Convocatoria PNRR - modernización de la maquinaria agrícola

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Los plazos de presentación de solicitudes están cerrados

PNRR - M2C1-Inversión 2.3 - Innovación y Mecanización en el sector agrario y alimentarioLos plazos de presentación de solicitudes de ayuda PNRR - M2C1-Inversión 2.3: Submedida "Modernización de la maquinaria agrícola que permita la introducción de técnicas de agricultura de precisión "Reapertura del plazo de presentación de solicitudes del 20 de mayo de 2024 al 31 de mayo de 2024.

Descripción

Innovación y mecanización en el sector agrícola y alimentario.

Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia (PNR) - Misión 2 Componente 1, Inversión 2.3 Innovación y mecanización en el sector agrícola y alimentario - submedida "Modernización de la maquinaria agrícola que permita la introducción de técnicas de agricultura de precisión" financiada por la Unión Europea - NextGenerationEU

La convocatoria desarrolla lo dispuesto en el Decreto Ministerial MASAF nº 413219/2023 y tiene por objeto la selección y posterior financiación de propuestas de proyectos presentadas por empresas agrícolas y agro-mecánicas para modernizar su maquinaria agrícola, introducir tecnologías de agricultura de precisión e innovar en los sistemas de riego y gestión del agua.

La dotación financiera de la convocatoria de 5.081.576,29 euros tras la asignación de recursos adicionales de 13.603.236,37 euros por parte de Masaf se incrementa hasta los 18.684.812,66 euros.

Esta convocatoria, a través de las intervenciones elegibles, proporciona una contribución (tagging) al digital igual al 50% de los recursos financieros disponibles para la submedida. Las etiquetas de la submedida se ajustan a los anexos VI y VII del Reglamento (UE) nº 241/2021. En referencia al etiquetado, los ámbitos de actuación de la submedida "modernización de la maquinaria agrícola que permita la introducción de técnicas de agricultura de precisión" son

- el 084 (Digitalización del transporte: otros modos de transporte) con una contribución del 50% de los recursos disponibles;

- Z023 (Procesos de investigación e innovación, transferencia de tecnología y cooperación entre empresas centrados en la economía circular).

Además de esta etiqueta, podrán asociarse otras etiquetas climáticas enumeradas en el anexo VI del Reglamento (UE) nº 241/2021.

De conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 241/2021, se requiere la ausencia de "doble financiación" en cumplimiento de las condiciones establecidas en la Circular RGS nº 33/2021, a la que debe hacerse referencia para más detalles.

Cualquier acumulación de ayudas, con otras ayudas estatales o cualquier otra medida de apoyo financiada con recursos públicos, se rige de conformidad con la legislación europea aplicable y la circular antes mencionada.

La presente comunicación se aplica a las medidas aplicadas íntegramente en la Provincia Autónoma de Trento.

Iniciativas y costes subvencionables

1. Son subvencionables las máquinas y equipos que cumplan los siguientes requisitos

(a) maquinaria y equipos para la agricultura de precisión

a1. Maquinaria, tractores y equipos operativos y dispositivos y máquinas de apoyo como, por ejemplo, sistemas de sensores de campo, estaciones meteorológicas y APR (drones), herramientas y dispositivos de carga y descarga, manipulación, pesaje y clasificación automática de piezas, dispositivos automatizados de elevación y manipulación, vehículos de guiado automático (AGV) y sistemas flexibles de transporte y manipulación, y/o equipados con reconocimiento de piezas, que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos

  1. presencia o compatibilidad con un sistema ISOBUS o equivalente con funcionalidad de controlador de tareas
  2. presencia de un sistema de interconexión ligera capaz de transmitir datos de salida, funcional, por ejemplo, para cumplir los requisitos adicionales de mantenimiento a distancia y/o diagnóstico a distancia y/o control a distancia y supervisión continua de las condiciones de trabajo y los parámetros del proceso
  3. presencia de un sistema de guiado automático o semiautomático
  4. presencia de un sistema de telemantenimiento y/o telediagnóstico y/o telecontrol
  5. presencia de soluciones propias de control de velocidad variable, control de secciones o estrategias de conducción paralela.

a2. Maquinaria y equipos de precisión para reducir el uso de productos fitosanitarios y optimizar el uso de fertilizantes, para mejorar la sostenibilidad de los procesos de producción y proteger el medio ambiente.

Esto incluye maquinaria/equipos para tratamientos de punto fijo (P.S.S.), utilizados para tratamientos por encima de la cabeza, incluyendo tratamientos de doble propósito + protección contra heladas.

a3. Máquinas y equipos dedicados al sector ganadero caracterizados por un alto nivel de tecnología y automatización, tales como: máquinas cuyo funcionamiento está controlado por sistemas informatizados o gestionados mediante sensores y accionamientos adecuados (por ejemplo, automatización y digitalización de la alimentación animal); máquinas herramienta y sistemas para la elaboración de productos mediante la transformación de materiales y materias primas; sistemas de supervisión durante el proceso para garantizar y rastrear la calidad del producto o del proceso de producción y que permiten calificar los procesos de producción de forma documentable y conectarlos al sistema de información de la fábrica.

Para estas máquinas/equipos, debe cumplirse al menos uno de los siguientes requisitos

1) presencia de un sistema de interconexión ligera capaz de transmitir datos de salida, funcional, a modo de ejemplo, para cumplir los requisitos adicionales de mantenimiento a distancia y/o diagnóstico a distancia y/o control a distancia y supervisión continua de las condiciones de trabajo y los parámetros del proceso;

2) presencia de un sistema de control continuo de las condiciones de trabajo y de los parámetros del proceso mediante conjuntos de sensores adecuados.

Si las máquinas enumeradas en el punto a) están equipadas con un motor, éste debe ser eléctrico o de biometano. Téngase en cuenta que el punto a) no se aplica a los vehículos todoterreno.

b) Sustitución de vehículos todoterreno para la agricultura y la ganadería

Vehículos incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 167/2013 (Requisitos para la homologación de tipo y la vigilancia del mercado de los vehículos agrícolas y forestales) que cumplan los dos requisitos siguientes

1) estén equipados con un motor eléctrico o de biometano. En este caso, los productores de biocarburantes gaseosos y biometano deberán aportar certificados (pruebas de sostenibilidad) emitidos por evaluadores independientes, tal y como establece la Directiva RED II (Directiva (UE) 2018/2001); los operadores deberán adquirir certificados de garantía de origen acordes con el uso previsto;

2) estén destinados a actividades agrícolas o ganaderas. La adquisición de los vehículos mencionados sólo se autoriza en caso de sustitución de vehículos más contaminantes, con el fin de cumplir el principio de "no causar daños significativos". Por lo tanto, en la solicitud de ayuda deberá identificarse inequívocamente el vehículo sustituido y el desguace de este último deberá documentarse en el informe final.

c) Apoyo a la inversión en innovación en sistemas de riego y gestión del agua

Sistemas inteligentes de gestión del riego mediante teledetección (por ejemplo, datos del satélite Sentinel 2) y/o teledetección próxima (por ejemplodatos procedentes de drones, sensores o estaciones terrestres) para la medición de variables meteorológicas, humedad y características del suelo y de los cultivos y el uso de sistemas de apoyo a la toma de decisiones (DSS) para la estimación de las necesidades de riego de los cultivos y la gestión del riego de precisión, permitiendo las mejores estrategias para optimizar los rendimientos y minimizar el uso de los recursos hídricos, también vinculados a sistemas de información en tiempo real en teléfonos inteligentes o la gestión automatizada de los sistemas de riego (por ejemplo, tecnologías de riego por aspersión de caudal variable). En este contexto, los activos subvencionables destinados a la implantación de tecnologías inteligentes para el riego y la gestión del agua en las explotaciones agrarias podrán consistir en

- activos materiales, para los que se hace referencia al Anexo A de la Ley 232 de 2016 (Activos funcionales a la transformación tecnológica y digital de las empresas según el modelo "Industria 4.0");

- activos intangibles, para los que se hace referencia al Anexo B de la Ley nº 232 de 2016 (Activos intangibles tales como (software, sistemas e integración de sistemas, plataformas y aplicaciones) relacionados con las inversiones en activos tangibles de la "Industria 4.0").

Requisitos de elegibilidad de las intervenciones

A efectos de elegibilidad, las intervenciones:

(a) se realicen íntegramente en la provincia de Trento;

(b) las operaciones se inician (fecha del pedido, confirmación de compra, documento de transporte (DDT), factura de acompañamiento o factura relativa a eventuales anticipos o pagos a cuenta) después de la presentación de la solicitud de ayuda de conformidad con la sección 3.4 de las Directrices de la UE

(c) no provoquen un deterioro del medio ambiente y de los recursos naturales

(d) cumplan las normas nacionales y de la UE de protección del medio ambiente;

e) garanticen el cumplimiento de la DNSH, a que se refiere el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 y las fichas a que se refiere la Circular RGS nº 32/2021, en la medida en que sean aplicables a las inversiones financiadas al amparo de la presente convocatoria. En anexo A se indican los métodos de verificación y la documentación que debe adquirir el beneficiario.

Tipo y porcentajes de ayuda

La ayuda se concede en forma de aportación de capital.

La intensidad de la ayuda es del 65% de los gastos subvencionables, porcentaje que se eleva al80% en el caso de las empresas dirigidas por jóvenes agricultores.

La ayuda se calcula aplicando la intensidad correspondiente a los gastos considerados subvencionables tras la realización de la investigación preliminar y los controles a que se refiere el artículo 15.

Las subvenciones se conceden con fondos de la NextGenerationEU que serán sufragados íntegramente por la Unión Europea.

Importes mínimos y máximos de gastos y niveles de ayuda

Se establecen los siguientes importes máximos de gasto subvencionable por solicitud de ayuda

  • 35.000,00euros para las inversiones contempladas en las letras a) y c) del apartado 1 del artículo 8;
  • euros 70.000,00 para la letra b) del mismo apartado;

Asimismo, debe tenerse en cuenta que, para los tipos a) y c), no se admitirán las solicitudes que presenten gastos superiores a 70.000,00 euros.

Para conocer los gastos no admisibles, consulteartículo 10 de la Resolución nº 2396/2023.

Criterios de selección de las solicitudes

La lista de clasificación para el acceso a las subvenciones de las solicitudes presentadas se elabora sobre la base de la puntuación de los méritos , para la que se remite al artículo 13 de la Resolución nº 2396/2023.

La puntuación se basa en la inversión predominante.

Restricciones

Se imponen al beneficiario los siguientes compromisos

a)concluir la operación admitida a financiación en el plazo indicado en la medida de concesión (en cualquier caso no más tarde del 31/12/2025);

b) mantener para todas las transacciones relativas a la operación un sistema contable separado (o una codificación contable adecuada) e informatizado, de forma que se garantice la trazabilidad del uso de los recursos del PNRR, sin perjuicio de las normas contables nacionales. Esta obligación se cumple mediante

  • la colocación del Código Único del Proyecto (CUP) y la indicación de la mención "Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU" en las facturas y transferencias;
  • utilizar para todas las operaciones activas y pasivas relacionadas con las intervenciones subvencionadas una cuenta corriente dedicada, aunque no sea exclusivamente, a las iniciativas financiadas y a nombre del beneficiario.

c) enviar al Servicio Agrícola de la Provincia Autónoma de Trento, debidamente cumplimentada y firmada, la Escritura de Obligación a que se refiere el artículo 19 en el plazo establecido

(d) transmitir en los plazos establecidos, también mediante herramientas informáticas, la información necesaria para el sistema de seguimiento y evaluación del desarrollo del programa

e)garantizar el cumplimiento de la prohibición de doble financiación y acumulabilidad, tal y como se especifica en la Circular MEF RGS. nº 33/2021

f)Mantener los requisitos de elegibilidad del beneficiario y de la intervención hasta el pago final de la ayuda;

g)realizar la intervención de acuerdo con lo establecido en la solicitud de apoyo, sin perjuicio de las variantes que puedan existir

(h) garantizar que las acciones de información y comunicación se lleven a cabo de conformidad con el artículo 34, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241. En particular, todas las acciones de información y publicidad que se lleven a cabo deberán ser coherentes con las condiciones de uso de los logotipos y otros materiales gráficos definidos por el Ministerio y la Comisión Europea (emblema de la UE) para acompañar la ejecución del PNRR, incluida la referencia a la financiación por la Unión Europea y a la iniciativa Next Generation EU utilizando la frase "financed by the European Union - Next Generation EU" . Esta mención deberá figurar en todos los documentos administrativos/contables (facturas, transferencias, etc.);

i) Garantizar, en la medida en que sea aplicable, el cumplimiento de los principios de igualdad de oportunidades (entendida como igualdad de género, protección y promoción de los jóvenes y garantía del derecho al trabajo de las personas con discapacidad, de conformidad con el artículo 47 del Decreto Legislativo 77/2021 y la Circular DPCM 30/12/2021), no discriminación, transparencia y proporcionalidad, si son aplicables a la operación financiada.

j) garantizar el cumplimiento del principio "Do No Significant Harm -DNSH", es decir, no haber causado daños significativos al medio ambiente;

k)de conformidad con el Decreto Ministerial de 8 de agosto de 2023, no enajenar, transferir o desviar del uso los activos financiados durante al menos los 5 años siguientes a la fecha de pago del saldo de la inversión

l)no proceder, durante el mismo período, al cese o al traslado de la actividad productiva subvencionada fuera del territorio de la Provincia de Trento o al cambio de titularidad de los bienes financiados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 26 en caso de fuerza mayor

(m)conservar durante el mismo período y poner a disposición en caso de control toda la documentación relativa a la intervención financiada

n)permitir y facilitar, en cualquier fase del procedimiento, la realización de todos los controles, inspecciones y seguimientos ordenados por la Provincia, facilitando también las verificaciones del Ministerio, de la Unidad de Auditoría, de la Comisión Europea y de otros organismos autorizados

o)garantizar el cumplimiento de todas las disposiciones previstas por la legislación comunitaria y nacional, con especial referencia a las disposiciones del Reg. (UE) 2021/241 que rigen el dispositivo de recuperación y resiliencia y el Decreto-Ley nº 77 de 31.05.2021, modificado por la Ley nº 108 de 29 de julio de 2021, y el cumplimiento de las disposiciones de las Circulares MEF/RGS disponibles en el sitio web del Ministerio, sección PNRR

p) garantizar la adecuada conservación de la documentación del proyecto, con el fin de garantizar la trazabilidad completa de las transacciones. En particular, en cumplimiento también de lo dispuesto en el artículo 9, apartado 4, del Decreto-Ley nº 77, de 31 de mayo de 2021, convertido en la Ley nº 108, de 29 de julio de 2021. 108, el beneficiario deberá cumplir las correspondientes obligaciones de conservación de la documentación del proyecto, que, en las distintas fases de control y verificación previstas por el sistema de gestión y control del PNSR, deberá estar fácilmente disponible, a petición del Servicio de Agricultura de la Provincia Autónoma de Trento, la la Unidad de Auditoría, la Comisión Europea, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo (TCE), la Fiscalía Europea (OEPP) y las autoridades judiciales nacionales competentes cuando sean competentes, autorizando a la Comisión, a la OLAF, al Tribunal de Cuentas y a la OEPP a ejercer los derechos que les confiere el artículo 129, apartado 1, del Reglamento Financiero (UE); EURATOM) 2018/1046;

(q)ejecutar plenamente las acciones e iniciar las actividades del proyecto a su debido tiempo, a fin de no incurrir en retrasos en la ejecución, y concluir las iniciativas facilitadas en la forma, modo y plazo previstos, así como presentar a la Administración cualquier modificación de las iniciativas facilitadas

r)contribuir a la consecución de los hitos y objetivos asociados a la submedida;

s)llevar a cabo los controles de gestión y administrativo-contables exigidos por la legislación nacional aplicable para garantizar la regularidad de los procedimientos y los gastos incurridos, así como la trazabilidad de los gastos a la propuesta de proyecto elegible para las facilidades del PNRR.

A quién está dirigido

Las empresas agromecánicas y las microempresas, pequeñas y medianas empresas agrícolas y sus cooperativas y asociaciones, tal como se definen en el anexo I del Reglamento (UE) nº 2022/2472.

Quedan excluidas las grandes empresas o, en general, las empresas que no cumplan los criterios del Anexo I del Reglamento (UE) nº 2472/2022.

Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y de la solicitud de pago

a) estar inscrito en el CCIAA competente y disponer de un número de IVA;

b) disponer de Ficha de Explotación confirmada y actualizada de conformidad con el artículo 43 del Decreto-Ley nº 76 de 2020. En el caso de las empresas agromecánicas, basta con un fichero maestro;

c) para las microempresas, pequeñas y medianas empresas agrícolas y sus cooperativas y asociaciones, no ser empresas en dificultad, conforme definido en el artículo 2, inciso (59), del Reglamento (UE) 2022/2472

d) estar en la condición de "ausencia de delitos graves contra el Estado y la Unión Europea" de conformidad con el Código de Contratos - Decreto Legislativo nº 36, de 31 de marzo de 2023

e) en el caso de las inversiones a que se refiere el artículo 7, apartado 4, letra b), comprometerse a sustituir otro vehículo propiedad del mismo beneficiario

f) no estar sujeto a órdenes de recuperación pendientes tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

La solicitud podrá ser presentada por el titular de la explotación o por el representante legal en el caso de una empresa, (sólo podrá utilizarse un consultor para introducir la solicitud en SRTrento).

Procedimiento

Las solicitudes deberán presentarse mediante los procedimientos informatizados del portal https://srt.infotn.it, antes de la fecha límite del 15 de marzo de 2024 y del 20 de mayo al 31 de mayo de 2024.

Para presentar una candidatura, deberá

- disponer de una firma digital;

- quien introduzca la solicitud (el solicitante o el consultor designado) deberá estar acreditado en el portal, tal y como se especifica en esta página web

La solicitud debe estar firmada digitalmente por la persona habilitada para firmar el documento, de lo contrario será inadmitida.

Para cualquier ayuda en el acceso y habilitación del portal, por favor contacte con helpdesk.srtrento@provincia.tn.it.

Sólo podrá presentarse una solicitud de ayuda. Cualquier solicitud de ayuda posterior a la primera no se considerará admisible, previa retirada de la solicitud anterior.

Constituirán causas de inadmisión de la solicitud

  1. El incumplimiento del plazo de presentación de la solicitud;
  2. En el caso de que la solicitud carezca de la documentación requerida o se presente fuera de plazo o no esté firmada digitalmente por el solicitante, se notificará al solicitante que la solicitud es inadmisible y no admitida.
  3. la presentación de solicitudes utilizando métodos distintos de los descritos anteriormente;
  4. las solicitudes firmadas por una persona que no sea el representante legal o una persona expresamente delegada.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Para conocer el contenido de la solicitud, consulte el apartado 6 del artículo 14 de la convocatoria de candidaturas

Al formulario de solicitud debidamente cumplimentado deberán adjuntarse los siguientes documentos

a) tres presupuestos de costes firmados por el proveedor, detallados, comparables y competitivos con respecto a los precios de mercado (no precios de lista), emitidos por 3 proveedores diferentes, independientes y competidores;
(b) en caso de que el solicitante no elija la oferta de menor precio, un breve informe técnico-económico elaborado por un técnico cualificado en el que se expliquen los motivos de la elección de la oferta considerada válida. En su defecto, se tendrá en cuenta el coste del presupuesto más bajo;
c) en el caso de adquisiciones de bienes muy especializados y en el caso de inversiones para completar suministros preexistentes, para los que no sea posible encontrar o utilizar más de un proveedor, un presupuesto detallado al que deberá adjuntarse un informe técnico-económico de un técnico cualificado en el que se ponga de manifiesto la imposibilidad de identificar otras empresas competidoras capaces de suministrar los bienes a financiar, independientemente del valor de los bienes o suministros a adquirir
d) formulario del Anexo A, acreditativo del cumplimiento del principio de "no causación de daños significativos" (DNSH), cumplimentado únicamente en el apartado "ex ante", firmado por el solicitante y por un técnico cualificado, así como la documentación indicada en el mismo apartado asociada a los correspondientes tipos de intervención
e) política de privacidad establecida en el Anexo B (incorporada a la solicitud);
f) declaración jurada sustitutiva del Anexo D, de conformidad con el artículo 48 del Decreto Presidencial 445/2000, que certifique el cumplimiento de los principios, obligaciones y condicionalidad previstos para las intervenciones del PNRR.

  • identificación del "beneficiario efectivo", conforme a la Circular MEF RGS. nº 27 de 15.09.2023 y el Anexo Temático correspondiente sobre "Reconocimiento de la titularidad efectiva
  • ausencia de doble financiación y conflicto de intereses
  • "ausencia de daños significativos al medio ambiente" (DNSH) y objetivos medioambientales de la UE;
  • que la ejecución del proyecto prevé el cumplimiento de la legislación europea y nacional aplicable, con especial referencia a los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, proporcionalidad y publicidad.

Modelos

Tiempos y plazos

periodo di presentazione delle domande dal 2/1/2024 al 15/3/2024 e dal 20/5/2024 al 31/5/2024

Fecha de inicio de la validez: 02/01/2024

120 días

Días máximos de espera

a partir del 3 de junio de 2024 (día hábil siguiente a la fecha límite de presentación de solicitudes)

Cronoprograma

1. En el plazo de 10 días a partir de la fecha de presentación de la solicitud, el Servicio Agrícola de la Provincia Autónoma de Trento comunicará al solicitante el Código Único de Proyecto (CUP), que deberá figurar en las facturas y documentos de gasto.

El CUP deberá estar siempre presente en los documentos justificativos del gasto (facturas y documentos de pago) emitidos después de la comunicación del CUP.

Los gastos soportados por documentos (facturas y/o pagos) sin código CUP no serán subvencionables.

2. El procedimiento para la concesión o denegación de la subvención es el siguiente:

(a)Hasta el 15 de marzo de 2024 y del 20 de mayo al 31 de mayo de 2024 - Plazo de adquisición de solicitudes de ayuda;

b) Antes del 30 de septiembre de 2024 - Selección de las solicitudes admisibles y formación de la lista de clasificación (lista de proyectos admisibles) y comunicación a los beneficiarios indicando las condiciones de financiación y ejecución de la iniciativa. La lista de clasificación se publicará en el sitio web de la Provincia Autónoma de Trento.

c) Antes del 7 de octubre de 2024 - Transmisión al MASAF, por parte de las Regiones y Provincias Autónomas, del resultado de la selección de las solicitudes y de la formación de la lista de clasificación con la indicación de los importes que excedan de los necesarios para pagar a todos los beneficiarios admisibles, a efectos de la posterior reasignación de recursos por parte del Ministerio.

d) Los procedimientos de concesión o denegación de las ayudas deberán concluir en el plazo de 120 días a contar desde el día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

e) Antes del 31 de diciembre de 2025 - Finalización de las inversiones y presentación de la solicitud de pago del saldo por parte de los beneficiarios;

f) Antes del 30 de junio de 2026 - Desembolso de la subvención para todos los beneficiarios.

En el caso de las solicitudes incluidas en la lista prioritaria, pero que no sean subvencionables por falta de recursos, teniendo en cuenta también las posibles reasignaciones de conformidad con la letra d) del apartado 2, se adopta una medida de no aceptación de conformidad con la Ley Foral 23/92, que se comunicará al solicitante.

Evaluación de las solicitudes de ayuda

En cuanto a los procedimientos de evaluación de las solicitudes, remítase a lo dispuesto en el artículo 16 de la Resolución nº 2396/2023.

Con carácter previo a la admisión del proyecto a financiación, la Provincia realizará una comprobación formal del 100% de los datos aportados y de las declaraciones efectuadas por los participantes en la convocatoria a los efectos de verificar el titular real, prevenir y combatir los conflictos de intereses y la inexistencia de doble financiación.

Con la notificación de la resolución de concesión de la subvención, se remite el modelo deescritura de obligación que figura enel Anexo C, que la empresa beneficiaria devolverá a la Provincia Autónoma de Trento, debidamente cumplimentado y firmado en la forma exigida por la normativa vigente.

Este documento servirá como aceptación de la financiación por parte de la empresa beneficiaria y, con ella, su asunción de las obligaciones asociadas a la ejecución de las medidas del PNR.

Los plazos para informar sobre las iniciativas se fijan en el 31 de diciembre de 2025. La no presentación de la solicitud de remanente en plazo supondrá la retirada de la medida de concesión de la ayuda.

Variantes

No se permiten variantes de las iniciativas financiadas.

Solicitudes de pago

Las solicitudes de pago deben presentarse en línea a través del portal https://srt.infotn.it , y estar firmadas digitalmente por el beneficiario.

Para el contenido de la solicitud y la documentación que debe adjuntarse a la misma, remítase a lo dispuesto en el artículo 19 de la Resolución de Criterios nº 2396/2023, en su versión modificada.

Los resultados de las comprobaciones de la liquidación se recogen en una lista de comprobación firmada por el funcionario responsable en base a la cual se abona la subvención.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

PNRR - Missione 2 componente 1, Investimento 2.3 Innovazione e meccanizzazione nel settore agricolo e alimentare - sottomisura 'ammodernamento dei macchinari agricoli che permettano l'introduzione di tecniche di agricoltura di precisione' finanziato dall'Unione europea - NextGenerationEU - Approvazione del bando di presentazione delle domande e per le modalità attuative.

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Proroga del termine per la presentazione delle domande di contributo, di cui alla deliberazione della Giunta provinciale n. 2396 del 21 dicembre 2023, relativa al bando PNRR - Missione 2 componente 1, Investimento 2.3 - Innovazione e meccanizzazione nel settore agricolo e alimentare - sottomisura 'ammodernamento dei macchinari agricoli che permettano l'introduzione di tecniche di agricoltura di precisione' finanziato dall'Unione europea - NextGenerationEU.

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Modifica della deliberazione n. 2396 di data 21 dicembre 2023 e s.m., avente per oggetto 'PNRR - Missione 2 componente 1, Investimento 2.3 Innovazione e meccanizzazione nel settore agricolo e alimentare - sottomisura 'ammodernamento dei macchinari agricoli che permettano l'introduzione di tecniche di agricoltura di precisione' finanziato dall'Unione europea - NextGenerationEU - Approvazione del bando di presentazione delle domande e per le modalità attuative.'

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PNRR - Missione 2 componente 1, Investimento 2.3 Innovazione e meccanizzazione nel settore agricolo e alimentare - sottomisura 'ammodernamento dei macchinari agricoli che permettano l'introduzione di tecniche di agricoltura di precisione' finanziato dall'Unione europea - NextGenerationEU - Approvazione della graduatoria di merito delle iniziative ammissibili.

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Modifica della deliberazione n. 2396 di data 21 dicembre 2023 e s.m., avente per oggetto 'PNRR - Missione 2 componente 1, Investimento 2.3 Innovazione e meccanizzazione nel settore agricolo e alimentare - sottomisura 'ammodernamento dei macchinari agricoli che permettano l'introduzione di tecniche di agricoltura di precisione' finanziato dall'Unione europea - NextGenerationEU - Approvazione del bando di presentazione delle domande e per le modalità attuative.'

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Modifica determinazione n. 10470 di data 30 settembre 2024 ad oggetto: PNRR - Missione 2 componente 1, Investimento 2.3 Innovazione e meccanizzazione nel settore agricolo e alimentare - sottomisura 'ammodernamento dei macchinari agricoli che permettano l'introduzione di tecniche di agricoltura di precisione' finanziato dall'Unione europea - NextGenerationEU - Approvazione della graduatoria di merito delle iniziative ammissibili.

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PNRR M2C1 INV. 2.3. Meccanizzazione agricola - Traccia relazione finale DNSH

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Ulteriore Modifica determinazione n. 10470 di data 30 settembre 2024 e s.m. ad oggetto: PNRR - Missione 2 componente 1, Investimento 2.3 Innovazione e meccanizzazione nel settore agricolo e alimentare - sottomisura 'ammodernamento dei macchinari agricoli che permettano l'introduzione di tecniche di agricoltura di precisione' finanziato dall'Unione europea - NextGenerationEU - Approvazione della graduatoria di merito delle iniziative ammissibili.

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