O.C.M. Vino - Promoción en mercados de terceros países - Campaña 2024/25

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Anuncio para la presentación de proyectos para la campaña 2024/25 de la Medida "O.C.M. Vino - Promoción en mercados de terceros países", Reglamento (UE) nº 2021/2117 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021.

Descripción

La Organización Común del Mercado (OCM) del vino es la normativa única de la Unión Europea que regula el sector vitivinícola, tanto en lo que respecta a las normas de producción como a las contribuciones a fondo perdido asignadas a las empresas.
La financiación y las contribuciones de la OCM del vino son asignadas por el Ministerio de Agricultura, Soberanía Alimentaria y Bosques (Masaf) y los departamentos de agricultura de cada una de las regiones y provincias autónomas.
La OCM del vino de terceros países asigna contribuciones a fondo perdido para gastos relacionados con la promoción del vino en el extranjero, como la participación en ferias, degustaciones en restaurantes o simple publicidad.

A quién está dirigido

Pueden acogerse a la medida "Promoción" las siguientes entidades
- organizaciones profesionales y de productores
- asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas
- organizaciones interprofesionales
- consorcios de protección y sus asociaciones y federaciones
- productores de vino
- entidades públicas
- asociaciones temporales de empresas y asociaciones con fines especiales
- consorcios, asociaciones, federaciones y sociedades cooperativas
- redes de empresas

Procedimiento

Toda la documentación necesaria para la presentación de proyectos está indicada en la Resolución del Consejo Provincial nº 740 de 23 de mayo de 2024 y en el Decreto Director nº 198090 de 3 de mayo de 2024, que pueden descargarse de la página web institucional del Ministerio de Agricultura, Soberanía Alimentaria y Bosques.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Attuazione campagna 2024 - 25 della Misura 'O.C.M. Vino - Promozione sui mercati dei Paesi terzi', ai sensi del Regolamento (UE) n. 1308/2013 - art.45.

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Información adicional

Última actualización: 17/11/2025 08:11

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