Descripción
Se trata de una medida de apoyo a los propietarios forestales para la mejora y creación de infraestructuras al servicio del uso multifuncional del monte. La ayuda consiste en una contribución del 65% de los gastos subvencionables para la realización de la inversión.
Tipos de intervención permitidos
(a) Adecuación y mejora de la red viaria forestal y silvopastoral existente y clasificada, que suponga una mejora significativa del conjunto de la carretera tanto en términos de seguridad en el tránsito como de tiempo de recorrido de los vehículos. Las obras accesorias de ampliación del sistema viario existente de una longitud superior a 300 metros no pueden considerarse adecuaciones;
b) construcción de nuevas carreteras forestales y silvopastorales
c) adaptación y mejora del firme de los caminos forestales existentes, incluida la consolidación de las rampas relativas, preferentemente mediante técnicas de bioingeniería, excluidos los caminos SAT
(d) adaptación de los patios forestales existentes
(e) nueva construcción de explanadas forestales u otras estructuras fijas para la explotación forestal.
El importe de la ayuda es el siguiente: 65% de los gastos subvencionables. El importe mínimo de los gastos subvencionables por solicitud es de 20.000,00 euros. El importe máximo de los gastos subvencionables es de 250.000,00 euros por beneficiario.
Para las intervenciones de tipo a) y b) el importe máximo de los gastos subvencionables por solicitud es de 120.000,00 euros para las intervenciones puntuales o en tramos de menos o igual a un kilómetro; para los tramos de más de un kilómetro el límite máximo es de 120.000,00 euros/kilómetro, aplicado proporcionalmente a la longitud de la obra. Quedan excluidas las intervenciones para la construcción de nuevos caminos forestales de longitud inferior a 200 metros.
Para las intervenciones de tipo c), d) y e) el límite máximo global es de 50.000,00 euros por beneficiario.
Restricciones
Compromisos inherentes a las operaciones de inversión
El beneficiario de una operación de inversión se compromete a
- no cambiar, durante un periodo de 5 años a partir de la presentación de la solicitud de saldo, el uso de las obras y zonas objeto de la intervención, salvo en casos debidamente evaluados, justificados y reconocidos por la Administración competente. En caso de traspaso, la toma de posesión sólo será admisible si el subarrendatario suscribe los compromisos existentes;
- realizar el mantenimiento durante al menos 5 años para garantizar que la infraestructura financiada se mantiene en buen estado de funcionamiento;
- en el caso de carreteras forestales, no cambiar la clasificación como carretera forestal durante 10 años, para garantizar que la infraestructura financiada siga en uso;
- en el caso de los solicitantes sujetos, cumplir la normativa sobre contratación pública y elaborar las fichas de comprobación de la contratación y adjudicación de contratos preparadas por la Agencia Pagadora (Agenzia provinciale per i pagamenti in agricoltura - APPAG), disponibles en https://www.provincia.tn.it/FEASR;
- notificar por escrito al Servicio Forestal el inicio de los trabajos antes de la concesión de la subvención con una antelación mínima de 15 días. La falta de notificación del inicio de los trabajos en el plazo previsto puede dar lugar a que la iniciativa se considere no subvencionable, si ello ha impedido que el Servicio Forestal lleve a cabo una comprobación previa del estado de los lugares y, por tanto, la investigación técnica periódica.