Descripción
Se trata de una subvención para proyectos destinados a apoyar los servicios de apoyo, coordinación y promoción de las actividades deportivas organizadas en el territorio provincial por el Comité Provincial de Trento del Comité Olímpico Nacional Italiano (C.O.N.I.).
Normalmente, las intervenciones deben dirigirse a todo el territorio provincial o implicar a varias asociaciones deportivas u otros organismos con el fin de promover y ampliar la práctica del deporte, así como cualificar las actividades asociativas.
Los gastos subvencionables son los relacionados con la ejecución de los proyectos y los costes de organización de las distintas iniciativas, incluidos los costes de instalación y gestión de la conectividad.
La contribución se concede hasta el 70% de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro de los límites del déficit y de los recursos disponibles, teniendo en cuenta los recursos propios del organismo procedentes de las asignaciones del CONI o del PIC nacional y de los ingresos de cualquier otra naturaleza.
La aportación está prevista en el artículo 37, apartado 3, de la Ley Foral nº 4, de 21 de abril de 2016, "Ley Foral del Deporte 2016".
Restricciones
El solicitante sólo podrá presentar una solicitud al año.
| CUP |
| Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios que sean objeto de incentivos públicos a las actividades productivas, desembolsados por cualquier motivo y en cualquier forma por una Administración Pública, incluso a través de otras entidades públicas o privadas, o de cualquier forma trazables a las mismas, deberán contener el código único del proyecto (CUP), indicado en la escritura de concesión o comunicado en el momento de la asignación del incentivo en sí o en el momento de la solicitud del mismo. Esta obligación se introduce en el artículo 5, apartado 6, del Decreto-Ley nº 13, de 24 de febrero de 2023 - convertido por la Ley nº 41, de 21 de abril de 2023, y modificado por la Ley nº 213, de 30 de diciembre de 2023. Si la CUP no ha sido comunicada en la factura electrónica o ha sido comunicada incorrectamente por el cedente/prestador y éste no la ha reemitido correctamente (= nota de abono anulando la factura y emitiendo una nueva factura), el cesionario/comprador podrá integrar la CUP en la factura utilizando el servicio web disponible en el portal de Facturas y Pagos, área "Facturas electrónicas y otros datos del IVA", casilla "Comunicaciones", enlace "Integración CUP" de la Agencia Tributaria. Encontrará más información al respecto en la Guía correspondiente: https://www.agenziaentrate.gov.it/portale/documents/d/guest/guida-all-utilizzo-del-servizio-di-integrazione-del-cup-in-fattura. |