Descripción
Se trata de ayudas específicas para el sector apícola previstas en los planes estratégicos de la PAC, cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en un 30 % y por el Estado italiano a través del Fondo Rotatorio en un 70 %.
Las ayudas se rigen por el Reglamento (UE) n.º 2021/2115, de 2 de diciembre de 2021.
Las medidas y los recursos correspondientes asignados para la campaña apícola 2026/2027 (período comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027) se estructuran de la siguiente manera:
Medida A — Servicios de asistencia técnica, asesoramiento, formación, información e intercambio de buenas prácticas:
- AcciónA1: Cursos de actualización y formación (Presupuesto: 15 119,74 €).
- Acción A2: Asistencia técnica y asesoramiento a las empresas (Presupuesto: 12 300,07 €).
Intervención B – Inversiones en activos fijos materiales e inmateriales:
- Acción B1: Lucha contra plagas y enfermedades: adquisición de colmenas con fondo de malla contra la varroa, dispositivos para tratamientos y productos veterinarios (Presupuesto: 106 446,06 €).
- Acción B3: Repoblación del patrimonio apícola – adquisición de colmenas, núcleos, enjambres, abejas reinas y material para la explotación de reproducción (Presupuesto: 30 870,97 €).
- Acción B4: Racionalización de la trashumancia – adquisición de maquinaria, equipos y materiales específicos para la apicultura nómada (Dotación: 33 950,64 €).
- Acción B5: Equipos y sistemas de gestión: máquinas y equipos para la extracción, conservación y envasado de los productos de la colmena y mejora de las condiciones de trabajo (incluido el EPI) (Presupuesto: 67 932,43 €).
Intervención F – Promoción , comunicación y comercialización:
- Acción F1: Actividades de información y promoción de la calidad – participación en concursos (evaluaciones melisopalinológicas, organolépticas y físico-químicas) (Dotación: 7.126,23 €).
Dotación financiera total provincial: 273 746,14 €.
Restricciones
Los equipos que se beneficien de la financiación deben:
- Mantenerse en la explotación durante un período mínimo de tres años.
- Estar identificados de forma inequívoca.
Gastos no subvencionables
No se admiten para la financiación, entre otras, las siguientes partidas de gasto:
- Productos para la alimentación de las abejas.
- Vehículos matriculados (incluidos motocicletas, automóviles, maquinaria agrícola autopropulsada y remolques).
- Gastos de mantenimiento, reparación y transporte para la entrega de los materiales.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), salvo que sea real y definitivamente no recuperable por parte del beneficiario.
- Compra de material de segunda mano, terrenos o edificios.
- Equipos de protección individual (EPI) de un solo uso.