Descripción
En un conflicto laboral, se puede promover un intento de conciliación para definir positivamente la disputa entre un empleado y un empresario, antes de remitir el asunto al juez laboral.
Este intento de conciliación facultativo, que no tiene ningún coste para el solicitante, lo inicia el trabajador o el empresario en el Servicio de Empleo de la Provincia Autónoma de Trento.
Dado que este intento de conciliación es facultativo, requiere la aceptación de la persona contra la que se ha planteado el litigio.
Restricciones
Una vez solicitado el intento de conciliación, no es posible, en materia de sanciones disciplinarias, solicitar la constitución de la Junta de Conciliación y Arbitraje indicada en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores (Ley nº 300/1970) y viceversa.
El intento de conciliación también debe ser enviado a la otra parte.