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Registro Único Nacional del Tercer Sector (RUNTS)

  • Activo

La oficina provincial del Runts gestiona todas las solicitudes relacionadas con la plataforma informática del Registro Único Nacional del Tercer Sector

A quién está dirigido

Pueden inscribirse en el RUNTS todas las entidades privadas (que no sean sociedades) y, en particular:

  • las organizaciones de voluntariado (ODV),
  • las asociaciones de promoción social (APS),
  • las entidades filantrópicas,
  • las sociedades de mutua ayuda que no tengan la obligación de inscribirse en el Registro Mercantil,
  • ETS.

Las empresas sociales, incluidas las cooperativas sociales y las sociedades de mutua ayuda que gestionen fondos sanitarios complementarios y superen los 50 000 euros anuales en cuotas de socios, deben inscribirse en la sección especial del Registro Mercantil (RI).

La solicitud de inscripción en el RUNTS debe ser presentada por:

  • el representante legal de la entidad,
  • el representante legal de la red asociativa a la que pertenece la entidad (como alternativa al representante legal de la entidad y con mandato de este último),
  • Un notario, en caso de que la entidad pretenda inscribirse y, al mismo tiempo, obtener la personalidad jurídica.

Procedimiento

Para acceder al portal telemático y gestionar los expedientes, las entidades deben dotarse, en primer lugar, de herramientas digitales específicas.

Paraacceder a la plataforma, deben elegir entre:

  • SPID (sistema público para la gestión de la identidad digital de ciudadanos y empresas),
  • CIE (documento de identidad electrónico)

A efectos de la inscripción y para la gestión posterior, las entidades deberán disponer obligatoriamente de:

  • PEC (correo electrónico certificado),
  • firma digital (modo CADES).

A la solicitud de inscripción deberán adjuntarse los siguientes documentos:

  • Escritura de constitucióno declaración de inexistencia o de imposibilidad de recuperación (en caso de que la escritura de constitución original no sea físicamente recuperable ni localizable),
  • Estatutosregistrados en la Agencia Tributaria,
  • Para las entidades que ya ejerzan la actividad desde hace uno o más ejercicios, respectivamente,el último o losdosúltimosbalances aprobados, si están disponibles;

Tiempos y plazos

Se puede presentar la solicitud en cualquier momento del año.

60 días

Días máximos de espera

a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud

Costes

GRATIS

Acceder al servicio

Registro Nacional Único del Tercer Sector

Autenticación

Documento de identidad electrónico (CIE)
Tarjeta nacional de servicios (CNS)
SPID nivel 2

Documentos

Normativa de referencia

Codice del Terzo settore, a norma dell'articolo 1, comma 2, lettera b), della legge 6 giugno 2016, n. 106

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Información adicional

Última actualización: 23/06/2026 18:12

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