Descripción
Se trata de una ayuda a la actividad de pastos de montaña, prevista en elartículo 24 de la Norma Foral nº 4, de 28 de marzo de 2003, y en cumplimiento del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión.
El objetivo principal es apoyar a las explotaciones que practican el pastoreo de montaña, reconociendo los beneficios de esta práctica para el bienestar animal. El pastoreo de montaña, es decir, el pastoreo de animales en la montaña, contribuye a mejorar la salud de los animales, reducir el estrés y fomentar una gestión sostenible de las tierras de montaña.
La ayuda está destinada a compensar los costes adicionales que supone para las explotaciones el pastoreo de montaña, como el alquiler de la tierra, el transporte de los animales y la gestión de los pastos.
La medida se inscribe en un marco normativo europeo y provincial que promueve el desarrollo agrícola sostenible y la protección del medio ambiente.
Para la convocatoria de propuestas de 2025 se ha previsto un presupuesto de 1.700.000,00 euros. Esta suma se destina a apoyar las contribuciones previstas por la medida.
Restricciones
La ayuda financiera consiste en una prima de 200,00 EUR por animal llevado a los pastos de montaña.
No obstante, la ayuda se concede para un máximo de 40 animales al año por beneficiario. Este límite se fijó con el fin de distribuir equitativamente los recursos disponibles entre las explotaciones.
Las explotaciones deben cumplir una serie de obligaciones para poder optar a las ayudas.
Entre ellas figuran el mantenimiento de los compromisos relacionados con la condicionalidad y los previstos para la intervención SRA08 ACA8 - Acción 8.3, que se refieren a la gestión sostenible de los pastos.
Existen normas específicas sobre la carga ganadera, el periodo de pastoreo, el control de la flora invasora y las técnicas de pastoreo.
Está prohibido el uso de lodos y fertilizantes químicos de síntesis y sólo se permiten herbicidas y productos fitosanitarios permitidos en la agricultura ecológica.