Descripción
El operador está obligado a enviar al Servicio de Estudios de la Industria y la Minería
- los datos indicados en el formulario para su transmisiónal ISTAT (Instituto Nacional de Estadística) y al ISPAT (Instituto Provincial de Estadística) antes del 30 de junio de cada año
- el informe anual sobre las actividades realizadas y los programas futuros antes del 31 de marzo
- la información sobre la presencia y/o ausencia de accidentes laborales para el tratamiento de los datos antes del día 15 de cada mes.