Descripción
La emisión de la carta de porte se rige por la Circular nº 7518 de 03/03/2021 del Ministerio de Infraestructuras y Movilidad Sostenible (MIMS):
Los vehículos de motor, motocicletas y remolques que se desplacen a los pasos fronterizos para la exportación deben ir provistos de una carta de porte y una placa de matrícula temporal.