y adjudicación de encargos elaboradas por el organismo pagador (Agencia Provincial de Pagos Agrícolas —APPAG), disponibles en la página web https://www.provincia.tn.it.

• Notificar por escrito al Servicio Forestal el posible inicio de las obras antes de la concesión de la subvención, con una antelación mínima de 15 días. La falta de notificación del inicio de las obras en los plazos indicados podrá dar lugar a un dictamen de inadmisibilidad de la iniciativa, en caso de que ello haya impedido a las oficinas forestales la verificación previa del estado de los terrenos y, por lo tanto, el desarrollo regular de la instrucción técnica.

A quién está dirigido

Pueden presentar la solicitud:

• Agricultores individuales o agrupados, incluidos los consorcios con fines específicos;

• Otros gestores del territorio, tanto públicos como privados, incluso asociados, tales como propietarios de terrenos y sus asociaciones, consorcios de mejora agraria, titulares de la gestión de terrenos en virtud de un documento escrito y apicultores debidamente inscritos en la Agencia Provincial de Servicios Sanitarios (APSS);

• Entidades colectivas, incluidos los beneficiarios de intervenciones de cooperación, que cuenten entre sus miembros con personas que cumplan los criterios anteriores.

La solicitud debe estar firmada digitalmente por la persona facultada para firmar el documento; de lo contrario, se considerará inadmisible.

Para cualquier ayuda relacionada con el acceso y la habilitación al portal, puede ponerse en contacto con la dirección de correo electrónico helpdesk.srtrento@provincia.tn.it.

Condiciones de admisibilidad de los solicitantes

A la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, cada solicitante:

1. tiene la obligación de crear, actualizar y validar anualmente su expediente empresarial electrónico, de conformidad con el Decreto del Presidente de la República n.º 503/99 y sus modificaciones y adiciones posteriores; y El expediente empresarial es el conjunto de la información declarada por la empresa, controlada, verificada y comprobada de forma inequívoca a través del SIGC. En el caso de los sujetos que no estén incluidos en el artículo 1 del Decreto Presidencial n.º 503/99 y sus modificaciones y adiciones, el expediente empresarial deberá crearse en la APPAG, basándose en los datos registrales del beneficiario. La información relativa al expediente empresarial y al manual de uso está disponible en la página web institucional de la Provincia Autónoma de Trento, en el siguiente enlace: https://www.provincia.tn.it/Documenti-e-dati/Documenti-di-supporto/Manuale-del-fascicolo-aziendale-versione-1.0-APPAG;

2. Debe disponer de títulos de propiedad o de la disponibilidad adecuada de las parcelas de terreno o inmuebles en los que se realice la inversión, con el fin de garantizar el cumplimiento y la vigencia de las posibles restricciones derivadas de la financiación.

3. No debe ser objeto de reclamaciones de devolución de ayudas concedidas en virtud de los PSR 2007-2013 y 2014-2022 y posteriormente revocadas, sin que se haya procedido a su devolución.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores conlleva la inadmisibilidad para recibir la ayuda.

Todos los requisitos necesarios y los criterios de selección se especifican en el texto de la convocatoria aprobada mediante resolución del Consejo Provincial n.º 2141, de 23 de diciembre de 2024.

Procedimiento

La solicitud deberá presentarse en línea a través del sistema informativo agrícola provincial SRTrento, en la dirección https://srt.infotn.it, a la que también se puede acceder desde el portal https://a4g.provincia.tn.it/, dentro de los plazos establecidos.

El acceso al área reservada está permitido únicamente a los usuarios registrados; cada usuario debe acreditarse previamente según las modalidades indicadas en la documentación de la página de inicio del sitio web SRTrento. La solicitud debe estar firmada digitalmente por la persona facultada para firmar el documento; de lo contrario, se considerará inadmisible. Para obtener ayuda sobre el acceso y la habilitación al portal, puede dirigirse a helpdesk.srtrento@provincia.tn.it

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Se debe adjuntar la siguiente documentación a la solicitud de ayuda:

• Proyecto de viabilidad técnico-económica, que incluya el presupuesto estimativo. El proyecto irá acompañado, además, de un informe en el que se justifiquen las puntuaciones de selección indicadas en la solicitud y del proyecto de inversión con los contenidos especificados en la convocatoria.

• Formulario «lista de títulos obtenidos» (p. ej.: SCIA, CIL, CILA. licencias de obra, autorizaciones, dictámenes, certificados de conformidad) https://forestefauna.provincia.tn.it/Foreste/Attivita-forestali/Contributi-allo-sviluppo-rurale-PSP-2023-2027;

• Eventuales documentos obtenidos y especificados en la lista mencionada en el punto anterior;

• Ficha técnica e informativa;

• Shapefile (EPSG25832) con la localización de las intervenciones (puntual para pozos, abrevaderos y otras intervenciones puntuales; lineal para vallas y hileras; areal para superficies de recuperación);

• En caso de que la solicitud sea presentada por titulares de la gestión: copia del contrato de arrendamiento o similar, declaración del propietario en la que se indique que no ha presentado ni tiene intención de presentar una solicitud de subvención, y acuerdo entre las partes relativo al cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento.

Tiempos y plazos

2026 15 sep

Termini per la presentazione delle domande (Orario/Intervallo di tempo) 15/07/2026 ⇢ 15/09/2026

Procedimiento de concesión o denegación de la subvención

El procedimiento de concesión o denegación de la subvención se divide de la siguiente manera:

1. Notificación del inicio del procedimiento administrativo y de la información prevista en virtud de la Ley Provincial 23/1992 y sus modificaciones y adiciones;

2. Verificación de la conformidad documental de todas las solicitudes presentadas y elaboración de la lista de beneficiarios (clasificación), teniendo en cuenta las prioridades y las puntuaciones previstas en la presente convocatoria. En esta fase se considerarán inadmisibles aquellas solicitudes que no cumplan las condiciones de admisibilidad de los solicitantes o que no vayan acompañadas de un plan de inversión conforme a lo previsto en la convocatoria. Asimismo, se considerarán inadmisibles aquellas solicitudes que no alcancen la puntuación mínima indicada en la convocatoria;

3. Aprobación, mediante resolución del responsable del Servicio Forestal, de una lista de méritos de las solicitudes en un plazo de 90 días a partir de la fecha límite de presentación de las mismas, con la conclusión simultánea del procedimiento administrativo de conformidad con la Ley Provincial 23/1992 y sus modificaciones y adiciones. La resolución incluirá la lista de todas las solicitudes presentadas, dividida en solicitudes consideradas admisibles con su puntuación correspondiente (lista de mérito) y solicitudes consideradas no admisibles. Las solicitudes admisibles se clasificarán en:

a) solicitudes admisibles potencialmente financiables en función de la dotación indicada en la convocatoria;

b) solicitudes admisibles en lista de reserva (lista destinada a compensar eventuales reducciones de gasto que surjan en la fase de verificación técnica y elaborada siguiendo el orden de la lista de clasificación, hasta un máximo del 20 % de la dotación indicada en la convocatoria);

c) solicitudes admisibles que no se someterán a evaluación técnica.

La lista de clasificación seguirá siendo válida hasta la fecha de aprobación de una posible convocatoria adicional relativa a la intervención SRD04 y, en cualquier caso, durante un máximo de 12 meses a partir de la fecha de aprobación de dicha lista.

4. Notificación al solicitante de la posición que ocupa su solicitud en la lista aprobada mediante la resolución a que se refiere el punto anterior;

5. resolución de concesión de la subvención (en un plazo de 90 días a partir del día siguiente a la fecha de adopción de la resolución de aprobación de la lista de méritos), tras la finalización de la instrucción técnica y la redacción del «Acta de comprobación administrativa, técnica y económica inicial» por parte del funcionario técnico encargado, que define el importe y la tipología del gasto subvencionable y de la correspondiente subvención, teniendo en cuenta también lo establecido en la convocatoria en materia de ayudas estatales. Mediante la resolución de concesión podrán imponerse requisitos que deberán cumplirse antes del pago. El importe asignado no podrá, en ningún caso, ser superior al indicado en la lista de elegibilidad. La instrucción técnica se lleva a cabo para las solicitudes elegibles potencialmente financiables y para las solicitudes elegibles en lista de reserva. Si, durante el período de validez de la lista de elegibilidad, el Consejo Provincial aumenta la dotación financiera de la convocatoria para ampliar la cobertura a otras solicitudes que hayan resultado elegibles, el Servicio Forestal procederá a la instrucción técnica también para las restantes solicitudes elegibles, de acuerdo con los criterios mencionados en el punto 3). Las resoluciones de concesión de las ayudas podrán adoptarse de forma acumulativa, incluso en varias fases, teniendo en cuenta las listas de clasificación aprobadas;

6. Notificación de la concesión o denegación de la subvención y de los posibles requisitos que deban cumplirse antes del pago;

7. Presentación de posibles solicitudes de modificaciones y/o prórrogas.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Immagine decorativa per il contenuto Criteri di selezione Interventi SRD01, SRD02, SRD03, SRD04, SRD07, SRD11, SRD13, SRD15

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