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Iniciativas para la cualificación y la promoción de la artesanía: solicitud de subvención

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Las empresas artesanales, las entidades y las asociaciones sin ánimo de lucro que lleven a cabo iniciativas para promover la profesión artesanal, la artesanía y los productos artesanales del Trentino, o que fomenten el interés de los jóvenes por la profesión artesanal, pueden solicitar una subvención.

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A partir del 1 de enero de 2026, el acceso de las empresas a las ayudas y bonificaciones provinciales estará supeditado a la contratación de una póliza de seguro que cubra los daños causados por catástrofes naturales y eventos catastróficos, que cubra los bienes indicados en el artículo 1, apartado 101, de la Ley 213/2023, transpuesta a nivel provincial mediante la resolución de la Junta Provincial n.º 2114, de 19 de diciembre de 2025.

La póliza debe estar vigente en el momento de la solicitud de la subvención y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la iniciativa.

En caso de incumplimiento de la obligación de contratación del seguro, si fuera necesario, se denegará la solicitud o se perderá totalmente el derecho a la ayuda.

Para más detalles, se recomienda consultar la resolución citada, disponible al final de la página, en la sección «Documentos».

Descripción

La Provincia, con el fin de cualificar y potenciar la artesanía, concede subvenciones que oscilan entre el 30 % y el 80 % del gasto subvencionable, destinadas a la realización de iniciativas de interés provincial con un alto grado de relevancia desde el punto de vista profesional, cultural o formativo y, en particular, para los siguientes tipos de iniciativas:

  1. «artesanía»: manifestaciones o eventos que potencien y promuevan la artesanía del Trentino, las empresas y los productos artesanales de la región, o que tengan por objeto difundir en el territorio provincial temas relacionados con las profesiones artesanales —incluso las actuales o innovadoras— que caracterizan el mundo de la artesanía;
  2. «jóvenes»:iniciativas dirigidas a los jóvenes, cuyo objetivo sea la promoción, el acercamiento a la profesión artesanal o la formación;
  3. «mixtas»: iniciativas que presentan ambas características mencionadas anteriormente.

El porcentaje de subvención viene determinado por la puntuación general atribuida a la iniciativa, según los parámetros establecidos por los criterios vigentes, que debe ser igual o superior a 11 puntos.

Estas ayudas, concedidas en virtud de la norma «de minimis», no son acumulables con otras ayudas concedidas por la Provincia que se refieran a los mismos gastos dentro de la misma iniciativa. En cambio, sí son acumulables con las financiaciones directas concedidas por la Provincia y que se refieran de manera genérica a la iniciativa.

Son subvencionables los gastos directamente relacionados con la iniciativa propuesta; si estas se refieren también a otras actividades, en particular a las que normalmente ejerce el solicitante o a iniciativas distintas de la propuesta, deberán repartirse entre la iniciativa objeto de la solicitud y las demás actividades o iniciativas, y solo podrá acogerse a la ayuda la parte relativa al proyecto.

En el caso de iniciativas que no se refieran únicamente a la artesanía, solo se tendrá en cuenta la parte específicamente «artesanal».

Nota: el siguiente texto no sustituye a la normativa establecida en la resolución del Consejo Provincial n.º 988, de 11 de julio de 2025, que se reproduce a continuación y a la que se debe hacer referencia a todos los efectos.

Restricciones

No podrán beneficiarse de la subvención las empresas no artesanales ni los consorcios de empresas no artesanales.

Se admitirán como máximo tres solicitudes presentadas por un mismo solicitante por año natural.

Los beneficiarios de la subvención deben destacar públicamente, en el material de comunicación relativo a las iniciativas financiadas, el apoyo de la Provincia Autónoma de Trento, indicando expresamente la frase:«Iniciativa realizada con el apoyo económico de la Provincia Autónoma de Trento». De no hacerlo, la subvención se reducirá en un 5 % en el momento de la liquidación.

Cualquier cambio en la fecha de celebración de la iniciativa deberá comunicarse previamente al organismo provincial competente en materia de artesanía, con el fin de permitir las comprobaciones oportunas. A falta de dicha comunicación, la subvención se reducirá en un 5 % en el momento de la liquidación.

A quién está dirigido

Pueden solicitar la subvención:

  •  las empresas artesanales y sus consorcios
  •  las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro

que lleven a cabo iniciativas en las que participen al menos tres empresas artesanales inscritas en el registro y que tengan su sede social u operativa en el territorio provincial, entendida como una estructura capaz de producir bienes y servicios.

Procedimiento

La solicitud, provista de timbre fiscal, debidamente cumplimentada y firmada por el representante legal, deberá enviarse a la dirección de correo electrónico certificado (PEC) indicada en el formulario.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

El interesado deberá presentar la solicitud utilizando exclusivamente los formularios previstos al efecto, adjuntando a la misma:

1. una copia de un documento de identidad válido del solicitante (si la solicitud no está firmada digitalmente);

2. declaración sustitutiva del acto de notoriedad para las ayudas «de minimis»;

3. la nota informativa con arreglo a los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) n.º 679 de 2016 (política de privacidad).

Modelos

Tiempos y plazos

La solicitud puede presentarse en cualquier momento del año, siempre que sea antes de la fecha de inicio de la iniciativa.

60 días

Días máximos de espera

a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud.

El organismo competente se encarga de tramitar las solicitudes por orden cronológico de presentación. Una vez finalizada la tramitación, se decide la admisión a la ayuda y la concesión de la subvención.

En un plazo de 60 días se adoptará una resolución de admisión a la ayuda y de posterior concesión de la subvención, en función de los fondos disponibles, o de denegación de la admisión a la ayuda. La concesión de la subvención se refiere al año natural en el que se lleva a cabo la iniciativa. En caso de que los fondos no sean suficientes, el plazo de 60 días se refiere a la resolución de admisión.

A los beneficiarios admitidos pero excluidos de la concesión, en caso de que se disponga de recursos adicionales durante el ejercicio financiero de admisión, se les concederá la subvención previa verificación del interés del beneficiario y, en su caso, la fijación de una nueva fecha de realización de la iniciativa, en un plazo de 30 días a partir de dicha verificación.

Las solicitudes admitidas y no financiadas durante el año de presentación quedarán sin efecto.

El resultado del procedimiento se comunica al interesado a través de correo electrónico certificado (PEC).

La información sobre el estado del procedimiento puede obtenerse en la oficina competente (los datos de contacto figuran en la presente ficha informativa).

El incumplimiento por parte de la entidad del plazo del procedimiento puede dar derecho al interesado a dirigirse al director general del Departamento de Artesanía, Comercio, Promoción, Deporte y Turismo para instar a la conclusión del procedimiento.

Tras la notificación de la concesión de la subvención, el beneficiario deberá presentar la declaración a efectos de la liquidación (o de una posible prórroga o anticipo) en un plazo de seis meses a partir del día siguiente al último día de la iniciativa subvencionada.

Costes

SELLO FISCAL
16,00 euros

Documentos

Normativa de referencia

Disciplina dell'impresa artigiana nella provincia autonoma di Trento

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Revisione dei criteri e delle modalità per la concessione di contributi per la realizzazione di iniziative di qualificazione e valorizzazione dell''artigianato ai sensi della L.P. 1 agosto 2002, n. 11, articolo 17, comma 1, lettera b). Approvazione del nuovo testo.

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Art. 1 comma 101 e seguenti della L. n. 213/2023 e s.m.. Polizza assicurativa a copertura dei danni, direttamente cagionati da calamità naturali ed eventi catastrofali verificatesi sul territorio nazionale, ai beni indicati al comma 1 dell''art. 2424 del codice civile.

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Información adicional

Última actualización: 23/06/2026 12:12

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