Descripción
Se trata de una contribución concedida a los comités, delegaciones o secciones provinciales de las federaciones deportivas, disciplinas deportivas asociadas y entidades de promoción deportiva reconocidas por el CONI o el CIP y que operan a nivel provincial en el sector de la actividad amateur, relativa a los gastos realizados por sus asociaciones y clubes deportivos afiliados para el seguro obligatorio y complementario de accidentes de los deportistas menores de 25 años (sin límite, si son discapacitados), técnicos y dirigentes deportivos.
La contribución se concede hasta el 100% de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro del límite de los recursos disponibles.
Si los recursos disponibles son inferiores a la suma de las contribuciones subvencionables, éstas se reducen en un porcentaje igual para todos los beneficiarios.
La aportación está prevista en el artículo 37, apartado 2 de la Ley Foral 21 de abril de 2016, nº 4 "Ley Foral del Deporte 2016".
Restricciones
La solicitud de subvención y el pago de la contribución deberán presentarse entre el 1 y el 30 de junio de cada año y referirse a la temporada deportiva finalizada. Se considera finalizada la temporada deportiva que concluye el 30 de junio del año en que se presenta la solicitud.
La temporada deportiva es la establecida por la normativa aprobada por cada federación deportiva / organismo de promoción deportiva / disciplina deportiva asociada de referencia y puede coincidir con el año natural así como abarcar dos años.
Para el seguro complementario se permite un gasto máximo de 30 euros por cada entrenador y directivo y por cada deportista menor de 25 años. Si se trata de un atleta discapacitado, no hay límite de edad.