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Empresario agrícola profesional - IAP

  • Activo

El servicio le permite solicitar un certificado de agricultor profesional

© Provincia autonoma di Trento -

Descripción

Se definen como PAI las personas que poseen conocimientos y competencias adecuados y que dedican al menos el 25 % de su tiempo total de trabajo a actividades agrarias (tal como se definen en elartículo 2135 del Código Civil), ya sea directamente o como socios de una empresa, y que obtienen al menos el 25 % de sus ingresos totales del trabajo de dichas actividades.

La figura del IAP fue introducida por el artículo 1 del Decreto Legislativo nº 99 de 29 de marzo de 2004 - modificado por el Decreto Legislativo nº 101 de 27 de mayo de 2005.

Las sociedades colectivas, las cooperativas y las sociedades anónimas, incluidas las de objeto consorcial, se consideran empresarios agrícolas profesionales si sus estatutos prevén el ejercicio exclusivo de las actividades agrícolas contempladas enel artículo 2135 del Código Civil y cumplen los siguientes requisitos

  • en el caso de sociedades colectivas, si al menos uno de los socios ostenta el título de empresario profesional agrario. En el caso de las sociedades comanditarias, la cualificación se refiere a los socios colectivos;
  • en el caso de sociedades anónimas o cooperativas, si al menos uno de los administradores, que también es socio en el caso de las cooperativas, posee el título de agricultor profesional. La calificación de empresario profesional agrario sólo puede ser aportada por el administrador a una sociedad.
El PAI goza de los mismos beneficios fiscales para la compra de tierras agrícolas que los cultivadores directos inscritos en el régimen de seguridad social del INPS.

Las disposiciones relativas al empresario agrícola profesional también se aplican a las personas físicas o jurídicas que, sin cumplir los requisitos establecidos en los apartados 1 y 3, hayan presentado una solicitud de reconocimiento de la cualificación ante la Región competente, que expide la certificación correspondiente, y se hayan inscrito en la dirección del INPS que corresponda.

En el plazo de 24 meses desde la fecha de presentación de la solicitud de reconocimiento, salvo que las Regiones establezcan un plazo distinto, el interesado deberá acreditar estar en posesión de los requisitos establecidos en los apartados 1 y 3 anteriores, bajo pena de pérdida de los beneficios obtenidos.

Restricciones

Los requisitos que debe cumplir el agricultor profesional

  • al menos el 25 % de su tiempo total de trabajo
  • al menos el 25 % de sus ingresos totales procedentes del trabajo (excluidas las pensiones de cualquier tipo)
  • conocimientos profesionales, que pueden demostrarse alternativamente mediante
    1. una titulación agrícola (licenciatura o diplomatura)
    2. patente de empresario agrícola profesional (BPIA), que debe obtenerse en la Fundación Edmund Mach de S. Michele a/A.
    3. entrevista de examen
    4. actividad agrícola durante al menos 3 años
    5. asistencia a un curso específico reconocido a nivel nacional para IAP (IAP) con superación del examen final

A quién está dirigido

A quienes deseen obtener el certificado de Empresario Agrícola Profesional

Procedimiento

Se puede solicitar en cualquier momento del año, no hay plazo ni fecha fija.

Es necesario

  • presentar la solicitud de certificado IAP en el portal de Srtrento, en https://srt.infotn.it/;
  • sello de ingresos: se debe estampar un sello de ingresos válido de 16,00 euros en una hoja de papel en blanco, anularlo poniendo la fecha y la firma del solicitante, escanear y adjuntar esta hoja a la solicitud de certificación
  • remitirla a la oficina competente
  • adjuntar a la solicitud la documentación requerida, en función del solicitante (persona física, empresario individual, empresa) y de si cumple los requisitos para el PAI definitivo o sólo para el PAI provisional;
  • a continuación, se envía la solicitud al Servicio de Agricultura. La oficina periférica de agricultura competente realizará la investigación preliminar, mientras que el responsable del Servicio preparará el certificado.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

  1. escaneado de la hoja en la que se estampó el timbre fiscal (el timbre fiscal debe anularse físicamente estampando la fecha y la firma encima del propio timbre) [obligatorio];
  2. certificado del INPS que acredite la inscripción en la gestión de la seguridad social agrícola [obligatorio en el caso de una persona física titular de una empresa individual que declare que cumple todos los requisitos del PAI];
  3. copia de la última declaración de la renta presentada por la persona física solicitante [obligatoria en caso de persona física solicitante que declare cumplir todos los requisitos del PAI y no esté exenta de presentar declaración de la renta];
  4. copia de la última declaración de IVA (modelo de IVA) de la empresa agraria de referencia [obligatorio en caso de solicitante persona física que declare cumplir todos los requisitos del PAI y no haya indicado que cumple el requisito 11j];
  5. copia de la documentación acreditativa de la comercialización de la última producción (por ejemplo, facturas de venta, albaranes de entrega a la cooperativa/bodega/quesería) [obligatorio en caso de no cumplir al menos un requisito del PAI];
  6. en caso de régimen de exención del IVA, copia de toda la documentación acreditativa de las compras y ventas realizadas por la empresa agraria de referencia a efectos de la determinación de la renta del trabajo agrario [obligatorio en caso de que el solicitante sea una persona física que declare cumplir todos los requisitos del PAI y haya indicado que opera en régimen de exención del IVA].
  7. en el caso de una empresa agrícola solicitante certificado PAI de la persona que cumple los requisitos (si lo expide una entidad distinta de una PAT).

ATENCIÓN:

La persona que no cumpla los requisitos (apartado 5 ter) para obtener el PAI definitivo y que, por tanto, inicialmente sólo pueda obtener el PAI provisional, transcurridos dos años desde la solicitud de reconocimiento, deberá presentar la documentación que falte, so pena de perder todos los beneficios derivados del PAI provisional.

No se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas fuera del portal SR-Trento.

Modelos

Tiempos y plazos

En el plazo de 24 meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud de reconocimiento, salvo que las regiones fijen un plazo distinto, el interesado deberá demostrar que cumple los requisitos establecidos en los apartados 1 y 3 anteriores, so pena de perder los beneficios obtenidos.

La oficina competente, una vez realizadas las comprobaciones necesarias, expedirá el certificado PAI al interesado.

Costes

timbre fiscal
16,00 Euro

Contacto

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Información adicional

Última actualización: 06/05/2026 12:17

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