Contribuciones al funcionamiento de la sección o asociación de deportistas con discapacidad (solicitud)

  • Activo

Información, instrucciones, normas y formularios para solicitar una subvención en un procedimiento de evaluación de los gastos anuales de funcionamiento de una sección de una asociación deportiva para personas con discapacidad o de una asociación o club deportivo para personas con discapacidad.

Descripción

Se trata de una subvención para los gastos anuales de funcionamiento de las secciones asociativas, asociaciones y clubes deportivos dedicados a las personas con discapacidad.

Son subvencionables los siguientes tipos de gastos para el ejercicio que finaliza el año siguiente a la presentación de la solicitud
(a) alquiler, gastos de condominio y limpieza del local;
(b) servicios públicos;
(c) papelería;
(d) sistemas y servicios informáticos
(e) gastos bancarios y postales
f) reembolsos e indemnizaciones a los colaboradores administrativos (siempre que no estén financiados por las federaciones u organismos nacionales) y a los colaboradores técnicos
g) alquiler y uso de instalaciones y equipos deportivos
h) honorarios y reembolso de gastos a profesores y asesores
(i) material didáctico.

Los gastos de funcionamiento de las secciones asociativas dedicadas a las personas con discapacidad, realizados por asociaciones o clubes deportivos que también operan con deportistas sin discapacidad, deben referirse exclusivamente a esa sección y también pueden imputarse proporcionalmente, especificando el método de cálculo adoptado.

La contribución se concede hasta el 70% de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro del límite del déficit, de los recursos disponibles y del importe máximo de 5.000 euros.

La contribución para los gastos de funcionamiento de una sección asociativa o asociación de personas con discapacidad está prevista en el artículo 26, apartado 4, de la Ley Foral nº 4 "Ley Foral del Deporte 2016", de 21 de abril de 2016.

Restricciones

Las solicitudes deberán presentarse entre el 1 y el 30 de noviembre de cada año.

Cada solicitante sólo puede presentar una solicitud al año.

En función de los recursos disponibles, establecidos anualmente por la Diputación Provincial, se financian todas las solicitudes admitidas. Si los recursos disponibles son insuficientes para financiar íntegramente las solicitudes admitidas, se efectuará una redeterminación proporcional de la contribución entre todas ellas.

A quién está dirigido

Asociaciones y clubes deportivos de aficionados que:
(a) estén inscritos en el Registro Nacional de Actividades Deportivas de Aficionados (RAS)
b) estén regularmente afiliados a federaciones deportivas nacionales (FSN) o disciplinas deportivas asociadas (DSA) o entidades de promoción deportiva (EPS) o asociaciones meritorias (AB) o agrupaciones deportivas militares y entidades estatales (GSM) reconocidas por el CONI o el CIP
c) desarrollen regularmente actividades durante el año deportivo en las disciplinas reguladas por la FSN o DSA reconocidas por el CONI o la CIP
d) tengan su sede social en el territorio provincial;
e) tener socios propios
f) tengan una actividad específica en el territorio provincial dirigida a la promoción de la disciplina deportiva en los sectores juveniles definidos y regulados por la correspondiente FSN o DSA reconocida por el CONI o el CIP.

Asociaciones y clubes deportivos de aficionados que trabajen exclusivamente con deportistas con discapacidad y que
(a) estén inscritos en el registro nacional de actividades deportivas de aficionados (RAS)
b) estén regularmente afiliadas a federaciones deportivas nacionales (FSN) o disciplinas deportivas asociadas (DSA) o entidades de promoción deportiva (EPS) o asociaciones meritorias (AB) o agrupaciones deportivas militares y entidades estatales (GSM) reconocidas por el CONI o la CIP
c) desarrollen regularmente actividades durante el año deportivo en las disciplinas reguladas por la FSN o DSA reconocidas por el CONI o la CIP
d) tengan su sede social en el territorio provincial;
e) tienen sus propios miembros
f) no tengan una actividad específica en el territorio provincial destinada a la promoción del deporte en los sectores juveniles.

La solicitud deberá ir firmada por el representante legal de la organización deportiva.

Procedimiento

La solicitud debe presentarse en el formulario rellenable preparado por la administración y enviarse en formato PDF o JPG estático al buzón certificado serv.turismo@pec.provincia.tn.it, o entregarse en mano en la Oficina de Actividades Deportivas.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

1. Solicitud cumplimentada en su totalidad, fechada y firmada.
2. Memoria explicativa referida a las actividades previstas.
3. Plan financiero con indicación de ingresos y gastos para cada tipo de gasto subvencionable.
4. Copia de los estatutos donde conste la presencia de una sección deportiva dedicada a personas con discapacidad y la prevalencia de la práctica deportiva hacia las personas con discapacidad o donde conste que la asociación o club deportivo está dedicado exclusivamente a personas con discapacidad.
5. Declaración de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE n.º 679 de 2016, fechada y firmada.
6. Fotocopia de un documento de identidad del solicitante, si la solicitud se suscribe con firma manuscrita y no en presencia del empleado responsable.

Modelos

Tiempos y plazos

120 días

Días máximos de espera

El plazo de 120 días para concluir el procedimiento comienza el 1 de diciembre, día siguiente a la fecha límite de presentación de solicitudes. Si se solicita documentación adicional, el plazo del procedimiento queda suspendido hasta que se reciba.

Costes

Timbre fiscal
16 Euro

Exención para A.S.D. y S.S.D. sin ánimo de lucro

Documentos

Normativa de referencia

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Última actualización: 10/06/2025 15:30

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