Descripción
Se trata de una subvención para proyectos destinados a apoyar los servicios de apoyo, coordinación y promoción de las actividades deportivas organizadas en el territorio provincial por el Comité Provincial de Trento del Comité Paralímpico Italiano (C.I.P.).
Normalmente, las intervenciones deben dirigirse a todo el territorio provincial o implicar a varias asociaciones deportivas u otros organismos con el fin de promover y extender la práctica deportiva y las actividades asociativas cualificadas.
Los gastos subvencionables son los relacionados con la ejecución de los proyectos y los costes de organización de las distintas iniciativas, incluidos los costes de instalación y gestión de la conectividad.
La contribución se concede hasta el 70% de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro de los límites del déficit y de los recursos disponibles, teniendo en cuenta los recursos propios del organismo procedentes de asignaciones del PIC nacional y de ingresos de cualquier otra naturaleza.
La aportación está prevista en el apartado 3 del artículo 37 de la Ley Foral nº 4, de 21 de abril de 2016, "Ley Foral del Deporte 2016".
Restricciones
La solicitud de subvención deberá presentarse entre el 1 y el 30 de noviembre de cada año y referirse a iniciativas que se pretendan llevar a cabo en el año siguiente al de la presentación de la solicitud, así como a documentos de gastos emitidos con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
El solicitante sólo podrá presentar una solicitud por año.
CUP
Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios objeto de incentivos públicos a las actividades productivas, desembolsadas por cualquier concepto y bajo cualquier modalidad por una Administración Pública, incluso a través de otras entidades públicas o privadas, o de cualquier modo trazables a las mismas, deberán contener el código único de proyecto (CUP), que se indica en la escritura de concesión o se comunica en el momento de la concesión del incentivo o en el momento de la presentación de la solicitud. Esta obligación se introduce en el apartado 6 del artículo 5 del Decreto-Ley nº 13 de 24 de febrero de 2023 - convertido por la Ley nº 41 de 21 de abril de 2023 y modificado por la Ley nº 213 de 30 de diciembre de 2023. Las indicaciones operativas relativas a la aplicación del CUP figuran en el Anexo A de la Resolución del Consejo Provincial nº 728 de 23 de mayo de 2024.