Descripción
La autorización única para las instalaciones fijas de telecomunicaciones y radiodifusión, y de las estructuras correspondientes, la concede el organismo provincial competente en materia de telecomunicaciones, e incluye el dictamen relativo al cumplimiento de los límites de exposición a campos electromagnéticos, así como todas las autorizaciones y actos de aprobación, cualquiera que sea su denominación, en los siguientes casos:
a) para la instalación y la modificación de instalaciones fijas de telecomunicaciones y radiodifusión, así como para la construcción y la modificación de las estructuras correspondientes, cuando sea necesaria la autorización con arreglo a la normativa estatal;
b) para la construcción y modificación de estructuras destinadas a albergar instalaciones fijas de telecomunicaciones y radiodifusión, cuando para su ejecución se requiera una licencia de obras con arreglo a la Ley provincial de ordenación del territorio de 2015.
En los demás casos, la instalación o modificación de las instalaciones de telecomunicaciones y radiodifusión, así como de las estructuras correspondientes, están sujetas a la presentación de la SCIA, de la comunicación, de la declaración o de cualquier otro procedimiento de simplificación previsto por la normativa estatal. En un plazo de treinta días a partir de la presentación de las solicitudes mencionadas, la Agencia Provincial de Protección del Medio Ambiente emitirá su dictamen, en los casos previstos por la normativa estatal.