Descripción
Se trata de una contribución concedida a los comités, delegaciones o secciones provinciales de las federaciones deportivas, disciplinas deportivas asociadas y entidades de promoción deportiva reconocidas por el CONI o el CIP y que operan a nivel provincial en el sector de la actividad amateur, relativa a los gastos realizados por sus asociaciones y clubes deportivos afiliados para el seguro obligatorio y complementario de accidentes de los deportistas menores de 25 años (sin límite, si son discapacitados), técnicos y dirigentes deportivos.
La contribución se concede hasta el 100% de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro del límite de los recursos disponibles.
Si los recursos disponibles son inferiores a la suma de las contribuciones subvencionables, éstas se reducen en un porcentaje igual para todos los beneficiarios.
La aportación está prevista en el artículo 37, apartado 2 de la Ley Foral 21 de abril de 2016, nº 4 "Ley Foral del Deporte 2016".
Restricciones
La temporada deportiva es la establecida por la normativa aprobada por cada federación deportiva / organismo de promoción deportiva / disciplina deportiva asociada de referencia y puede coincidir con el año natural así como abarcar dos años.
Para el seguro complementario se permite un gasto máximo de 30 euros por cada entrenador y directivo y por cada deportista menor de 25 años. Si se trata de un atleta con discapacidad, no hay límite de edad.