Iniciativas de cooperación internacional al desarrollo de la Diputación

  • Activo

Iniciativas de especial importancia institucional identificadas anualmente por el Consejo Provincial

Descripción

Iniciativas de especial importancia institucional en el ámbito de la cooperación internacional al desarrollo identificadas anualmente por la Diputación Provincial.

PROCESO DE APROBACIÓN

El proceso de aprobación de los proyectos relativos a las iniciativas previstas por la Junta incluye las siguientes etapas:

  1. La Diputación aprueba el esquema de la convocatoria pública de codiseño (en adelante convocatoria), los formularios correspondientes y define, al mismo tiempo, el importe total de los recursos financieros disponibles.
  2. Los sujetos ejecutores presentan la manifestación de interés para participar en el procedimiento de codiseño, acompañada de una idea de proyecto;
  3. el equipo de evaluación emite un dictamen sobre las ideas de proyecto recibidas;
  4. la estructura provincial competente, siguiendo la opinión del equipo de evaluación, prepara la medida de aprobación de las ideas de proyecto y de los sujetos admitidos al proceso de codiseño, iniciando los trabajos de la mesa de codiseño (en adelante, la mesa);
  5. Los trabajos de la mesa concluyen con la firma del proyecto operativo por parte de los sujetos participantes en la mesa;
  6. la estructura provincial competente adopta la medida de aprobación del proyecto operativo, identifica la(s) parte(s) ejecutora(s), define los gastos subvencionables y el importe de la contribución, así como el esquema del convenio mediante el cual cada una de las partes se compromete a mantener los compromisos recíprocos
  7. en caso de improductividad de la mesa, la Diputación adopta una resolución de reconocimiento.

CONVOCATORIA PÚBLICA DE CODISEÑO

El anuncio contendrá los siguientes elementos mínimos

  1. la descripción de la iniciativa prevista, los ámbitos temáticos y territoriales de intervención, los objetivos que se persiguen con el codiseño
  2. los sujetos elegibles, los requisitos de participación y los motivos de exclusión, con especial atención a las normas sobre conflictos de intereses
  3. las modalidades y plazos de presentación de la solicitud de participación y de las declaraciones y formularios correspondientes
  4. los criterios de selección de las ideas de proyecto que se admitirán al codiseño
  5. el marco de los recursos disponibles
  6. las modalidades de realización y participación en la mesa redonda;
  7. la información a que se refiere el artículo 25 de la Ley Foral nº 23/1992;
  8. cualquier otro elemento que se considere oportuno en relación con las características específicas de las iniciativas.

NÚCLEO DE EVALUACIÓN

  1. El núcleo evaluador previsto en el artículo 14 bis de la Ley Foral nº 4, de 15 de marzo de 2005, compuesto por tres expertos en el ámbito de la cooperación internacional de probada experiencia y competencia designados por la Diputación Foral, emite su opinión sobre las ideas del proyecto en base a los criterios establecidos en la convocatoria.
  2. El grupo central puede participar en las reuniones de la mesa redonda y formular observaciones sobre el desarrollo de los proyectos.

Restricciones

GASTOS SUBVENCIONABLES Y PORCENTAJE DE FINANCIACIÓN

  1. Teniendo en cuenta el presupuesto definido en el momento de la aprobación de la convocatoria, se podrá conceder a las partes ejecutoras una contribución de hasta el 100% de los gastos subvencionables, que se abonará en función de los gastos efectivamente realizados. Los acuerdos sólo podrán prever el reembolso de los gastos efectivamente realizados y documentados.
  2. Durante la fase de codiseño, los gastos podrán volver a determinarse teniendo en cuenta la finalidad del proyecto, en relación con el alcance de la intervención provincial y otros recursos, las condiciones concretas de viabilidad y la adecuación de los gastos previstos.
  3. Todos los gastos incurridos y documentados que sean necesarios para la ejecución de las acciones y previstos por el proyecto son subvencionables. Los gastos que no estén claramente identificados (por ejemplo, gastos varios, imprevistos) y los gastos que no sean coherentes con las actividades del proyecto no son subvencionables.
  4. Los límites para tipos específicos de gastos se identifican en la convocatoria.
  5. Los costes indirectos se reconocen en la medida máxima prevista en el anuncio, limitados a la parte directamente atribuible a la actividad del proyecto financiado y sujetos a la presentación de informes documentados.
  6. La financiación provincial no puede superar en ningún caso el déficit establecido en el plan financiero del proyecto.

A quién está dirigido

Podrán participar en las iniciativas previstas por el Consejo las organizaciones del tercer sector inscritas en el Registro Nacional del Tercer Sector desde hace al menos 6 meses y cuyos estatutos incluyan, entre las actividades de su objeto social, la cooperación al desarrollo o expresiones similares como cooperación o solidaridad internacional, que operen en la Provincia de Trento.

El Consejo podrá determinar en la convocatoria otros requisitos específicos en relación con las características de cada iniciativa prevista.

La participación de un socio local es necesaria si está expresamente prevista en el anuncio.

La Provincia, a través de la estructura provincial responsable de la cooperación internacional (en adelante, la estructura provincial competente), participa como coordinadora en la puesta en marcha de las iniciativas.

Procedimiento

Consulte el ANUNCIO PÚBLICO DE PROYECCIÓN CONJUNTA que se publica periódicamente en la sección ANUNCIOS

ANUNCIO de manifestación de interés en la ZONA DE LOS BALCANES en el sector sanitario y sociosanitario

(EXPIRADO el 18 de mayo de 2025)

Requisitos

Documentación que se debe presentar

SELECCIÓN DE PARTICIPANTES E INICIO DEL PROCESO DE CODISEÑO

  1. Los interesados envían a la estructura provincial competente, en la forma y plazos previstos en el propio anuncio, manifestaciones de interés en el co-diseño, acompañadas de los formularios relativos e incluyendo la idea del proyecto.
  2. En el plazo de 15 días desde la expiración del plazo de presentación de las solicitudes, la estructura provincial competente verifica la regularidad formal de las solicitudes a efectos de elegibilidad y transmite al núcleo de evaluación al que se refiere el artículo 6 de estos criterios las ideas de proyecto formuladas por los sujetos que cumplen los requisitos formales de participación.
  3. El núcleo examina las ideas de proyecto y emite su dictamen en el plazo de 30 días a partir de su presentación por la estructura provincial competente.
  4. De conformidad con los recursos definidos en el anuncio, la estructura provincial competente prepara la determinación de la aprobación de las ideas de proyecto y de los sujetos admitidos al codiseño, e inicia los trabajos de la mesa.

MESA DE CODISEÑO

  1. Sin perjuicio de la titularidad de la Provincia sobre las opciones, en el marco de las relaciones de colaboración establecidas a través del co-diseño, la Provincia y los participantes se convierten en socios en la elaboración de los proyectos necesarios para la consecución de los objetivos previstos por el Consejo.
  2. La estructura provincial competente coordina la mesa, que se encarga de elaborar los proyectos operativos.
  3. Por invitación de la estructura provincial competente, podrán participar en la mesa redonda de co-planificación cualesquiera otras estructuras provinciales competentes en la materia y otros actores del sistema de cooperación internacional trentino, nacional e internacional.
  4. Los trabajos de la mesa redonda se concluirán en el plazo de 90 días a partir de la fecha de la primera reunión, con la firma del proyecto operativo por parte de los sujetos participantes en la mesa redonda.
  5. De acuerdo con los recursos definidos en la convocatoria, la estructura provincial competente adopta la medida de aprobación del proyecto operativo, identifica el/los sujeto/s ejecutor/es, define los gastos elegibles y el importe de la contribución, así como el esquema del convenio, conforme al art. 55 del Código del Tercer Sector, a través del cual cada parte se compromete a mantener los compromisos recíprocos.

MÉTODOS DE TRABAJO

  1. El codiseño, como proceso participativo y compartido, presupone, además de la aplicación del principio de subsidiariedad horizontal, una relación de colaboración leal dirigida a construir una relación entre los participantes, marcada por los principios de buena fe, proactividad y reciprocidad.
  2. El responsable de la estructura provincial competente, mediante acto motivado propio, excluye del codiseño a quienes no aseguren la participación mínima exigida por la convocatoria, en términos cuantitativos y cualitativos, en los trabajos de la mesa redonda.

Modelos

Tiempos y plazos

PLAZOS DE EJECUCIÓN, CONCLUSIÓN E INFORMACIÓN

  1. La fecha de inicio del proyecto es la especificada en el acuerdo.
  2. Las actividades del proyecto deben llevarse a cabo tal y como se definen en el acuerdo. Durante la ejecución, la parte ejecutora puede solicitar modificaciones del proyecto a la estructura provincial competente. La modificación debe solicitarse antes de realizarse, debe estar bien justificada, debe destacar cualquier cambio en el plan financiero, debe dejar inalterados los fines y el tipo de beneficiarios, y no puede prever ningún aumento de la subvención concedida. La estructura provincial competente evalúa la solicitud de cambios y, en un plazo de 30 días, prevé la posible autorización mediante una resolución del responsable de la estructura provincial competente.
  3. El plazo de presentación de informes se establece en el convenio y puede prorrogarse un máximo de 12 meses. Toda solicitud de prórroga del plazo de presentación de informes debe justificarse y presentarse antes de la expiración del proyecto. La autorización de la estructura provincial competente se concede por determinación del gestor.
  4. Las modificaciones sustanciales no autorizadas previamente, la no consecución o consecución parcial de los objetivos debido a irregularidades en la realización del proyecto, el incumplimiento de los plazos de finalización y/o de presentación de informes finales conllevarán la reducción total o parcial o la revocación de la subvención concedida y la recuperación de las sumas desembolsadas más los intereses simples calculados al tipo legal desde la fecha de emisión del mandato de pago de la subvención hasta la fecha de reembolso.

 

CONDICIONES DE DESEMBOLSO DE LA CONTRIBUCIÓN E INFORME FINAL

La contribución se desembolsará del siguiente modo

a) El primer anticipo (hasta un máximo del 25% de la subvención concedida para el proyecto) una vez firmado el convenio tras la presentación de la solicitud de anticipo;

b) El segundo anticipo (hasta un máximo del 35% de la subvención total concedida para el proyecto) y el tercer y último anticipo (hasta un máximo del 25% de la subvención total concedida para el proyecto) se abonan tras la presentación de los siguientes documentos

- solicitud de pago del último anticipo

- informe sobre el avance del proyecto coherente con el cronograma

- documentación fotográfica;

- declaración de gastos;

- relación de la documentación de gastos por un importe al menos igual a los anticipos recibidos;

- documentación de gastos;

c) A efectos de liquidación del saldo de la subvención concedida, la entidad ejecutora presentará a la estructura provincial competente

- solicitud de liquidación del saldo

- informe ilustrativo final

- documentación fotográfica/vídeo del proyecto finalizado

- declaración de gastos e ingresos

- lista de los gastos incurridos para la totalidad del proyecto;

- documentación de los gastos correspondientes a la última parte de los gastos realizados (la documentación de los gastos debe estar a nombre del organismo ejecutor o de los socios con los que se hayan firmado los acuerdos de asociación; debe estar pagada y presentarse en original o en copia certificada por la autoridad competente)

- declaración para los documentos presentados en copia simple que se presentarán en caso de que, por razones fiscales, los originales de los documentos de gastos deban permanecer en el país de ejecución del proyecto.

El porcentaje asignado en el momento de la concesión de la subvención se volverá a calcular en función de los gastos subvencionables finales.

2. Con respecto al CUP asignado por la estructura provincial competente, se observarán las siguientes normas

- el CUP deberá figurar siempre en los documentos justificativos del gasto (facturas y documentos de pago) emitidos tras la notificación del CUP;

- se permite la "conciliación" introduciendo manualmente el código CUP y acompañándolo de una declaración emitida por el beneficiario en los siguientes casos

(i) error al teclear el código CUP

ii) presencia del código CUP en al menos uno de los documentos justificativos del gasto (factura o recibo).

3. Para el pago de sus derechos, la parte ejecutora presentará una solicitud formal a la estructura provincial competente, utilizando los formularios adjuntos a la convocatoria.

4. En el momento de la liquidación final de las cuentas, si el importe a pagar en saldo al organismo ejecutor es inferior al importe ya desembolsado sobre la base de las solicitudes de anticipos, el organismo ejecutor reembolsará, previa solicitud de la Provincia, el importe percibido en exceso, más los intereses simples calculados al tipo legal a partir de la fecha de expedición de la orden de pago de la subvención y hasta que se efectúe el reembolso.

5. Durante la fase de presentación de informes, se aceptarán compensaciones entre las macropartidas de gasto previstas en el proyecto hasta un máximo del 20% del gasto presupuestado para cada macropartida. Las compensaciones superiores al porcentaje indicado se consideran variaciones del proyecto y, por tanto, deben solicitarse antes de su ejecución.

 

DISPOSICIONES GENERALES

1. La documentación elaborada a efectos de la subvención deberá estar redactada en italiano; si está redactada en una lengua extranjera, deberá traducirse.

2. En caso de no presentación de informes, no consecución de los objetivos del proyecto por incumplimiento grave de la parte ejecutora u otras irregularidades graves, la parte ejecutora no podrá presentar solicitud de acceso a la financiación prevista en la normativa provincial de cooperación al desarrollo durante un periodo de dos años.

3. La financiación provincial se facilitará de conformidad con la normativa sobre ayudas estatales que resulte de aplicación.

4. Es obligatorio mostrar el logotipo de la Provincia Autónoma de Trento y la frase "Realizado en colaboración con y con el apoyo de la Provincia Autónoma de Trento" en todas las estructuras y materiales producidos con la financiación del proyecto.

5. Es obligatorio poner a disposición del PAT todos los materiales de comunicación realizados con la financiación del proyecto.

Costes

Sello
GRATIS

si no está exento

Documentos

Normativa de referencia

Legge provinciale 17 marzo 1988, n. 10 e s.m. - Criteri per la realizzazione di iniziative di cooperazione internazionale allo sviluppo programmate dalla Giunta provinciale

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La Giunta provinciale sostiene particolari iniziative di rilievo istituzionale individuate annualmente

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Azioni ed interventi di solidarietà internazionale della Provincia autonoma di Trento

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Approvazione dell'avviso pubblico per la presentazione di manifestazioni di interesse a partecipare alla co-progettazione, ai sensi dell'art. 55 del d.lgs. 117/2017 (Codice del Terzo settore), per la realizzazione di iniziative di cooperazione internazionale allo sviluppo programmate dalla Giunta provinciale, previste dall'art. 2, comma 2, lettera b bis), della l.p. 10/1988 'Sostegno alla cooperazione per lo sviluppo', da attuarsi nell'area dei Balcani nel settore sanitario e sociosanitario.

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Información adicional

Última actualización: 10/06/2025 18:48

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