Modificación de las condiciones medioambientales Disposición para la verificación de la EIA

  • Activo

Tras el proceso de verificación de la admisibilidad a EIA de una obra concluida con el resultado de no someterla a EIA en determinadas condiciones ambientales, el destinatario de la medida podrá solicitar a la estructura provincial competente la modificación de las condiciones ambientales mediante la presentación de una solicitud acompañada de la documentación adecuada.

A quién está dirigido

Sujeto, público o privado, proponente del proyecto y beneficiario de una determinación de EIA con condiciones ambientales.

La solicitud puede ser presentada por el representante legal del sujeto proponente o por su delegado (adjuntando un poder escrito a la solicitud).

La estructura provincial competente podrá modificar las condiciones ambientales de la medida de comprobación de la sujeción a la EIA en caso de cambios en la situación de hecho, imprevisibles en el momento de la adopción de la medida, que hagan imposible el cumplimiento de las mismas condiciones, o en presencia de innovaciones tecnológicas que permitan una mayor eficacia en su aplicación.

Procedimiento

El proponente presentará la solicitud de modificación de condiciones ambientales ante la U.O. de Evaluación Ambiental, adjuntando la documentación técnico-ambiental que proceda en formato electrónico.

El formulario de solicitud y la documentación adjunta se remitirán preferentemente por correo electrónico certificado a la dirección valamb.appa@pec.provincia.tn.it.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

  1. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y suscrito;
  2. informe sobre la existencia de los requisitos previos establecidos en el artículo 5, apartado 8 bis, de la Ley Provincial nº 19, de 17 de septiembre de 2013 (cambios en la situación de hecho, imprevisibles en el momento de la adopción de la medida, que imposibiliten el cumplimiento de las mismas condiciones, o en presencia de innovaciones tecnológicas que permitan una mayor eficiencia en su aplicación) y la ausencia de efectos negativos significativos sobre el medio ambiente
  3. estudio ambiental preliminar actualizado a las modificaciones propuestas, elaborado de conformidad con el Anexo IV-bis de la Segunda Parte del Decreto Legislativo nº 152/2006 (Código del Medio Ambiente);
  4. lista de documentos - hoja A;
  5. apoderado del proponente, si lo hubiere.

Modelos

Costes

timbre fiscal
16,00 Euro

Información adicional

Última actualización: 10/06/2025 14:55

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