La Provincia, con el fin de cualificar y valorizar la artesanía, concede contribuciones del 30% al 80% de los gastos subvencionables, para la realización de iniciativas de interés provincial con un alto grado de relevancia desde el punto de vista profesional, cultural o formativo y, en particular, para los siguientes tipos de iniciativas
- "artesanía": manifestaciones o eventos que cualifiquen y promuevan la artesanía, las empresas y los productos artesanales trentinos, o que tengan por objeto difundir en el territorio provincial cuestiones relativas a las profesiones artesanales, incluidas las actuales o innovadoras, que caracterizan el mundo de la artesanía
- "jóvenes": iniciativas dirigidas a los jóvenes, que tengan por objeto la promoción, el acercamiento a la profesión artesanal o la formación;
- "mixtas": iniciativas que presentan las dos características anteriores.
El porcentaje de facilitación viene determinado por la puntuación global otorgada a la iniciativa, según los parámetros establecidos por los criterios vigentes, que debe ser igual o superior a 11 puntos.
Estas contribuciones, concedidas como "de minimis", no pueden acumularse con otras contribuciones concedidas por la Provincia relativas a los mismos gastos dentro de la misma iniciativa. Sin embargo, pueden acumularse con financiación directa concedida por la Provincia y relacionada genéricamente con la iniciativa.
Los gastos directamente relacionados con la iniciativa propuesta son subvencionables; si estos gastos se refieren también a otras actividades, en particular a las realizadas habitualmente por el solicitante o a iniciativas distintas de la propuesta, deberán repartirse entre la iniciativa objeto de la solicitud y las demás actividades o iniciativas, y sólo podrá ser subvencionable la parte relativa al proyecto.
En el caso de iniciativas que no se refieran únicamente al sector artesanal, sólo se tendrá en cuenta la parte específicamente "artesanal".
Nota: el siguiente texto no sustituye a las normas establecidas en la Decisión nº 988 del Consejo Provincial, de 11 de julio de 2025, que figuran a continuación y a las que debe hacerse referencia a todos los efectos.
No son subvencionables las empresas no artesanales ni los consorcios de empresas no artesanales.
Podrán ser subvencionables un máximo de tres solicitudes presentadas por la misma entidad por año natural.
Los beneficiarios de la subvención deberán destacar públicamenteen el material de comunicación relativo a las iniciativas financiadas el apoyo de la Provincia Autónoma de Trentoindicando expresamente la frase:"Iniciativa realizada con el apoyo financiero de la Provincia Autónoma de Trento". En su defecto, la subvención se reducirá en un 5% en el momento del pago de la subvención.
Cualquier cambio en la fecha de realización de la iniciativa deberá comunicarse previamente a la estructura provincial competente en materia de artesanía, con el fin de permitir la realización de los controles oportunos. A falta de dicha comunicación, la subvención se reducirá un 5% en la fase de liquidación.