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Disciplina de la reproducción animal

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L.p. 28 diciembre 1984, n.16 Autorización para practicar la inseminación artificial c/propietario y c/tercero - autorización para gestionar estación de monta pública taurina/equina - toros/calificación de estación de monta - solicitud de toros e informe de presencia de toros.

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Descripción

La Ley Provincial nº 16, de 28 de diciembre de 1984, regula la reproducción animal con el fin de fomentar la mejora y el desarrollo de la ganadería en la Provincia Autónoma de Trento.

He aquí algunos aspectos clave de la ley:

Fertilización artificial:

En la provincia de Trento, la inseminación artificial en équidos sólo puede ser realizada por veterinarios.

Puede ser realizada por veterinarios u operadores prácticos autorizados por la región e inscritos en listas específicas.
Los operadores prácticos deben haber superado un curso de aptitud, mientras que los veterinarios deben estar inscritos en el registro profesional.

Todas las operaciones de fertilización deben inscribirse en un registro especial.

Para el semen bovino, el boletín puede obtenerse en la Federación Provincial de Criadores;

Para el semen equino, los veterinarios lo solicitan al Servicio Agrícola.

Estaciones de monta taurinas

Estación de monta privada: se trata de un establo con un toro autorizado, utilizado únicamente para las vacas de la misma explotación.

No requiere autorización, pero el responsable debe informar de la presencia del toro al Servicio Agrícola, asegurarse de que el toro tiene licencia y certificar las montas en un registro.

El toro debe estar inscrito en el libro genealógico y disponer de una licencia de monta natural expedida por el Servicio Agrícola.

Ganadería pública:

Un establo autorizado con un toro autorizado, que también se utiliza para las vacas de otros ganaderos. Sigue las mismas normas que la ganadería caballar.

Elboletín de cría de toros se solicita al Servicio Agrícola y consta de tres ejemplares. Sirve para la inscripción del ternero en el libro genealógico.

Estaciones de cría caballar:

Los criadores que pretendan utilizar sementales de pura raza deben solicitar la autorización para gestionar la estación de cría caballar y comprobar que el semental también tiene licencia en la provincia de Trento. Las monturas deben estar inscritas en el libro genealógico.

Las carreras privadas naturales de équidos se rigen por las mismas normas que las carreras públicas, por lo que requieren laautorización del Servicio de Agricultura y la certificación de idoneidad por parte del veterinario local.

El semental debe estar en posesión de lalicencia demonta natural expedida por el Servizio Agricoltura (que verifica la inscripción en el libro genealógico y los requisitos sanitarios). Esta licencia provincial debe ser solicitada por el propietario y renovada cada cinco años.

Al principio de cada año, el responsable de la yeguada debe enviar al Servizio Agricoltura una comunicación sobre la utilización de los sementales, adjuntando el certificado veterinario y las facturas del año anterior.

El boletín (certificado de intervención de fertilidad) tiene tres ejemplares y sirve para inscribir al potro en el libro genealógico.

A quién está dirigido

Autorización de Inseminación Artificial en Animales (para uno mismo o para terceros)

¿Quién puede solicitarla?

Losveterinarios u operadores prácticos que hayan asistido a un curso específico, superado los exámenes y obtenido un certificado de aptitud.

En la provincia de Trento, la inseminación artificial en équidos sólo puede ser realizada por veterinarios.

Estaciones de monta públicas taurinas

¿Quién puede presentar una solicitud?

Debe presentarla el responsable de la estaciónque utilice un toro autorizado.

Estación de monta privada Taurina (Informe de presencia de toros)

No se requiere autorización.
Es necesario informar de la presencia del toro en el establo y solicitar el libro genealógico natural.
La autorización debe ser solicitada por el propietario del toro o del semental mediante el formulario correspondiente.

Estaciones públicas de monta equina
La solicitud de autorización debe ser presentada por elganadero de caballos que desee utilizar reproductores machos de pura raza.
Se utiliza el mismo formulario de solicitud que para las ganaderías públicas taurinas.

La autorización para los criaderos públicos tiene una validez de 5 años y debe renovarse.

Solicitud de montas naturales (Toros/Sementales)

Debe solicitarla el responsable de la yeguada (privada o pública), utilizando el formulario correspondiente.

Procedimiento

Una vez cumplimentados y firmados, los formularios deberán enviarse por correo, adjuntando una copia de un documento de identidad, a la siguiente dirección: serv.agricoltura@pec.provincia.tn.it

Tiempos y plazos

La licencia para los reproductores bovinos no caduca, mientras que la de los reproductores equinos dura cinco años y debe renovarse.

Si el propietario del semental no es titular de un centro de cubrición, debe comunicar qué centro pretende utilizar.

La duración máxima del procedimiento es de 90 días

Documentos

Normativa de referencia

Approvazione del nuovo regolamento di esecuzione della legge 15 gennaio 1991, n. 30, concernente disciplina della riproduzione animale.

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Disciplina della riproduzione animale in attuazione dell'articolo 15 della legge 28 luglio 2016, n. 154.

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Disciplina della riproduzione animale e modifiche di leggi provinciali in materia di agricoltura

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Testo unico delle disposizioni di cui alla legge provinciale 28 dicembre 1984, n. 16, e successive modificazioni ed integrazioni. Art. 41, III comma, della legge provinciale 20 novembre 1987, n. 27

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Documentos de apoyo

modulistica da compilare a allegare alle domande

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Información adicional

Última actualización: 22/10/2025 12:21

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