Eliminación de material de riesgo - sector pesquero

  • Activo

Las solicitudes deberán presentarse a más tardar el 31 de diciembre del año anterior al año de referencia.Modalidades válidas desde las solicitudes que se presenten para el año 2024 hasta el 31 de diciembre de 2027

© Provincia autonoma di Trento -

Descripción

Estas aportaciones están destinadas a financiar los gastos derivados de la eliminación y destrucción de las truchas muertas, a través de la Federación Provincial de Criadores.

La coordinación de la Federación permitirá controlar el proceso de eliminación llevado a cabo por las piscifactorías del territorio provincial y organizarlo, reduciendo así los costes.

La actividad desarrollada por la Federación Provincial de Criadores beneficia a todos los criadores que operan en el territorio provincial y permite proteger el medio ambiente y anticiparse a los posibles problemas sanitarios de las explotaciones, cumpliendo así los objetivos de la política pesquera comunitaria.

Las ayudas se conceden mediante aportaciones a la Federación Provincial de Criadores, que organiza el servicio de recogida y eliminación, encargándose también de todos los trámites burocráticos y administrativos para todos los criadores que operan en el territorio provincial.
Las aportaciones se concederán anualmente por determinación del gerente del Servicio de Agricultura, en función de los recursos financieros disponibles en el presupuesto provincial.

Restricciones

PROHIBICIÓN DE ACUMULACIÓN

Las ayudas no podrán acumularse con otras ayudas estatales ni con otras medidas comunitarias de apoyo en relación con los mismos costes subvencionables.

Los beneficiarios finales de la ayuda deberán cumplir las normas de la Política Pesquera Común (PPC) hasta cinco años después del pago final; de lo contrario, se revocará la ayuda.
Esta ayuda no puede acumularse con otras ayudas estatales ni con otras medidas comunitarias de apoyo en relación con los mismos costes subvencionables.

A quién está dirigido

Pueden optar a las ayudas las pequeñas y medianas empresas del sector de la acuicultura que operan en Trentino: las ayudas se conceden en especie y no implican pagos directos a las empresas.

Quedan excluidas las empresas en crisis y las empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente a raíz de una decisión anterior de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Además, no podrán optar a las ayudas los operadores que hayan cometido una o varias de las infracciones o delitos contemplados enel artículo 10, del Reg. (UE) nº 508/2014.

La solicitud podrá ser presentada por la Federación Provincial de Criadores para todos los criadores que operen en el territorio provincial.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

La solicitud deberá contener, bajo pena de inadmisibilidad

- el objeto de la solicitud

- los datos de identificación del solicitante;

- Programa de actividades de recogida y eliminación de truchas muertas de piscifactorías que la Federación Provincial de Criadores realizará durante el año de referencia con previsión de la cantidad a recoger;

- copia del acta de la deliberación del órgano competente aprobando el Programa.

Modelos

Tiempos y plazos

90 días

Días máximos de espera

días después del plazo de solicitud

♦ Graduación de las subvenciones.

El importe de la aportación provincial será del 100% de los costes de recogida y del 75% de los costes de

destrucción y eliminación de los animales muertos.

Los costes de destrucción no cubiertos por la contribución provincial deberán facturarse

a las explotaciones individuales por las recogidas realizadas en su explotación.

♦ Costes subvencionables.

1. La contribución presupuestaria subvencionable se calcula dentro del límite de los

fondos disponibles en el presupuesto provincial aplicando el parámetro de 250,00 € por tonelada.

2. Los siguientes tipos de costes, ya incluidos en el cálculo de la

contribución subvencionable en el presupuesto:

(a) costes facturados por las empresas especializadas encargadas de la recogida, el transporte y la eliminación

de los cadáveres;

b) los costes de organización del servicio, efectivamente soportados por la Federación Provincial

Allevatori, hasta un límite del 10% del coste mencionado en la letra a).

♦ Procedimientos para el pago de la contribución

Para el pago de las subvencionesse deberá presentar

la documentación:

- declaración de actividad en el periodo de referencia que incluya los costes de organización imputables a la actividad de recogida y eliminación de material de riesgo, visada por la Junta de Auditores y aprobada por el Consejo de Administración;

- facturas pagadas con una distinción entre el coste del transporte y el coste de la eliminación.

eliminación;

- lista detallada de todas las recogidas y eliminaciones realizadas por empresas especializadas;

- declaración jurada por la que el Presidente de la Federación certifica que los costes de eliminación no cubiertos por la contribución provincial han sido facturados a las explotaciones ganaderas por las recogidas efectuadas en sus explotaciones;

- declaración sustitutoria de la declaración jurada realizada por el beneficiario final en la que certifica el cumplimiento de las normas de la Política Pesquera Común y que no ha cometido fraude en el sentido del artículo 10 del Reglamento (UE) 508/2014;

2. la contribución se abonará, con sujeción al presupuesto de tesorería de la provincia, del siguiente modo

- El 50% en concepto de anticipo de los gastos a realizar en virtud del artículo 13, par. Letra b) de la Ley Provincial nº 4 de 28 de marzo de 2003, tras la presentación de la solicitud

- otro 30% al inicio del segundo semestre a petición de la Federación Provincial de Criadores.

- el 20% restante se abonará tras la presentación del informe de actividades por parte de la Federación Provincial de Criadores.

3. En caso de que los gastos realizados sean superiores a los gastos subvencionables, el importe de la contribución concedida no se modificará.

Si los gastos realizados son inferiores a los gastos subvencionables, el importe de la contribución se reducirá proporcionalmente.

En caso de que el importe de la contribución determinado en el balance sea inferior al importe ya anticipado, la Federación deberá reembolsar las cantidades ya desembolsadas en exceso, incrementadas con un interés simple al tipo legal vigente, calculado desde la fecha de recepción de la orden hasta la fecha del reembolso efectivo.

♦ Plazos de inicio, finalización e información.

1. La fecha límite para la presentación de informes es el 31 de diciembre del año siguiente al de concesión de la subvención.

2. En cuanto a las ampliaciones y suspensiones de los plazos y para todo lo no detallado en este punto, se remite a la Resolución de la Diputación Provincial nº 1980 de fecha 14/09/2007 y posteriores modificaciones y ampliaciones.

3. En caso de incumplimiento del plazo indicado en el punto 1 anterior, eventualmente prorrogado, se procederá a la pérdida de la subvención de acuerdo con lo establecido en la Resolución nº 1980/2007 y posteriores modificaciones y ampliaciones.

La acción responde a los principios del programa FEAMPA y a los objetivos de las medidas aplicadas en la provincia de Trento, en particular el apoyo a las actividades tradicionales de acuicultura con el fin de preservar y desarrollar el tejido socioeconómico y el medio ambiente.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Sostegno dell'economia agricola, disciplina dell'agricoltura biologica e della contrassegnazione di prodotti geneticamente non modificati

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Regolamento (UE) 2022/2472 della Commissione, del 14 dicembre 2022, che dichiara compatibili con il mercato interno, in applicazione degli articoli 107 e 108 del trattato sul funzionamento dell’Unione europea, alcune categorie di aiuti nei settori agricolo e forestale e nelle zone rurali (Testo rilevante ai fini del SEE)

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Parziale modifica deliberazione n. 1256 di data 23.06.2006 e deliberazione n. 790 di data 20.04.2007, concernenti le direttive per la fissazione dei termini di avvio, completamento e rendicontazione degli interventi.

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relativo al Fondo europeo per gli affari marittimi e la pesca e che abroga i regolamenti (CE) n. 2328/2003, (CE) n. 861/2006, (CE) n. 1198/2006 e (CE) n. 791/2007 del Consiglio e il regolamento (UE) n. 1255/2011 del Parlamento europeo e del Consiglio

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Información adicional

Última actualización: 21/10/2025 16:52

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