Contribuciones para actos relacionados con el Servicio Provincial de Salud

  • Activo

Concesión de contribuciones para actos relacionados con el Servicio Provincial de Salud

Descripción

La Diputación Provincial podrá organizar directamente, también con la colaboración de otros entes y organismos públicos o privados, conferencias, celebraciones, iniciativas y eventos sobre temas de particular relevancia para el Trentino.

La Diputación Provincial podrá contribuir a la organización de actividades también mediante aportaciones económicas y la puesta a disposición de material o de sus propias estructuras y personal. La intervención se decide tras la presentación de una solicitud específica acompañada del programa de actividades y del correspondiente plan de financiación.

La Diputación, para determinar las contribuciones y subvenciones, tiene en cuenta la pertinencia de las iniciativas en relación con los intereses de la comunidad provincial o local, la participación de otros sujetos, el gasto global necesario y los fondos disponibles.

A quién está dirigido

Pueden presentar solicitudes organismos públicos y privados, asociaciones, ciudadanos y empresas.

Procedimiento

La solicitud deberá presentarse al menos 15 días antes de la fecha prevista para la iniciativa para la que se solicita la subvención.

La solicitud deberá ir acompañada de

  • la memoria ilustrativa de la iniciativa destacando: sus objetivos y relevancia para el sistema sanitario provincial, el nombre del evento, la fecha prevista de la iniciativa
  • el programa de la iniciativa
  • el plan de financiación, especificando los gastos, ingresos y déficit previstos (desglosados por partidas individuales).

Una vez recibida la solicitud, el servicio provincial competente evaluará si la solicitud es subvencionable, basándose en los criterios para la concesión de contribuciones para iniciativas de especial relevancia para el servicio provincial de salud aprobados por la Resolución nº 3077 del Consejo Provincial de 23 de diciembre de 2004.

El resultado de la evaluación se comunica directamente al interesado.

El solicitante de la subvención, si ésta ha sido concedida, está obligado a presentar ante el Servicio Provincial competente, en el plazo de 180 días desde la fecha de puesta en marcha de la iniciativa, toda la documentación necesaria para informar.

A partir de esta documentación, se calcula el importe de la aportación debida y, mediante la oportuna medida (determinación del gestor), se asigna al beneficiario.

El importe de la contribución será igual al 50% del importe total de los gastos subvencionables, redondeado al euro inferior.

La intervención financiera, calculada según el porcentaje anterior, no superará el déficit resultante del plan de financiación presentado en el momento de la solicitud y, en cualquier caso, no superará la cantidad de 3.000,00 euros.

Tiempos y plazos

80 días

Días máximos de espera

Desde la presentación de la solicitud

Costes

Timbre fiscal
16,00 Euro

Información adicional

Última actualización: 17/11/2025 12:43

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