Descripción
Los permisos de conducción se dividen en varias categorías de conformidad con el artículo 116 de la Ley de Tráfico por Carretera. Para obtener un permiso de conducción de cada categoría (A, B, C, D, BE, CE, DE) es necesario realizar un examen específico.
Los exámenes consisten en una prueba teórica y/o una prueba práctica de conducción y, para presentarse a ellos, hay que presentar una solicitud de acuerdo con los procedimientos establecidos en esta página. Este procedimiento se refiere a los candidatos particulares. Si tiene intención de acudir a una autoescuela, ésta se encargará de presentar la solicitud y de administrar los exámenes.
Examen teórico
Tras presentar la solicitud, el candidato dispone de seis meses para realizar el examen teórico. El candidato tiene dos exámenes a su disposición: si suspende el primer examen puede volver a realizarlo otra vez, de nuevo dentro de los (primeros) seis meses desde la fecha de solicitud.
Hoja rosa y examen práctico
Tras aprobar el examen teórico, el candidato recibe el permiso de aprendizaje y puede practicar la conducción en .
El permiso de aprendizaje tiene una validez de doce meses y dentro de esos doce meses el candidato puede realizar el examen práctico tres veces, pero no antes de que haya transcurrido al menos un mes desde la expedición del permiso de aprendizaje. Si no se supera el examen práctico, puede repetirse, siempre que haya transcurrido al menos un mes entre un examen y el siguiente.
En caso de que tampoco se supere el tercer examen práctico, se podrá solicitar un nuevo permiso de aprendizaje, por una sola vez, acreditando un resultado positivo en el examen teórico. La solicitud debe presentarse a más tardar dos meses después de la fecha de caducidad de la hoja rosa anterior.
Restricciones
- El solicitante de un permiso de conducción de categoría B debe realizar al menos seis horas de prácticas de conducción obligatorias en una autoescuela que expida un certificado de asistencia. Por lo tanto, un candidato que haya realizado el examen teórico como conductor privado está obligado a inscribirse en una autoescuela para realizar las horas obligatorias de conducción y el examen práctico.
- Los menores que hayan cumplido 17 años y sean titulares de un permiso de conducción A1 o B1 están autorizados, a efectos de prácticas, a conducir vehículos de motor cuya masa no supere las 3,5 t y que respeten los límites de potencia establecidos para los conductores noveles. El menor deberá haber realizado diez horas de un curso práctico de conducción en una autoescuela y sólo entonces, previa expedición de la correspondiente autorización, podrá conducir acompañado por un titular de un permiso de conducción de categoría B o superior durante al menos diez años dentro de la edad de 60 años (la denominada "conducción acompañada").