Descripción
El artículo 93 del Código de la Circulación establece que los vehículos, para poder circular, están sujetos a una doble matriculación ante
1. el Registro Nacional de Vehículos establecido en el Ministerio de Infraestructuras y Transportes, para la expedición de los documentos de matriculación, es decir, el permiso de circulación y la placa de matrícula.
2. el Registro PRA para la inscripción de las escrituras relativas a la propiedad, usufructo y leasing de los vehículos.
A partir del 1 de enero de 2020, los datos sobre la propiedad y la situación jurídica del vehículo se registran en el certificado de matriculación del vehículo, que constituye el Documento Único de Registro y Propiedad del Vehículo (DU).
A partir de esa fecha, ya no se expedirá un certificado de propiedad para todos los vehículos matriculados (o por matricular) en la PRA (quedan excluidos del DU los ciclomotores, la maquinaria agrícola y de explotación y los remolques con una masa total inferior a 3500 kg).
Los nuevos procedimientos prevén la expedición de un recibo con todos los datos del permiso de circulación "no válido para la circulación", impreso en papel blanco A4, previo a la impresión del DU definitivo. El procedimiento se completa con la expedición del Documento Unificado (DU), que consiste en el certificado de matriculación en el que constan los datos relativos a la situación jurídica y patrimonial de los vehículos a motor, motocicletas y remolques sujetos a matriculación en la PRA, que se reflejan en la esquina inferior derecha de la 4ª casilla de la primera página, el número de repertorio progresivo de la PRA, la fecha y tipo de escritura de propiedad, las posibles cargas o gravámenes que pesen sobre el vehículo y el número de hojas que componen el DU.
Para la expedición del DU definitivo es necesario solicitarlo a los STA públicos y privados (agencias de prácticas de vehículos de motor, ACI o PRA); en la actualidad el DMV puede expedir el DU definitivo sólo en caso de corrección de los datos técnicos de un DU anterior.
A continuación se describe el procedimiento de matriculación de vehículos destinados al transporte de mercancías para uso de terceros de cualquier masa total o autorizados para el transporte de mercancías por cuenta propia, es decir, con una masa total superior a 6.000 kg (camión/remolque, remolque o semirremolque).
Los requisitos previos para la expedición de un permiso de circulación son:
para vehículos por cuenta propia:
- Permiso de transporte de mercancías por cuenta propia, que se concede por cada vehículo de motor con una masa total superior a 6.000 kg y se aplica también a los remolques y semirremolques arrastrados por ellos que estén a disposición de la misma empresa.
para los vehículos utilizados para el transporte de mercancías por cuenta de terceros (tanto cabezas tractoras como remolques):
- Inscripción suficiente y regular en el Registro de Transporte por Carretera y/o en el REN.
- Capacidad financiera suficiente y válida
- Regularidad en el pago de la cuota anual de inscripción en el Registro de Transporte de Mercancías por Carretera.
En este caso específico, tras la pérdida, el robo o la destrucción de la placa de matrícula delantera y/o trasera, el interesado, tras presentar una denuncia en un plazo de 48 horas ante una autoridad policial (Carabinieri, Policía del Estado, etc., que expedirá un recibo), deberá solicitar la nueva matriculación ante la Autoridad de Licencias de Conducción y Vehículos (Motorizzazione Civile). Quince días después de la fecha de presentación de la denuncia sin que se hayan encontrado las placas de matrícula, el interesado debe solicitar la nueva matriculación del vehículo y la renovación de su registro en la PRA.
La rematriculación también procede en caso de deterioro de las placas de matrícula y conlleva la expedición de nuevas placas de matrícula y de un recibo preparatorio del DU.
El DU se expedirá con un procedimiento similar al descrito para la primera matriculación de vehículos, pero con diferente documentación requerida, tal y como se especifica en el apartado siguiente.