Los beneficiarios que hayan recibido la notificación de admisibilidad y hayan completado el trabajo podrán presentar una solicitud de pago en el portal SRTrento hasta el 31/12/2025.
Tenga en cuenta también que es necesario presentar el modelo 3 ("comunicación de replantación") o el modelo 8 ("comunicación de replantación con autorización") antes del 31/07/2025, si desea inscribir la plantación en la campaña 2024/2025. Si el formulario se presenta después de esa fecha, la plantación se registrará en la campaña siguiente.
Descripción
El objetivo de la ayuda es mejorar el rendimiento global y la sostenibilidad de la explotación, en particular mediante la reducción de los costes de producción o la mejora y reconversión de la producción en el sector vitivinícola.
Las actividades de reconversión y reestructuración que pueden optar a esta ayuda son las siguientes
A. reconversión varietal , que consiste en:
en la replantación en la misma o en otra parcela, con o sin cambio de sistema de conducción, de una variedad de vid diferente, considerada de mayor valor enológico o comercial.
B. reestructuración que consiste
B1. en el traslado de un viñedo con replantación en una posición más favorable desde el punto de vista agronómico, tanto en términos de exposición como por razones climáticas, edafológicas y económicas
B2. en la replantación del viñedo en la misma parcela pero con cambios en el sistema de conducción o en la disposición de la plantación. En este caso, el aumento de cepas por hectárea debe ser como mínimo del 20 %.
¡IMPORTANTE! Ante la necesidad de que los interesados en la intervención realicen las operaciones de arranque durante el otoño de 2024 y la plantación de las cepas enraizadas ya en el primer semestre de 2025, planificando el plazo para obtener un retorno económico de la inversión realizada, a la espera del procedimiento de notificación de la ayuda a la Comisión Europea, se ha considerado necesario, para el año 2024, abrir la convocatoria y permitir la recogida de las correspondientes solicitudes de ayuda, supeditando la concesión de la ayuda a la decisión final de aprobación de la ayuda por parte de la Unión Europea. Las condiciones contenidas en la Decisión del GP nº 1579 de fecha 4 de octubre de 2024, podrán ser modificadas por la Decisión final de la Comisión. En este caso, se adoptará una nueva medida por parte de la Diputación y se notificará a todos los solicitantes que hayan solicitado la ayuda.
Recursos asignados para la campaña 2024/2025: 1.200.000euros
Para las intervenciones no se establecen criterios de prioridad. En caso de que los recursos financieros disponibles para esta convocatoria no sean suficientes para financiar todas las solicitudes presentadas, la aportación se reducirá proporcionalmente para financiar todas las solicitudes presentadas.
La contribución a los costes de reestructuración y reconversión se concede en la cuantía del 50% de los gastos subvencionables, definidos también a tanto alzado, previstos en el artículo 46 apartado 3 de la LP n. 4/2003 sobre la base de los citados TSCU, aplicados a las superficies vitícolas efectivamente medidas de acuerdo con el artículo 42 del Reglamento (UE) 2022/126, exclusivamente para las actuaciones y gastos previstos en la convocatoria, según se informa en el apartado "4. Definición de la ayuda" del Anexo A de la Resolución de la Diputación Provincial n. 1579 de 4 de octubre de 2024.
Restricciones
La concesión de la contribución conlleva la obligación para el beneficiario de respetar el uso previsto de la plantación de viñedos durante al menos 10 años, de conformidad con el artículo 6 de la Ley Foral 4/2003.
El plazo se cuenta a partir de la fecha de la solicitud del pago final de la contribución.
A quién está dirigido
Los beneficiarios de la ayuda son las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción primaria en el sector vitivinícola. Podrán optar a las ayudas
(a) las empresas agrícolas individuales, identificadas por la legislación estatal y provincial vigente;
(b) las sociedades constituidas para la gestión de empresas agrarias identificadas en la letra a);
(d) las cooperativas agrarias y las cooperativas de recogida, transformación y comercialización de productos agrícolas y sus consorcios inscritos en el Registro de cooperativas de la provincia de Trento, las asociaciones agrarias siempre que estén legalmente constituidas
(e) las asociaciones de productores agrícolas reconocidas en virtud de la normativa vigente en la materia;
que hayan presentado su manifestación de interés antes del 16 de septiembre de 2024.
Quedan excluidas de las ayudas en virtud de la presente medida
1. las empresas que sean objeto de una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior;
2. las empresas en crisis, tal como se definen en el capítulo 2.4, apartado 33 (63) de las Directrices;
3. las empresas que hayan recibido una orden de arranque obligatorio por razones fitosanitarias con arreglo al artículo 55 bis de la Lp 4/2003 y no hayan cumplido la obligación
4. empresas que utilicen autorizaciones expedidas en base a la conversión de derechos de replantación adquiridos a otros productores, según lo establecido en la nota de la Comisión Europea Ref (2016)7158486 de 23/12/2016 punto 9 o para nuevas plantaciones expedidas por el Ministerio;
5) grandes empresas, según se definen en el apartado 36 del capítulo 2.4 de las Directrices.
El aspirante a beneficiario podrá encargar un CAA que hará uso de los procedimientos informáticos establecidos en SRTrento.
Procedimiento
La solicitud de ayuda debe presentarse a través del portal SRTrento, firmada digitalmente por el solicitante y debe contener
- las referencias de la manifestación de interés presentada según las modalidades definidas por el Servicio de Política de Desarrollo Rural (so pena de inelegibilidad de la solicitud de ayuda)
- la lista de parcelas y unidades de viñedo objeto de la renovación de la plantación y el título de utilización correspondiente
- la superficie cubierta por cada explotación
- la variedad y la edad de las plantas arrancadas
- las variedades renovadas
- las distancias de plantación antes y después de la intervención;
- el plazo de ejecución de las operaciones. Este criterio constituye el cronoprograma de las actividades y debe hacerse absolutamente explícito en la solicitud.
- una descripción detallada de cada una de las actividades propuestas con un resumen de los costes de la operación (que se incluirán en la solicitud telemática en SRTRENTO) y la mejora del rendimiento global y la sostenibilidad de la explotación que se pretende conseguir, en particular mediante la reducción de los costes de producción o la mejora y reconversión de la producción.
La solicitud de pago también deberá presentarse a través del portal SRTrento y estar firmada digitalmente por el solicitante. Deberá adjuntarse lo siguiente
- Anexo A - declaración final y descripción de la intervención realizada
- Anexo B - calendario de cálculo de los gastos
- documentación fotográfica de las operaciones preparatorias de la instalación
- documentación fotográfica georreferenciada representativa de la superficie de viñedo objeto de la intervención (al menos 4 fotos por cada cuerpo) (obligatoria únicamente en caso de que la administración no solicite una visita sobre el terreno para medir la superficie objeto de la intervención)
- planimetría shapefile del viñedo creado (obligatoria sólo en el caso de que la administración no solicite una visita in situ para medir la superficie objeto de intervención)
- prueba documental de la certificación sanitaria de los esquejes enraizados adquiridos
- justificante documental del análisis del suelo (obligatorio sólo en el caso de que se haya indicado dicho gasto en la solicitud de ayuda del Anexo B).
Dichiarazione di assenso del proprietario/dei comproprietari delle superfici
Además deberá declararse
- que ha sido autorizado a realizar las obras por el propietario/titular/usuario del terreno, en el caso de parcelas que no sean propiedad del solicitante;
- que no ha solicitado ni obtenido, para las obras previstas, ninguna otra ayuda, salvo dentro de los límites de las disposiciones vigentes;
- que no es objeto de una orden de recuperación pendiente a raíz de una decisión anterior de la Comisión que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior
- que no se encuentra en crisis en el sentido del capítulo 2.4 - Definiciones - punto 33 (63) de las Directrices.
documentación fotográfica operaciones preparatorias de la instalación
documentación fotográfica georreferenciada representativa de la superficie vitícola objeto de la intervención (al menos 4 fotos por cada cuerpo) (obligatoria sólo si la administración no exige una visita sobre el terreno para medir la superficie intervenida)
planimetría shapefile del viñedo creado (obligatoria sólo en el caso de que la administración no exija una visita sobre el terreno para medir la superficie objeto de intervención)
prueba documental de la certificación sanitaria de los esquejes enraizados adquiridos
justificante documental del análisis del suelo (obligatorio sólo en el caso de que dicho gasto se haya indicado en la solicitud de ayuda del anexo B)
declaración jurada del representante legal sobre la aplicabilidad de la retención a que se refiere el art. 28, apartado 2, del Decreto Presidencial 600/1973 (existe un apartado específico dentro de la solicitud de pago en el portal https://srt.infotn.it).
Con el fin de facilitar la presentación de la solicitud de pago, se ha elaborado un manual para ayudar al beneficiario a cumplimentar las distintas secciones de la solicitud en línea publicada en el portal https://srt.infotn.it/.
Antes de la liquidación definitiva, la Estructura competente realizará controles por muestreo en al menos el 20% de las explotaciones beneficiarias de la contribución, comprobando que los sistemas se han implantado de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la Diputación Provincial nº 1579 de 4 de octubre de 2024.
Durante la prueba de aceptación, se verifica la congruencia de la intervención realizada con respecto a la solicitud. No serán subvencionables las plantas que, en el momento de la inspección, difieran en sus características (variedad, forma de cultivo, sexta, etc.) de lo aceptado en la solicitud de saldo.
El resultado del control sobre el terreno se recogerá en un informe de inspección elaborado por la estructura competente.
Costes
GRATIS
Documentos
Normativa de referencia
Approvazione dei criteri per la concessione di contributi per investimenti relativi alla ristrutturazione e riconversione vigneti, art. 46 'Agevolazione per le produzioni vegetali' della Legge provinciale n.4/2003