Entidades cooperativas: contribución al fomento de la cooperación - Informes

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Documentos que deben presentarse para el pago de la cotización.

A quién está dirigido

Los beneficiarios de la contribución concedida en virtud de la Ley Regional nº 15 de 28 de julio de 1988.

Procedimiento

En un plazo de seis meses a partir de la fecha fijada para la finalización de la iniciativa financiada, el beneficiario deberá presentar a la estructura competente el informe completo con los anexos.

Las modalidades de presentación de la solicitud son las siguientes

  • por correo electrónico certificado a la dirección indicada en el formulario de solicitud de subvención;
  • por correo certificado con acuse de recibo a la dirección indicada en el formulario de solicitud de subvención;
  • mediante entrega en mano en la oficina competente.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

- informe firmado por el representante legal que contenga indicaciones concretas sobre las iniciativas previstas y efectivamente realizadas, los resultados obtenidos en relación con los objetivos fijados (en la medida en que sean aplicables);

- en el caso de cursos de formación, la lista o registro de asistencia, firmada por el responsable de la organización;

- declaración detallada de los gastos realizados, de acuerdo con el formato establecido en la solicitud de subvención; para cada concepto de gasto, deberá facilitarse una descripción del producto/servicio adquirido (o realizado en el caso de personal interno) y los datos de la documentación fiscal acreditativa del gasto realizado (proveedor, número y fecha de la factura/factura de gasto/recibo fiscal/recibo de nómina e importe imponible). En la misma declaración deberán acreditarse las aportaciones públicas y privadas recibidas y otros ingresos derivados de la organización y puesta en marcha de la iniciativa;

- Declaración jurada por la que el beneficiario de la subvención certifica

  • que la iniciativa no se ha beneficiado, para la misma documentación de gastos declarada, de otras aportaciones públicas;
  • si la subvención está o no sujeta a retención fiscal;

- copia de las facturas, recibos, informes de gastos, recibos fiscales o nóminas y demás documentación acreditativa de los gastos realizados, relacionados con exactitud en el informe, así como la documentación relativa a su pago;

- documentación que acredite el apoyo financiero de la Provincia;

- solicitud de abono en cuenta bancaria.

Modelos

Tiempos y plazos

30 días

Días máximos de espera

Los 30 días corren a partir de la recepción del informe.

Puede solicitarse información sobre el estado del procedimiento a la oficina responsable (véase la sección Contacto).

La oficina, tras comprobar los estados financieros y cuantificar los gastos subvencionables, desembolsa la subvención.

Costes

GRATIS

Información adicional

Última actualización: 29/12/2025 11:03

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