Intervención sanitaria por razones humanitarias

  • Activo

Solicitud de intervención de asistencia médica por razones humanitarias en la Provincia Autónoma de Trento

Descripción

El apartado 3 del artículo 17 de la Ley Provincial n° 16 del 23 de julio de 2010 "Protección de la salud en la Provincia de Trento" prevé que cada año una parte del fondo sanitario provincial, no superior a un total del 0,5 por mil, se reserve a la financiación de intervenciones sanitarias de carácter humanitario, y delega en el Consejo Provincial la determinación de los criterios y procedimientos para la concesión y el desembolso de las intervenciones.
El objetivo principal del programa de asistencia sanitaria humanitaria es apoyar la acción de entidades públicas o privadas de estructura asociativa con fines sociales y organizaciones sin ánimo de lucro, con sede en el territorio de la Provincia Autónoma de Trento, que desarrollen actividades de cooperación internacional o de asistencia humanitaria, con el fin de que su acción de ayuda y apoyo sea más incisiva para las realidades en las que operan. En este sentido, se prestará especial atención a aquellas intervenciones en las que las organizaciones públicas o privadas con finalidad social y las organizaciones sin ánimo de lucro hayan participado activamente en la recaudación de fondos con el fin de coparticipar en los gastos necesarios para garantizar la prestación de asistencia sanitaria in situ.

A quién está dirigido

Las personas admisibles son aquellas que cumplen los siguientes requisitos

  • tienen la nacionalidad de un país no perteneciente a la UE/EEE/CH
  • tengan su residencia en un país no perteneciente a la UE/EEE/CH o en un país con convenio bilateral;
  • no estén inscritos/asegurados en una institución sanitaria extranjera de un país de la UE/EEE/CH o de un país no perteneciente a la UE con convenio bilateral;
  • se encuentren en condiciones económicas precarias
  • no se encuentren en territorio italiano y entren en él sólo para someterse a un tratamiento sanitario previamente autorizado por la Provincia Autónoma de Trento
  • no tengan familiares y parientes políticos de cualquier orden o grado que residan en Italia.

Las solicitudes de intervención médica por motivos humanitarios deberán ser presentadas por un sujeto público o privado (no persona física) a una asociación con finalidad social, sin ánimo de lucro, con sede en el territorio de la Provincia Autónoma de Trento.

Procedimiento

Envío de los formularios y anexos al servicio provincial competente.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

  1. declaración de política de privacidad con arreglo a los artículos 13 y 14 del Reglamento UE n.º 679 de 2016, titulada "INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN", debidamente firmada por el representante legal de la asociación autorizado para presentar la solicitud
  2. fotocopia de un documento de identidad del solicitante (si la solicitud se firma con firma manuscrita y no en presencia del empleado responsable)
  3. documentación médica que acredite que la intervención médica objeto de la presente solicitud es de carácter absolutamente urgente y cuyo aplazamiento supondría un grave perjuicio para la salud del interesado;
  4. declaración de política de privacidad conforme a los artículos 13 y 14 del Reglamento UE nº 679 de 2016 titulado "DECLARACIÓN DEL CIUDADANO EXTRANJERO", debidamente firmada por el ciudadano extranjero (paciente); en caso de ser menor de edad, firmada por el progenitor que ejerza la patria potestad o tutor legal
  5. fotocopia de un documento de identidad válido del ciudadano extranjero (paciente) (si se trata de un menor, también del progenitor que ejerce la patria potestad o del tutor legal) y del acompañante, si se proporciona;
  6. documentación relativa al coste estimado de la intervención médica solicitada (GRD) expedida por un director médico de la Dirección Provincial de Servicios Sanitarios de Trento (OPCIONAL)
  7. documentación que acredite la entidad representada, sus objetivos y los eventuales programas de solidaridad en virtud de los cuales se solicita la asistencia sanitaria.

Modelos

Costes

Timbre fiscal
16,00 Euro

Documentos

Normativa de referencia

Criteri per il finanziamento di interventi di assistenza sanitaria a carattere umanitario (comma 3 dell'articolo 17 della legge provinciale 23 luglio 2010. n. 16): modificazione della deliberazione della Giunta provinciale n. 1380 del 24 giugno 2011

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Información adicional

Última actualización: 17/11/2025 12:50

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