Medidas de apoyo a la actividad de los pastos de montaña - año 2025

  • Activo

para las hembras de la especie bovina de edades comprendidas entre los 7 meses y los 3 años o hasta el primer parto, del 19 de mayo de 2025 al 3 de julio de 2025.

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Descripción

Se trata de una ayuda a la actividad de pastos de montaña, prevista en elartículo 24 de la Norma Foral nº 4, de 28 de marzo de 2003, y en cumplimiento del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión.

El objetivo principal es apoyar a las explotaciones que practican el pastoreo de montaña, reconociendo los beneficios de esta práctica para el bienestar animal. El pastoreo de montaña, es decir, el pastoreo de animales en la montaña, contribuye a mejorar la salud de los animales, reducir el estrés y fomentar una gestión sostenible de las tierras de montaña.

La ayuda está destinada a compensar los costes adicionales que supone para las explotaciones el pastoreo de montaña, como el alquiler de la tierra, el transporte de los animales y la gestión de los pastos.

La medida se inscribe en un marco normativo europeo y provincial que promueve el desarrollo agrícola sostenible y la protección del medio ambiente.

Para la convocatoria de propuestas de 2025 se ha previsto un presupuesto de 1.700.000,00 euros. Esta suma se destina a apoyar las contribuciones previstas por la medida.

Restricciones

La ayuda financiera consiste en una prima de 200,00 EUR por animal llevado a los pastos de montaña.

No obstante, la ayuda se concede para un máximo de 40 animales al año por beneficiario. Este límite se fijó con el fin de distribuir equitativamente los recursos disponibles entre las explotaciones.

Las explotaciones deben cumplir una serie de obligaciones para poder optar a las ayudas.

Entre ellas figuran el mantenimiento de los compromisos relacionados con la condicionalidad y los previstos para la intervención SRA08 ACA8 - Acción 8.3, que se refieren a la gestión sostenible de los pastos.

Existen normas específicas sobre la carga ganadera, el periodo de pastoreo, el control de la flora invasora y las técnicas de pastoreo.

Está prohibido el uso de lodos y fertilizantes químicos de síntesis y sólo se permiten herbicidas y productos fitosanitarios permitidos en la agricultura ecológica.

A quién está dirigido

Los beneficiarios de estas ayudas son las microempresas y las pequeñas y medianas empresas (PYME) dedicadas a la producción agrícola primaria.

Estas empresas deben ajustarse a la definición de PYME establecida en el Reglamento (UE) 2022/2472. Según la Ley Foral 4/2003, se trata de empresas agrícolas individuales o de sociedades creadas para gestionar empresas agrícolas.

Un requisito fundamental es que los solicitantes deben tener la condición de "agricultor activo", tal como se establece en el Reglamento (UE) 2021/2115, y deben tener un centro de actividad en la provincia de Trento.

Además, los beneficiarios deben tener un expediente de explotación validado en el Organismo Pagador de la Provincia Autónoma de Trento (APPAG) y un código de explotación activa en el Banco Nacional de Datos del Registro Ganadero (BDN) para la especie bovina, situado en la Provincia de Trento.

Quedan excluidas de las ayudas las empresas que hayan recibido una orden de recuperación a raíz de una decisión de la Comisión Europea por ayuda ilegal y las empresas con dificultades financieras, tal como se especifica en el Reglamento (UE) 2022/2472.

Las solicitudes deben ser presentadas por el titular de la empresa agraria o por la Federación Provincial de Criadores, en la que se delega expresamente para ello y para recaudar la aportación en nombre del socio.

La presentación podrá realizarse desde el 19 de mayo hasta el 3 de julio de 2025, exclusivamente a través de los procedimientos informáticos disponibles en el portal https://srt.infotn.it.

Es importante recordar que si la solicitud no se presenta de esta forma, será inadmitida.

Para poder optar a las ayudas, las explotaciones deben cumplir algunos criterios de admisibilidad específicos.

En primer lugar, los pastos de montaña deben durar al menos 70 días en el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de septiembre. Este requisito es esencial para garantizar que los animales pasen suficiente tiempo en los pastos de montaña.

Al menos el 70% de las hembras de entre 7 meses y 3 años (o hasta el primer parto) deben ir a pastos de montaña.

Los animales deben mantenerse de forma continua en explotaciones situadas en la provincia de Trento.

Deben respetarse las normas de condicionalidad para las explotaciones que participen en intervenciones de desarrollo rural. Los pastos utilizados para el pastoreo de montaña deben estar asociados a pastos de montaña cuyos gestores se hayan adherido a la intervención SRA08 - ACA8 - Acción 8.3 del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027.

Por último, los pastos deben estar situados en la provincia de Trento, o en territorios extraprovinciales si los malghe son propiedad de municipios o ASUC de la provincia.

Procedimiento

La solicitud de ayuda debe presentarse exclusivamente en línea, a través del portal SRTrento de la Provincia Autónoma de Trento.

Para acceder al servicio en línea, es necesario estar registrado en el portal SRTrento.

La solicitud debe estar cumplimentada y firmada digitalmente con un dispositivo de firma electrónica válido.

Es importante que la solicitud esté firmada por una persona autorizada para representar legalmente a la empresa.

Si un miembro delega en la Federación Provincial de Criadores la presentación de la solicitud y el cobro de la contribución, esta delegación será válida hasta su revocación.

Para cualquier ayuda para acceder y habilitar el acceso al portal, póngase en contacto con el correo electrónico helpdesk.srtrento@provincia.tn.it.

Tiempos y plazos

La solicitud debe presentarse antes del inicio del pastoreo alpino y, por tanto, antes de que el ganado entre a pastar en los pastos alpinos.

90 días

Días máximos de espera

Las solicitudes para el año 2025 podrán presentarse del 19 de mayo de 2025 al 3 de julio de 2025.Las solicitudes deberán presentarse antes del inicio de las actividades de pastoreo alpino, es decir, antes de llevar el ganado a los pastos alpinos.Las solicitudes serán examinadas por el Servicio Agrícola, que comprobará el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.La subvención se concederá en un plazo de 90 días a partir de la fecha límite de presentación de las solicitudes.La subvención se pagará antes del 31 de diciembre del año siguiente al de la presentación de la solicitud.Antes del pago, se comprobarán los datos declarados y el cumplimiento de los criterios de admisibilidad, y podrán realizarse controles por muestreo. Si no se cumplen los requisitos, la subvención podrá reducirse o retirarse.

Costes

GRATIS

Acceder al servicio

Presentación de solicitudes en el portal SR-TRENTO

Autenticación

Documento de identidad electrónico (CIE)
SPID nivel 2
Tarjeta provincial de servicios (CPS)
Tarjeta nacional de servicios (CNS)

Documentos

Normativa de referencia

Criteri e modalità per l'attuazione dell'art. 24 (Interventi di sostegno dell'attività di alpeggio), commi 2 bis, 2 ter, 2 quater, della legge provinciale 28 marzo 2003, n. 4 (Legge provinciale sull'agricoltura) e apertura del bando per l'anno 2024.

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Sostegno dell'economia agricola, disciplina dell'agricoltura biologica e della contrassegnazione di prodotti geneticamente non modificati

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Apertura dei termini per la presentazione delle domande per l'annualità 2025 ai sensi della deliberazione n. 748 del 23 maggio 2024 che disciplina i criteri e le modalità per l'attuazione dell'art. 24 (Interventi di sostegno dell'attività di alpeggio), commi 2 bis, 2 ter, 2 quater, della legge provinciale 28 marzo 2003, n. 4 (Legge provinciale sull'agricoltura).

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Contacto

Contatti di Ufficio tecnico e per l'agricoltura di montagna

Email - Segreteria:
uff.tecnicoagricolturamontagna@provincia.tn.it

Pec - Segreteria:
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Servizio Agricoltura

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Fax - Segreteria:
0461.493201

Información adicional

Última actualización: 18/07/2025 12:01

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