Solicitar la admisión al examen en los impresos adjuntos a la Resolución de la Diputación Provincial por la que se convoca la selección.
No están obligados a obtener licencia
a) quien realice de forma no profesional y sin remuneración las actividades de acompañamiento de turistas exclusivamente a favor de socios o miembros de asociaciones y organizaciones que operen sin ánimo de lucro con fines recreativos, culturales, religiosos o sociales, de las que forme parte, en cumplimiento de la normativa provincial sobre agencias de viajes y turismo
b) quien realice como empleado de una agencia de viajes y turismo actividades de recepción y acompañamiento a y desde aeropuertos, estaciones de salida y llegada de medios de transporte colectivo
c) quien realice las actividades a que se refiere esta Ley en nómina de las administraciones públicas por cuenta ajena, si tales actividades se realizan directamente a favor de las mismas administraciones
d) los directores técnicos de agencias de viajes y turismo cuando realicen ocasionalmente actividades de acompañamiento de clientes de la agencia dentro del territorio provincial
e) quienes, en el marco de las instituciones museísticas provinciales y por cuenta de las mismas o de los servicios provinciales dependientes del departamento competente en materia de cultura, realicen actividades dirigidas a promover la educación al patrimonio cultural a través de iniciativas educativas basadas en proyectos culturales o profundizaciones temáticas específicas planificadas y elaboradas por las propias instituciones museísticas o servicios provinciales.