Hasta el 10/09/2025 están abiertos los plazos para la presentación de solicitudes de ayuda para acceder a las subvenciones de reestructuración y reconversión de viñedos, que se desembolsarán con fondos provinciales al amparo del artículo 46 de la Lp 4/2003.
Descripción
El objetivo de la ayuda es mejorar el rendimiento global y la sostenibilidad de la explotación, en particular mediante la reducción de los costes de producción o la mejora y reconversión de la producción en el sector vitivinícola.
Las actividades de reconversión y reestructuración que pueden optar a esta ayuda son las siguientes
A. recon versiónvarietal consistente en la replantación en la misma o en otra parcela, con o sin cambio de sistema de conducción, de una variedad de vid diferente considerada de mayor valor enológico o comercial.
B. reestructuración que consiste
B1. en el traslado de un viñedo con replantación en una posición más favorable desde el punto de vista agronómico, tanto en términos de exposición como por razones climáticas, edafológicas y económicas
B2. en la replantación del viñedo en la misma parcela pero con cambios en el sistema de conducción o en la disposición de la plantación. En este caso, el aumento de cepas por hectárea deberá ser como mínimo del 20 %;
B3. a partir de la campaña 2025/2026, para viñedos con variedades autóctonas como Nosiola o Groppello, no se aplican las limitaciones establecidas en los puntos "B1" y "B2" anteriores. Las ayudas para este tipo de actuaciones "B3" se conceden en régimen de minimis en virtud del Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión, completado por el Reglamento (UE) nº 2021/3118 de la Comisión.
Recursos asignados para la campaña 2025/2026: 1 200 000 euros.
Para las intervenciones, no se identifican criterios de prioridad. En caso de que los recursos no sean suficientes para financiar todas las solicitudes, se efectuará una reducción proporcional para financiar todas las solicitudes presentadas.
En caso de que los trabajos solicitados no se realicen en la totalidad de la superficie, los beneficiarios se exponen a una sanción (apartado 12 de la convocatoria).
La concesión de la contribución también conlleva la obligación para el beneficiario de respetar el uso de la plantación de viñedos durante al menos 10 años, de conformidad con el artículo 6 de la Ley Foral 4/2003. El plazo corre a partir de la fecha de la solicitud del pago final de la contribución.
Los beneficiarios de la ayuda son las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción primaria en el sector vitivinícola, entre las que se incluyen:
(a) las empresas agrícolas individuales, identificadas por la legislación estatal y provincial aplicable;
(b) las sociedades constituidas para la gestión de empresas agrarias identificadas en la letra a);
(d) las cooperativas agrícolas y de cosecha, transformación y comercialización y sus consorcios inscritos en el Registro de cooperativas de la provincia de Trento, las asociaciones agrícolas siempre que estén legalmente constituidas
(e) las asociaciones de productores agrícolas reconocidas en virtud de la legislación vigente en la materia.
Quedan excluidas de las ayudas en virtud de la presente medida
1. las empresas que sean objeto de una orden de recuperación pendiente a raíz de una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior
2. las empresas en crisis, tal como se definen en el capítulo 2.4, apartado 33 (63) de las Directrices
3. las empresas que hayan recibido una orden de arranque obligatorio por motivos fitosanitarios en virtud del artículo 55 bis de la Lp 4/2003 y no hayan cumplido con el pago de la sanción y el arranque, con referencia a la extensión de terreno declarada en el expediente de la explotación. Si se comprueba que se han infringido las medidas fitosanitarias, se ordena al infractor que suspenda el pago de la ayuda hasta que se aplique la medida fitosanitaria infringida. Transcurridos 3 años desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, ésta se perderá;
4. empresas que utilicen autorizaciones expedidas en base a la conversión de derechos de replantación adquiridos a otros productores, según lo establecido en la nota de la Comisión Europea Ref (2016)7158486 de 23/12/2016 punto 9 o para nuevas plantaciones expedidas por el Ministerio;
5) las grandes empresas, tal como se definen en el apartado 36 del capítulo 2.4 de las Directrices.
Procedimiento
La solicitud se presenta a través del procedimiento informático establecido en SRTrento. Para esta acción, el aspirante a beneficiario puede encargar un CAA.
La solicitud debe estar firmada digitalmente por el solicitante y debe contener toda la información y los anexos solicitados durante la fase de compilación.
Para más información, consulte el manual elaborado para ayudar al beneficiario a cumplimentar las distintas secciones de la solicitud:
Dichiarazione sostitutiva, ai sensi dell'art. 47 del decreto del Presidente della Repubblica 28 dicembre 2000, n. 445, per la concessione di aiuti in «de minimis».
Obligatorio en caso de intervención con arranque (sin uso de autorización)
Planimetría con delimitación del viñedo objeto de intervención sobre ortofoto con cuadrícula catastral.
Tiempos y plazos
2025 10 sep
Termine ultimo presentazione domanda di sostegno
120 días
Días máximos de espera
a partir del día siguiente a la fecha límite de presentación de solicitudes.
Las empresas que reúnan los requisitos recibirán por correo electrónico un aviso de elegibilidad e instrucciones sobre cómo solicitar el pago en el portal SRTrento. En particular, se les pedirá que adjunten la siguiente documentación
fotografías tomadas durante las operaciones preparatorias de la plantación
fotografías georreferenciadas representativas de la zona del viñedo objeto de la intervención
planos detallados (u ortofotos con cuadrícula catastral) de la zona objeto de la comprobación final, si no se adjuntan ya a la solicitud de ayuda o son objeto de modificación con respecto a la situación inicialmente prevista
certificación sanitaria de las vides enraizadas adquiridas
declaración final de los trabajos realizados
si los trabajos implican análisis del suelo, justificante de los mismos;
declaración sustitutiva de la declaración jurada del representante legal sobre la aplicabilidad de la retención a cuenta en virtud del artículo 28, apartado 2, del Decreto Presidencial nº 600/1973.
Antes del pago final, la Estructura competente llevará a cabo controles por muestreo en al menos el 20% de las explotaciones beneficiarias de la contribución, comprobando que las instalaciones se han construido de conformidad con lo dispuesto en la Resolución nº 919 de la Diputación Provincial, de 27 de junio de 2025.
Durante la inspección se comprueba la congruencia de la intervención realizada con respecto a la solicitud. No serán subvencionables aquellas plantas que, en el momento de la comprobación, difieran, incluso en sus características (variedad, forma de cultivo, sexta, etc.) de lo aceptado en la solicitud final.
Modifica della Delibera della Giunta provinciale n. 1579 di data 4 ottobre 2024 'Approvazione dei criteri per la concessione di contributi per investimenti relativi alla ristrutturazione e riconversione vigneti, art. 46 'Agevolazione per le produzioni vegetali' della Legge provinciale n.4/2003' e apertura termini Campagna 2025/2026.