Reorganización, fusión, escisión, supresión consorcio de mejora fond

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Información y formularios necesarios para presentar una de las siguientes solicitudes de reconocimiento legal: constitución, fusión y escisión de un consorcio de mejora de tierras de 1er grado, ampliación de un consorcio de mejora de tierras de 2º grado y supresión de un consorcio de mejora de tierras.

Descripción

Este servicio aprueba el reconocimiento legal de:

  • reperímetro de un cmf de 1er grado: variación del perímetro consorcial que implique una disminución o ampliación de la superficie consorcial. La superficie de referencia, sobre la que se calculará la variación, es la depositada en la estructura competente.
  • Fusión de dos o más cmf de 1er grado: formación de un nuevo cmf a partir de dos o más cmf preexistentes o fusión por incorporación o la incorporación de uno o más cmf a otro consorcio.
  • Desmembración de un cmfde 1er grado: división del perímetro de un cmf que tiene como resultado la reducción del perímetro del consorcio existente y la formación de un nuevo consorcio. Para el consorcio existente deberá activarse el procedimiento de reperímetro, mientras que para el resto deberá constituirse un nuevo consorcio.
  • Ampliación de un cmf de grado: la ampliación se debe a la adhesión de uno o varios cmf de 1º grado.
  • Supresión de un cmf: extinción a todos los efectos legales de un consorcio de mejoras territoriales.

Restricciones

La solicitud puede presentarse en cualquier momento del año.

A quién está dirigido

Los beneficiarios del reconocimiento legal son los consorcios de mejora del suelo de 1er o 2º grado.

ATENCIÓN Para más detalles, consulte la normativa provincial que figura a continuación.

Procedimiento

El presidente del consorcio de mejora de tierras deberá cumplimentar y firmar el formulario según el esquema que figura a continuación, con todos los anexos descritos, y enviarlo a la consejería competente en materia agraria, por uno de los siguientes métodos

  • envío electrónico por correo electrónico a la dirección: serv.agricoltura@pec.provincia.tn.it;
  • entrega en mano directamente en la estructura competente o en los mostradores periféricos de asistencia e información
  • envío por servicio postal.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Deberán adjuntarse a la solicitud los siguientes documentos

PARA LA NUEVA INSCRIPCIÓN

  • copia simple del acta de la Asamblea que aprobó la nueva reparcelación; contendrá además la indicación de la publicación en el tablón de anuncios del Consorcio
  • una copia de la relación de las parcelas afectadas que resulten como parcelas consorciadas tras la reparcelación del Consorcio, identificadas según el orden progresivo de las propias parcelas y que contendrá el número y nombre del municipio catastral, el número de parcela, la superficie catastral y la superficie consorciada
  • una copia de la planimetría, en formato pdf y shapefile, con la indicación exacta del límite consorcial y de las parcelas incluidas en el perímetro consorcial tras la reexaminación, indicando los municipios catastrales con diferente coloración. Además, las nuevas parcelas deben tener un color diferente de las ya presentes en el perímetro. Todas las parcelas fuera del perímetro consorciado deberán ser de color blanco.
  • informe, firmado por el Presidente, en apoyo de la iniciativa de reasignación;
  • nota informativa de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE nº 679 de 2016 relativo al tratamiento de datos.

PARA LA FUSIÓN:

  • copia simple de las actas de las asambleas de cada uno de los consorcios que aprobaron la fusión de las propias entidades y de los estatutos. En las citadas actas de las asambleas deberá constar la indicación de que la fusión y la aprobación de los estatutos fueron adoptadas por la mayoría de los consorcios presentes que representen, al menos, la cuarta parte de la superficie del territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55, apartado II, letra b) del Real Decreto 215/1933; asimismo, en dichas actas deberá constar la indicación de que la fusión ha sido publicada en los registros de los consorcios de origen
  • copia de la planimetría, en formato pdf y shapefile, con indicación exacta del límite consorcial y de las parcelas incluidas en el perímetro consorcial tras la fusión, distinguiendo los perímetros de los consorcios de origen e indicando los municipios catastrales con sombreado de distinto color
  • una copia de los nuevos estatutos aprobados por las asambleas
  • copia de la relación de las parcelas consorciadas tras la fusión de los Consorcios, identificadas según el orden progresivo de las parcelas, que deberá contener el número y nombre del municipio catastral, el número de parcela, la superficie catastral y la superficie consorciada
  • informe firmado por los Presidentes de los Consorcios afectados en el que se indiquen los motivos por los que se solicita la fusión de los consorcios;
  • nota informativa de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE nº 679 de 2016 relativo al tratamiento de datos.

PARA LA AMPLIACIÓN DE UN CMF DE 2º GRADO:

  • Copia simple del acta de la Junta General del Consorcio de Mejoras Agrarias de Primer Grado en la que conste la aprobación de la adhesión del Consorcio de Mejoras Agrarias de Segundo Grado, así como la aprobación de los Estatutos del Consorcio de Mejoras Agrarias de Segundo Grado. En la citada acta de asamblea deberá constar la indicación de que la adhesión al Consorcio de Segundo Grado y la aprobación de los Estatutos han sido adoptadas por la mayoría de los Consorciados presentes que representen, al menos, la cuarta parte de la superficie del territorio, de conformidad con el art. 55, apartado II, let. b) del Real Decreto 215/1933; asimismo, en el acta deberá constar la indicación de que el Consorcio ha sido publicado en el tablón de anuncios del Consorcio.
  • copia del acta de la Asamblea del Consorcio de Mejoras Agrarias de segundo grado, en la que conste la aprobación, conforme a las mayorías previstas en las leyes y estatutos vigentes, de la solicitud de adhesión del Consorcio de Mejoras Agrarias de primer grado, así como la aprobación de los estatutos del Consorcio de Mejoras Agrarias de segundo grado; dicha acta deberá contener, además, la indicación de la publicación en el tablón de anuncios del Consorcio
  • una copia de la planimetría, en formato pdf, en la que conste la indicación exacta del límite del consorcio, así como la de cada uno de los Consorcios de primer grado pertenecientes al mismo
  • una copia del estatuto aprobado del consorcio de 2º grado
  • un informe, firmado por el representante legal del consorcio de mejora de tierras de segundo grado, que respalde la iniciativa de expansión del consorcio
  • nota informativa de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE nº 679 de 2016, relativo al tratamiento de datos.

 

PARA LA SUPRESIÓN DE UN CMF:

  • Copia simple del acta de la Asamblea que aprobó la supresión de la entidad, en la que conste además el destino de los bienes consorciados con indicación de la publicación en el tablón de anuncios del Consorcio. En dicha acta de asamblea deberá constar que la supresión fue adoptada por la mayoría de los consorciados presentes que representen, al menos, la cuarta parte de la superficie del territorio, de conformidad con el art. 55, apartado II, letra b) del Real Decreto 215/1933. Para la supresión de un consorcio de mejora territorial de grado II, deberán respetarse las mayorías previstas en la legislación y estatutos vigentes;
  • un informe, firmado por el presidente, sobre los motivos de la supresión de la entidad, así como la asignación del mantenimiento de las estructuras creadas y de los acuerdos con otras entidades elaborados a tal efecto
  • una copia simple del balance final de liquidación aprobado por la Asamblea General, completado con una copia simple del acta de aprobación del Consejo de Delegados y del informe de la Junta de Auditores;
  • declaración del Tesorero del Consorcio de que no existen cuentas pendientes;
  • nota informativa conforme a los artículos 13 y 14 del Reglamento UE nº 679 de 2016 sobre tratamiento de datos.

Modelos

Tiempos y plazos

110 días

Días máximos de espera

a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Disposizioni in materia di bonifica e miglioramento fondiario, di ricomposizione fondiaria e conservazione dell'integrità dell'azienda agricola e modificazioni di leggi provinciali in materia di agricoltura

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Approvazione dei criteri inerenti gli adempimenti connessi all'applicazione del capo VIII della legge provinciale n. 9 del 3 aprile 2007, concernenti i procedimenti di costituzione, riperimetrazione, fusione, e scissione di un consorzio di miglioramento fondiario di 1° grado, di costituzione e ampliamento di un consorzio di miglioramento fondiario di 2° grado, nonché di soppressione, approvazione dello statuto, commissariamento e approvazione dei criteri inerenti il piano di riparto delle spese dei consorzi di miglioramento fondiario, costituiti ai sensi del Regio decreto 13 febbraio 1933, n. 215 e operanti in provincia di Trento.

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Información adicional

Última actualización: 10/06/2025 09:38

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