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Intervención SRD11 - Inversiones forestales no productivas - Convocatoria 2025

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Convocatoria 2025 para la intervención SRD11 - Acción 2 "Mejora y realización de infraestructuras al servicio del uso multifuncional del bosque" del PORN de la PAC 2023-2027 y de la RSE del PAT relacionada. Fecha límite de solicitud 30/04/25

Descripción

Se trata de una medida de apoyo a los propietarios forestales para la mejora y creación de infraestructuras al servicio del uso multifuncional del monte. La ayuda consiste en una contribución del 65% de los gastos subvencionables para la realización de la inversión.

Tipos de intervención permitidos

(a) Adecuación y/o mejora de caminos forestales y silvopastorales existentes y clasificados, que supongan una mejora significativa del conjunto del camino, entendido como tramo clasificado homogéneo, tanto en términos de seguridad en el tránsito como de tiempo de recorrido de los vehículos, incluyendo la transición de camino forestal ordinario a camino forestal transitable. Se consideran adaptaciones las obras accesorias de prolongaciones cortas (inferiores o iguales a 300 m) de la carretera existente;

(b) construcción de una nueva carretera forestal y silvopastoral o de una ampliación no corta (es decir, superior a 300 m) de la carretera forestal y silvopastoral existente, de longitud superior a 300 m

(c) adaptación y mejora del firme de los caminos forestales existentes, incluida la consolidación de las rampas correspondientes, preferiblemente mediante técnicas de bioingeniería, excluidos los caminos SAT

(d) adaptación de los patios forestales existentes

(e) nueva construcción de almacenes forestales u otras estructuras fijas para la explotación forestal.

El importe de la ayuda es el siguiente: 65% de los gastos subvencionables. El importe mínimo de los gastos subvencionables por solicitud es de 20.000,00 euros. El importe máximo de los gastos subvencionables es de 250.000,00 euros por beneficiario.

Para las intervenciones de tipo a) y b), el importe máximo del gasto subvencionable por solicitud es de 120.000,00 euros para las intervenciones puntuales o en tramos de menos o igual a un kilómetro; para los tramos de más de un kilómetro, el límite máximo es de 120.000,00 euros por kilómetro, aplicado proporcionalmente a la longitud de la obra.

Para las intervenciones de tipo c), d) y e), el límite máximo global es de 50.000,00 euros por beneficiario y por licitación.

Restricciones

Compromisos inherentes a las operaciones de inversión

El beneficiario de una operación de inversión se compromete a

- no cambiar, durante un periodo de 5 años a partir de la presentación de la solicitud de saldo, el uso de las obras y zonas objeto de la intervención, salvo en casos debidamente evaluados, justificados y reconocidos por la Administración competente. En caso de traspaso, la toma de posesión sólo será admisible si el subarrendatario suscribe los compromisos existentes;

- realizar el mantenimiento durante al menos 5 años para garantizar que la infraestructura financiada se mantiene en buen estado de funcionamiento;

- en el caso de carreteras forestales, no cambiar la clasificación como carretera forestal durante 10 años, para garantizar que la infraestructura financiada siga en uso;

- en el caso de los solicitantes sujetos, cumplir la normativa sobre contratación pública y elaborar las fichas de comprobación de la contratación y adjudicación de contratos preparadas por la Agencia Pagadora (Agenzia provinciale per i pagamenti in agricoltura - APPAG), disponibles en https://www.provincia.tn.it;

- notificar por escrito al Servicio Forestal el inicio de los trabajos antes de la concesión de la subvención con una antelación mínima de 15 días. La falta de notificación del inicio de los trabajos en el plazo previsto puede dar lugar a que la iniciativa se considere no subvencionable, si ello ha impedido al Servicio Forestal llevar a cabo una comprobación previa del estado de los lugares y, por tanto, la investigación técnica periódica.

A quién está dirigido

Podrán presentar solicitudes:

- Propietarios, poseedores, públicos o privados, y sus asociaciones, así como otros sujetos y entidades de derecho, públicos o privados, y sus asociaciones, titulares de la superficie forestal;

- Otros sujetos y entidades de derecho, públicos o privados, y sus asociaciones, identificados o delegados por los propietarios de la superficie forestal para la ejecución de iniciativas también de titularidad provincial.

La solicitud debe estar firmada digitalmente por la persona habilitada para firmar el documento, de lo contrario será inadmitida.

Para cualquier ayuda en el acceso y habilitación del portal, por favor contacte con helpdesk.srtrento@provincia.tn.it.

Condiciones de admisibilidad de los solicitantes

En la fecha de presentación de la solicitud de ayuda cada solicitante

1. está obligado a crear, actualizar y validar anualmente su expediente electrónico de explotación de conformidad con el Decreto Presidencial nº 503/99 ss.mm. y ii. El fichero de la explotación es el conjunto de informaciones declaradas por la explotación, comprobadas, verificadas y constatadas inequívocamente a través del SIGC. Para las entidades no contempladas en el artículo 1 del Decreto Presidencial nº 503/99 y siguientes, el fichero de la explotación debe establecerse, en la APPAG, a partir de los datos personales del beneficiario. La información sobre el fichero de explotaciones y la guía del usuario están disponibles en el sitio web institucional de la Provincia Autónoma de Trento, en el siguiente enlace: https://www.provincia.tn.it/Documenti-e-dati/Documenti-di-supporto/Manuale-del-fascicolo-aziendale-versione-1.0-APPAG;

2. debe tener la titularidad o la disponibilidad adecuada de las parcelas o edificios objeto de la intervención para garantizar el respeto y la duración de las posibles limitaciones de las inversiones financiadas

3. no debe ser beneficiario de recuperaciones de aportaciones concedidas en el marco de los PDR 2007-2013 y 2014-2022 y posteriormente retiradas, sin que se haya procedido a su devolución.

La ausencia de alguno de los requisitos anteriores determina la no elegibilidad para la ayuda.

Todos los requisitos necesarios y los criterios de selección se especifican en el texto de la convocatoria aprobada por resolución de la Diputación nº 2050 de 13 de diciembre de 2024.

Procedimiento

La solicitud debe presentarse en línea accediendo al sistema provincial de información agraria SRTrento en la dirección https://srt.infotn.it a la que también se puede acceder desde el portal https://a4g.provincia.tn.it/ dentro del plazo establecido.

El acceso al área reservada sólo se permite a los usuarios registrados, cada usuario debe acreditarse previamente según los procedimientos indicados en el manual de la página de inicio de SRTrento. La solicitud debe estar firmada digitalmente por la persona habilitada para firmar el documento, de lo contrario será inadmisible. Para cualquier ayuda en el acceso y habilitación del portal puede helpdesk.srtrento@provincia.tn.it

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Documentos que deben adjuntarse a la solicitud

- Proyecto de viabilidad técnico-económica que incluya cálculo métrico estimado;

- Formulario "Lista de títulos adquiridos" (por ejemplo, SCIA, CIL, CILA. Permisos de construcción, autorizaciones, dictámenes, nulla osta) descargable de la página web: https://forestefauna.provincia.tn.it/Foreste/Attivita-forestali/Contributi-allo-sviluppo-rurale-PSP-2023-2027;

- Títulos adquiridos especificados en la lista anterior;

- Informe forestal con justificación de las puntuaciones de selección incluidas en la solicitud firmado por un técnico agroforestal cualificado. El informe forestal contiene un "Plan de inversiones" destinado a proporcionar elementos útiles para evaluar la eficacia y la coherencia del proyecto en relación con los objetivos de la presente convocatoria, también sobre la base del "Proyecto de viabilidad técnico-económica" mencionado en el primer punto.

Tiempos y plazos

2025 30 abr

Termini per la presentazione delle domande 31/01/2025 ⇢ 30/04/2025

Procedimiento de concesión o denegación de la contribución

1. notificación del inicio del procedimiento administrativo y de la información requerida en virtud de la Ley Foral 23/1992 y sus modificaciones y adiciones posteriores

2. comprobación de la admisibilidad documental de todas las solicitudes presentadas y elaboración de la lista de beneficiarios (lista de prelación), teniendo en cuenta las prioridades y puntuaciones previstas en la presente convocatoria. Las solicitudes se considerarán no admisibles si no cumplen las condiciones de admisibilidad de los solicitantes o no van acompañadas de un Plan de Inversión conforme a los criterios de admisibilidad de las operaciones de inversión. Las solicitudes también se considerarán no admisibles si no alcanzan la puntuación mínima exigida en la convocatoria;

3. aprobación, mediante resolución del gerente del Servicio Forestal, de una lista de prelación de solicitudes en el plazo de 90 días desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, con la conclusión simultánea del procedimiento administrativo de conformidad con la Ley Foral 23/1992 y posteriores modificaciones e integraciones. La medida incluirá una lista de todas las solicitudes presentadas, divididas en solicitudes admisibles con puntuación relativa (lista de clasificación) y solicitudes no admisibles. Las solicitudes admisibles se dividirán en

a. solicitudes admisibles potencialmente subvencionables en función de la asignación prevista en el anuncio;

b. solicitudes elegibles en reserva (lista destinada a recuperar posibles reducciones de gastos establecidas en la fase de verificación técnica posterior y obtenidas siguiendo el orden de la lista de clasificación y hasta un valor máximo del 20% de la asignación prevista en la convocatoria)

c. solicitudes admisibles que no serán objeto de verificación técnica.

La lista de clasificación seguirá siendo válida hasta la fecha de aprobación de una posible nueva convocatoria de solicitudes en la intervención SRD11 y, en cualquier caso, durante un máximo de 12 meses a partir de la fecha de aprobación de la lista de clasificación;

4. notificación al solicitante de la posición de su solicitud en la lista aprobada por la medida mencionada en el punto anterior

5. concesión de la subvención tras la conclusión de la investigación técnica (en un plazo de 90 días a partir del día siguiente a la fecha de adopción de la decisión por la que se aprueba la lista de clasificación), previa elaboración del "Informe de la evaluación técnico-económica administrativa inicial" por parte del funcionario técnico responsable, en el que se definen el alcance y el tipo de gastos subvencionables y la subvención correspondiente. La decisión de subvención podrá imponer requisitos que deberán cumplirse antes del pago. El importe asignado no puede superar en ningún caso el importe indicado en la lista de subvencionabilidad. La evaluación técnica se inicia para las solicitudes potencialmente subvencionables y para las solicitudes subvencionables en reserva. Si durante el periodo de vigencia de la lista de elegibilidad, la Diputación aumenta la dotación económica de la convocatoria para ampliar la cobertura a más solicitudes elegibles, el Servicio Forestal procede también a la valoración técnica para el resto de solicitudes elegibles según los criterios indicados en el punto 3). Las subvenciones podrán concederse de forma acumulativa, incluso en varias fases, teniendo en cuenta las clasificaciones aprobadas;

6. notificación de la concesión/denegación de la contribución;

7. presentación de posibles solicitudes de variantes y/o prórrogas.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Approvazione dei termini e delle modalità di agevolazione ai sensi dell'intervento SRD11 'Investimenti non produttivi forestali' - del Piano Strategico Nazionale della PAC 2023-2027 e del relativo Complemento per lo Sviluppo Rurale della Provincia Autonoma di Trento per il periodo di programmazione 2023-2027. Apertura bando 2025

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Immagine decorativa per il contenuto Criteri di selezione Interventi SRD01, SRD02, SRD03, SRD04, SRD07, SRD11, SRD13, SRD15

Criteri di selezione approvati dal Comitato di Monitoraggio del CSR Trento per gli Interventi sugli Investimenti (SRD)

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Piano Strategico Nazionale della PAC 2023-2027 e relativo Complemento per lo Sviluppo Rurale della Provincia Autonoma di Trento per il periodo di programmazione 2023-2027. Approvazione dell'Elenco beneficiari e graduatorie di merito per le domande del bando 2025, Intervento SRD11 'Investimenti non produttivi forestali'

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