Descripción
Los titulares de derechos reales sobre unidades inmobiliarias utilizadas con fines agrícolas pueden presentar una solicitud de reconocimiento de los requisitos de ruralidad, a efectos de las exenciones fiscales previstas en la normativa individual. Dicha solicitud deberá realizarse cumplimentando los formularios correspondientes, distinguiendo entre edificio residencial o edificio instrumental. Esto se aplica a las unidades inmobiliarias ya correctamente inscritas en el Catasto Fabbricati.
Si la unidad requiere actualización, la solicitud se adjuntará al expediente de variación Docfa.
En el caso de una unidad inmobiliaria registrada en la categoría D, distinta de la D/10 (edificios para funciones productivas relacionadas con actividades agrícolas), es necesario presentar la variación Docfa acompañada de autodeclaraciones para la atribución de la categoría D/10.
En caso de pérdida de los requisitos, el solicitante está obligado a presentar la solicitud de anulación de la anotación o la nueva declaración Docfa, para las categorías D/10, en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que se produjo el hecho.
La Oficina, tras efectuar las oportunas comprobaciones sobre la existencia de los requisitos, introducirá una anotación en las escrituras, también a través de intercambios de información y datos, conservadas por otras administraciones y, en caso de resultado negativo, notificará la correspondiente acta de actualización a todos los sujetos interesados.
Restricciones
En caso de no cancelación en el plazo de 30 días desde la pérdida de los requisitos, se aplicarán las penalizaciones previstas en el artículo 31 del Real Decreto-Ley nº 652, de 13 de abril de 1939, modificado por el artículo 2 c. 12 del Decreto Legislativo nº 23, de 14 de marzo de 2011; el importe de las penalizaciones varía entre un mínimo de 1032,00 euros y un máximo de 8064,00 euros.